Uno de los artículos más visitados y leídos en esta Casa informativa, es el publicado el 04 de febrero de 2022, bajo el titular «¿Se puede ingresar a Colombia sin pasaporte o con él vencido?», en donde se respondió que si; que de acuerdo a información suministrada directamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a los colombianos no se les puede negar la entrada al país por el hecho de carecer de pasaporte, o que este se encuentre vencido, pues existen otro tipo de documentos mediante los cuales se puede acreditar la nacionalidad colombiana, incluso con la sola declaración del connacional, previa comprobación por parte de la Unidad de Migración Colombia.
Salida de Colombia con el pasaporte vencido.
La pregunta hoy es, ¿Puedo salir de Colombia con el pasaporte vencido?, y la respuesta la daremos a continuación, con base a información suministrada por la Unidad de Migración Colombia, bajo el radicado No.: 20253020011913, del 25 de abril de 2025.
El artículo 2.2.1.11.6.1 del Decreto 1067 de 2015, modificado por el Artículo 65 del Decreto 1743 de 2015, dispone para los ciudadanos colombianos que pretendan salir del territorio nacional la obligación de presentar a la autoridad migratoria entre otros los siguientes documentos, acorde a su edad:
- Mayores de edad:
- Pasaporte vigente o documento de viaje válido y en los casos establecidos por instrumentos
internacionales vigentes, documento de identidad o cédula de extranjería, según el caso.
- Menores de edad:
- Pasaporte vigente o documento de viaje válido y en los casos establecidos por instrumentos internacionales vigentes documento de identidad.
El pasaporte debe estar vigente para salir de Colombia.
Conforme a lo anterior, al ser el pasaporte el documento que identifica a los colombianos en el exterior, es indispensable que el mismo se encuentre vigente al momento de realizar el trámite migratorio de salida del país, lo anterior, con excepción de los casos establecidos por instrumentos internacionales vigentes, en los que se permite el documento de identidad o cédula de extranjería como documento de viaje.
Salida del país de colombianos con doble nacionalidad.
Ahora bien, se hace importante señalar que a nacionales colombianos, que se encuentren cobijados por el principio de doble nacionalidad, no se les impedirá la salida del país por el hecho de no portar la documentación colombiana vigente; en este caso el funcionario de Migración Colombia notificará el incumplimiento de la norma migratoria y con fundamento en lo reglado en el artículo 34 de la Ley 2332 del 2023 y los artículos 2.2.1.11.2.3 y 2.2.1.11.6.1 del Decreto 1067 de 2015 modificado parcialmente
por el Decreto 1743 de 2015, dará inicio al procedimiento administrativo sancionatorio por incurrir en la sanción descrita en el artículo 2.2.1.13.1, numeral 11, del Decreto 1067 de 2015 y realizará el registro de salida del país con el documento extranjero siempre y cuando este segundo documento se encuentre vigente y sea válido.
Para finalizar, y teniendo en cuenta lo anterior, damos dos respuestas a nuestra pregunta titular: ¿Puede un colombiano salir del país con el pasaporte vencido?:
- En caso de que el pasaporte colombiano presentado esté vencido y el pasajero no cuente con otro documento de viaje valido, el oficial de migración procederá a negar la salida del país al ciudadano.
2. Si el ciudadano colombiano tiene otra nacionalidad, podrá salir del país identificándose con el pasaporte del respectivo país, pero sometiéndose al procedimiento que indicamos anteriormente.
Comentarios