Argumentación para la inclusión en la Agenda nacional de la población migrante.
El pasado 02 de los corrientes, y que pueden ver aquí, esta Casa informativa presentaba la argumentación mediante la cual se sostiene la necesidad de que los Colombianos en el exterior y la población retornada formen parte obligatoria de la Agenda Nacional de cualquier gobernante de nuestro país, e igualmente que se incluya en ella a la población retornada e inmigrantes en Colombia.
Y no solo en la Agenda gubernamental, sino en la estatal, es decir, que sea permanente su ejecución por quienes lleguen a dirigir las Ramas del Poder institucional colombiano.
A continuación quiero exponer el articulado mediante el cual se podrá incluir a la Diáspora en la Agenda Nacional, dentro de la Ley General Migratoria Colombiana, que propongo presentar al Congreso si los colombianos en el exterior tienen a bien darme su confianza en las elecciones a celebrarse entre el 02 y 08 de marzo de 2026.
Articulado para la inclusión de colombianos en el exterior y retornados.
Artículo ( ). Inclusión en la legislación Político-social.
Sin intervenir en competencias y facultades institucionales, el Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Representación política de los colombianos en el exterior en el Congreso, coordinarán con los demás miembros del Sistema Nacional de Migraciones, la creación de mecanismos y/o estrategias para velar que los colombianos en el exterior, y cuando corresponda a la población retornada y extranjeros en Colombia, sean incluidos en las Leyes, Decretos y demás normas que se expidan en Colombia, al igual que en los lineamientos, metas, objetivos y programas nacionales y regionales.
Igualmente para que en esas normas y demás, y en la cobertura de programas y estrategias de las entidades pertinentes, se adicione a continuación de la designación de territorios, las palabras “y los Colombianos en el Exterior” o agregar cuando se mencionan ciudadanos o colombianos, las palabras “dentro y fuera del país”.
Parágrafo. Cuando alguno de los integrantes del Sistema Nacional de Migraciones, presente al Congreso Proyectos de ley, donde constitucional y legalmente se pueda incluir a los colombianos en el exterior y a la población retornada, dará aplicación dentro de estos, a lo establecido en este artículo.
Artículo ( ). Inclusión de la migración como población vulnerable.
Siendo los migrantes catalogados en el derecho internacional como población vulnerable, para proteger y tutelar sus derechos el Estado colombiano deberá visibilizar e incluir a sus emigrantes, inmigrantes y retornados en las listas oficiales, en todas las instancias y en los programas correspondientes como parte de los grupos identificados como poblaciones vulnerables.
Parágrafo. Teniendo en cuenta que las circunstancias de los colombianos en el exterior es diferente a la de quienes residen en el territorio nacional; e igualmente que las de un extranjero en nuestro país no se asemejan a las de nuestros nacionales, lo que les dificulta o imposibilita cumplir con los mismos requerimientos, las poblaciones de que trata este artículo, deberán ser incluidas teniendo en cuenta un Enfoque diferencial dentro de los requisitos para acceder a los respectivos programas,
Artículo ( ). Población migrante en los Planes de Desarrollo nacionales, regionales y municipales.
El gobernante nacional, los regionales y/o departamentales, al igual que los municipales, incluirán a la Población migrante, en los lineamientos que establezcan dentro de sus Planes de desarrollo.
Parágrafo. Para la inclusión de la población migrante de que trata este artículo, tanto el gobierno nacional, como gobernaciones y municipalidades, deberán contar con estadísticas actualizadas de la migración colombiana en su localidad.
Artículo ( ). Espacio para los colombianos en el exterior dentro de la Institucionalidad colombiana.
Todos las entidades del Estado colombiano crearán dentro de sus medios de comunicación e interacción con los ciudadanos (Páginas web, redes sociales, etc.), el apartado o enlace «Colombianos en el exterior», donde se ponga en conocimiento de esos connacionales, todo lo que la respectiva entidad puede hacer por ellos, y que estos a la vez planteen sus inquietudes para que sean respondidas.
Parágrafo. Las instituciones a que se refiere este artículo, en coordinación con el MinTic y demás entidades competentes, acondicionarán sus sistema tecnológicos para la expedición de documentos, certificaciones y demás que sean requeridos por los colombianos en el exterior, y que sean competencia de cada Ente.
Artículo ( ). Asesor presidencial en Derechos Humanos para la migración.
La Consejería Presidencial para Derechos Humanos designará un asesor para la garantía de los derechos de los colombianos en el exterior, la población retornada, y los extranjeros en Colombia, quien velará porque se aplique un Enfoque Diferencial que garantice el goce efectivo de sus derechos en todas las políticas y Directrices de la Presidencia, de los Ministerios y Entidades del Orden Nacional y Regional.
Artículo ( ). Inclusión y equidad en nombramientos.
Dentro del país, la institucionalidad colombiana establecerá un porcentaje de participación de los emigrantes y de los retornados en los nombramientos en los organismos oficiales nacionales, en cargos de toma de decisiones, acorde con los porcentajes de esta población.
Fuera del país; por el derecho a la representación y participación política, y por el principio de inclusión, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en Representación del Ejecutivo, establecerá un porcentaje representativo de nombramientos en los Consulados de colombianos residentes en su jurisdicción.
De esta manera concluyo con el tema de la «Inclusión en la Agenda Nacional», de los colombianos en el exterior y demás población migrante, el cual será incorporado en el Proyecto Socio-político «Ley General Migratoria Colombiana», de llegar al Congreso por la Circunscripción Internacional, en las elecciones a celebrarse entre el 02 y 08 de marzo de 2026.
Reitero que todos los temas a incorporar en ese Proyecto de «Ley Migratoria Colombiana», están sujetos a modificaciones, y/o adiciones que resulten de las opiniones que se reciban desde cualquier frente de la Sociedad civil, de la ciudadanía, y demás.
Temas publicados.
Para conocer los temas que ya hemos publicado y que harán parte de este ambicioso Proyecto Socio-político, los invito a ingresar a cada uno de los siguientes enlaces:
- Mesa Colombiana para las Migraciones.
- Bolsa Internacional de Empleo.
- Internacionalización de la Gastronomía Colombiana.
- Fondo Especial para las Migraciones.
- Censo, Caracterización y Registro Consular.
- Sistema Nacional de Migraciones.
Otros temas a incluir en el Proyecto Ley General Migratoria Colombiana.
A continuación, entre otros, los temas que trataré en adelante y que serán incluidos dentro de este Proyecto Socio-político en pro de los colombianos en el exterior, la población retornada, y los extranjeros en Colombia.
- Reestructuración de Consulados y Embajadas – Atención y servicio.
- Aumento al 70% en el nombramiento de Embajadores y Cónsules colombianos de carrera diplomática en el mundo.
- Salud para los colombianos en el exterior – Inclusión en las E.P.S.
- Medios de comunicación alternativos de colombianos en el exterior.
- Cultura, deporte y recreación para colombianos en el exterior y población retornada.
- Revisión y ampliación de Convenios sobre Seguridad social y pensiones, Convalidación de títulos profesionales y licencias de conducir.
- Refrendación y duplicado de la licencia de conducir colombiana desde el exterior.
- Financiación para vivienda y estudios para colombianos en el exterior.
- Empresas, negocios, y emprendimiento colombiano internacional.
- Población retornada.
- Inclusión de Colombia en el Convenio de Viena de 1968 (Conducción por carreteras internacionales), para que el Ministerio de Transporte colombiano pueda expedir la «Licencia internacional».
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