Cuando el 06 de agosto del presente, bajo el titular «¿Quién dirige el Consulado de Madrid, un Cónsul o un Embajador?. Algo extraño está pasando», les contamos que el Sr. Javier Darío Higuera Ángel, Cónsul desde el 11 de abril allí, aparte de pretender cambiar nuevamente la sede del Consulado de Colombia en la ciudad de Madrid – España, cuando no llevaba donde está ni un mes, otro de sus caprichitos fue el de cambiar el actual vehículo para su uso personal/oficial.
Leyendo hasta el final podrán conocer cómo «Con mentiras este Cónsul colombiano pide vender y comprar vehículo de alta gama».
Si, Higuera Ángel, con excusas inaceptables, incluso mentirosas, como lo comprobaremos más adelante, el 24 de abril, cuando solo llevaba 13 días de haberse posesionado como Cónsul en Madrid, mediante oficio I-CESMD-25-000107 solicitó a la Cancillería le cambiaran el vehículo oficial marca BMW, modelo 5C31-520D, chasis WBA5C31070D043107, color negro, tapicería en cuero dakota, y demás lujos que tiene este automotor, adquirido en el mes de marzo de 2014, por la suma de $58.874.641, hoy en día, y de acuerdo a los libros de Cancillería, valorado en $38.936.308.
Le dijo el Sr. Cónsul a la Cancillería algo que es una total mentira como lo explicaremos más adelante, que,
«Actualmente, esta oficina consular cuenta con un vehículo marca BMW 520D, modelo 2014, con motor diésel. No obstante, debido a su antigüedad y tipo de combustible, dicho vehículo se encuentra restringido por la normativa europea vigente en materia de circulación urbana. En particular, no tiene permitido el ingreso a varias zonas de la ciudad donde, conforme a las regulaciones ambientales, solo se autoriza el acceso a vehículos híbridos o eléctricos. A ello se suman fallas técnicas recurrentes que afectan su funcionamiento y, en consecuencia, limitan la operatividad de esta oficina».
En su reemplazo, el excelentísimo Sr. Cónsul Javier Higuera, pidió que le autorizaran la compra de uno cualquiera de los siguientes automotores:
- BMW 550e Drive Berlina, con un costo de 64.760,21€ ($300.000.000 aproximadamente).
- Mercedes Benz E300 D híbrido, por un valor de 67.063,07€ ($300.000.000 aproximadamente).
- Audi A8 L60, con un costo de 107.400,02€ ($450.000.000 aproximadamente).
El Sr. Higuera solicita que, «Considerando la relación al valor y el beneficio, proponemos el modelo BMBW 550e Drive Berlina con motor híbrido…», o sea el más baratico, su costo tan solo se acerca a los TRECIENTOS MILLONES ($300.000.000) DE PESOS.
El día 30 de abril del presente, intentando meter presión, el Cónsul Javier Higuera Ángel, mediante oficio I-CESMD-25-000107, solicita la baja del vehículo BMW, modelo 5C31-520D, para que una vez dado de baja se pudiera vender, y presionar para que se autorizara la compra de uno nuevo.
En ese oficio, Higuera argumenta que dicho automotor prácticamente es inservible para el correcto cumplimiento de las funciones en el Consulado, dadas las grandes e importantes averías según informe técnico que no presenta. Esto es lo que le dice a la Cancillería:
«El carro presenta fallos recurrentes debido a la antigüedad, ya que es un modelo del año 2.014 Diese, con 160.000 km. Según informe técnico, presenta fallos en el sistema de inyección de combustible, ruidos anómalos en el tren motriz, y deficiencia en el sistema de emisiones que afectan su funcionamiento óptimo. Así mismo presenta desgaste generalizado en el sistema eléctrico, lo que compromete la seguridad operativa».
Ya estamos en camino de conseguir el «informe técnico» o peritaje que le hayan podido realizar a ese automotor para ver la veracidad de lo informado, y conocer cuánto sería el costo de las reparaciones de lo que supuestamente tiene averiado.
Estamos convencidos que esas reparaciones no son tan elevadas como para no poder sufragarlas en vez de acudir a la compra de un nuevo automotor.
Aparte de lo anterior, reiteramos que el Cónsul Javier Higuera engaña a la Cancillería al decirle igualmente como excusa para cambiar el vehículo, que ese tipo de automotores tienen restringida la circulación por varios sectores de la Comunidad de Madrid, algo que desmentiremos más adelante.
El 21 de julio del corriente, y como no le daban respuesta a su solicitud de compra de un nuevo vehículo, mediante radicado I-CESMD-25-000196, Higuera Ángel pidió a la Dirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Relaciones Exteriores, información acerca de su petición, y a manera de presión les dice,
«…Me permito informar que el vehículo actualmente asignado a esta misión se encuentra en trámite de venta. Por tal motivo, se reitera la importancia de contar con una respuesta a esta solicitud, con el fin de evitar que la misión quede sin un medio de transporte oficial que permita el adecuado cumplimiento de sus funciones». (Resaltado nuestro).
Esta es otra de las mentiras de Higuera, pues el Consulado no se va a quedar sin un medio de transporte, ya que cuenta con otro vehículo, como es la camioneta Volkswagen Caravellke Confortline 2013, con capacidad para OCHO (8) pasajeros, comprada el 31 de enero de 2013, por un valor equivalente a $32.182.339,86, pero que comparada con el BMW en el que se transporta el Cónsul, pues sería algo así como una «chatarrita».
En el artículo «Millonario gasto en compra y mantenimiento de vehículos asignados a Embajadas y Consulados», del 22 de diciembre de 2024, tratamos todo lo relacionado con las restricciones dictadas no solo por la Cancillería colombiana, sino por la Contraloría General de la República en cuanto a la adquisición de vehículos de alta gama para el servicio de Consulados y Embajadas de nuestro país en el mundo, por eso, de llevarse a cabo la compra del vehículo que está exigiendo el Sr. Cónsul Higuera, esas disposiciones se las pasarían por la faja, pues claro está que el automotor a comprar está catalogado como de «Alta gama», ya que aparte de sus características técnicas y de lujo, miremos el precio.
Con relación a la gran mentira del Cónsul, y que se ve hasta de mala fe, pues recorta de la norma que así lo establece, la parte que podría afectarle para que Cancillería niegue la compra de un nuevo vehículo.
Dice Higuera que, «…El Ayuntamiento de Madrid ha implementado las zonas de Bajas Emisiones (ZBE), áreas donde se restringe el acceso de vehículos más contaminantes para mejorar la calidad del aire. Desde el 1 de enero de 2025, los vehículos con etiqueta ambiental «A» (sin distintivo) tienen prohibido transitar por todo el territorio municipal de Madrid, incluyendo el interior de la M-30, independientemente de su lugar de empadronamiento o alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), que comprende, entre otras, el área del centro de Madrid.
Estas restricciones afectan principalmente a vehículos diésel sin etiqueta, como el BMW 520D de 2014 de esta misión, que no cumple con los estándares de emisiones actuales y carecen de etiqueta ambiental.
Por lo tanto, la baja del vehículo en cuestión se alinea con las políticas europeas y locales para cumplir con los estándares de calidad del aire y contribuir a la sostenibilidad urbana.
Como consecuencia, se encuentra prohibido restringido o prohibido su ingreso a diversas zonas de bajas emisiones (ZBE), particularmente dentro del perímetro urbano de Madrid, que es donde están ubicadas las instituciones centrales españolas y más municipales de Madrid, así como, el mismo Consulado, afectando directamente su utilidad en el desarrollo del normal funcionamiento de este Consulado».
Es cierto que existen esas restricciones, pero al Sr. Javier Higuera Ángel se le olvidó, o mejor, se hizo el olvidadizo, y no le comunicó a la Cancillería colombiana que esas restricciones no se aplican a los «Vehículos con carácter diplomático», como los utilizados en los Consulados y Embajada colombiana en el país ibérico.
Para desmentir este argumento del Sr. Cónsul Higuera buscando el cambio del vehículo asignado para su transporte personal/oficial, a continuación transcribiremos apartes de lo que vemos en la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 2021, reguladora de la circulación de vehículos diplomáticos, en la que igualmente se establece la creación de la Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y que afecta a toda la ciudad.
En esa norma se aprecia claramente que «Los vehículos diplomáticos, al ser exentos de las restricciones de la ZBE por su condición de vehículos de uso oficial, pueden circular sin limitaciones de acceso y circulación por todas las vías del municipio».
Expresa literalmente la norma que «Los vehículos diplomáticos y consulares, junto con los de las fuerzas armadas, emergencias, y vehículos de transporte para personas con movilidad reducida, están contemplados como exentos de estas restricciones».
Reitera esta normativa que, «Los vehículos diplomáticos, debido a su exención especial, no están sujetos a las restricciones que se aplican a los vehículos sin etiqueta».
Además, corroborando esta normativa, tuvimos conversaciones extraoficiales con algunos Altos funcionarios de Cancillería en España, y al unísono nos dijeron que efectivamente a los vehículos de uso diplomático y consular no los cobijan las restricciones que puso como excusa el Sr. Javier Higuera para vender el automóvil que tiene actualmente y comprarse uno nuevo.
Si todo lo que le dijo el Sr. Cónsul Javier Darío Higuera Ángel a la Cancillería, para que le autorizara la venta del actual vehículo de su uso personal/oficial, y en consecuencia comprara otro último modelo, fuera cierto, porque no pidió el cambio de la camioneta Volkswagen Caravellke Confortline 2013, con capacidad para OCHO (8) pasajeros, comprada el 31 de enero de 2013, un año más vieja que el BMW, y que si debe estar trajeada dado el uso que se le da.
Sencillamente por que Higuera Ángel solo busca su comodidad y bienestar personal. No le gustó el Consulado y quiso ponerlo «patas arriba» llegando a pedir su traslado a otro lugar; tampoco le gustó como estaba la vivienda asignada, y menos la «tartala» de BMW, modelo 5C31-520D, chasis WBA5C31070D043107, color negro, tapicería en cuero dakota, y demás lujos que tiene este automotor.
Esperamos que con esta denuncia, la Cancillería colombiana derogue la Resolución 1294F, expedida el 05 de agosto de 2025, mediante la cual se asigna la suma de 64.761€ ($300.000.000 Aprox.), para cubrir el «caprichito millonario» del Sr. Cónsul Javier Darío Higuera Ángel. O que él mismo tenga un poco de consideración y vergüenza, y desista de esa idea.
Es totalmente injusto, que mientras los Consulados se excusan de que no hay presupuesto para soliviar algunas necesidades de los colombianos en el exterior, estén a la vez gastándose el dinero de los contribuyentes en lujosos automóviles de alta gama con precios súper millonarios. Y lo peor, sin necesidad, como en el caso presente.
En varias ocasiones, oficialmente se nos ha dicho que a Javier Higuera Ángel no lo pueden sacar del Consulado General Central de Colombia en Madrid, dizque porque de acuerdo a la norma, los funcionarios de carrera diplomática asignados al exterior, no pueden ser trasladados antes de cumplir un año en el respectivo cargo, pero entonces, por qué a este lo trasladaron de la Embajada de Dinamarca, cuando solo llevaba allí CUATRO (4) meses, precisamente para trasladarlo a la Sede consular en la capital española?.
Ya se está escuchando que, esta situación con el Consulado General Central de Colombia en Madrid, es una «papa caliente» para la Sra. Canciller Rosa Yolanda Villavicencio Mapy.
En los siguientes enlaces conocerán más temas relacionados con la gran problemática destapada en el Consulado General Central de Madrid, desde que el 11 de abril de presente 2025, tomó posesión como Cónsul allí el Sr. Javier Darío Higuera Ángel.
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