Después de lo que les contamos en el artículo visible aquí, y comprometidos a informar sobre lo que le respondimos a la Fiscalía General de la Nación, y la respuesta obtenida, hoy les comunicamos que «Así respondimos a la Fiscalía por eludir responder sobre colombianos en el exterior».
Así respondimos ante la negativa de la Fiscalía a no responder nuestra petición.
Esta fue la respuesta demostrando nuestro inconformismo a la Fiscalía General de la Nación, al darnos cuenta que se estaba formando un «conflicto de competencias» para responder nuestra petición relacionada con las gestiones que hubiera podido realizar esa entidad donde involucrara a los colombianos en el exterior y retornados en los últimos DIEZ (10) años.
Le dijimos que:
«Con gran extrañeza recibimos en el día de hoy el traslado que han hecho Uds. el 05 de los corrientes, al “Coordinador GIT Asuntos Consulares y Cooperación Judicial del Ministerio de Relaciones Exteriores”, mediante radicado 20251700098121, de nuestro derecho de petición enviado A LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN el día 04 de los corrientes, por las siguientes razones:
1°. Nuestra petición va dirigida directamente a la Fiscalía General de la Nación, y todos nuestros interrogantes son con el fin de que sean Uds., quienes respondan, pues precisamente la solicitud es para conocer lo que esa entidad, NO OTRA, ha hecho con relación a los colombianos en el exterior durante los últimos años, tal y como lo indagamos en mi memorial peticionario.
2°. Si bien es cierto que es el Ministerio de Relaciones Exteriores quien constitucionalmente tiene a cargo la Política Exterior de Colombia, entre ello la temática migratoria, no es menos cierto que constitucional y legalmente cada una de las instituciones de nuestro país están en la obligación de colaborar entre si, para que los objetivos se lleven a cabo, y es precisamente por eso que le preguntamos a TODAS el papel que hayan podido desempeñar con relación al tema migratorio, con especial énfasis en los colombianos residentes fuera de nuestras fronteras, y la población retornada.
3°. Es inentendible que una Institución como la Fiscalía General de la Nacional, que se supone conoce todas las leyes, y que debe darles una interpretación acorde con su texto y contexto, aplique lo establecido en el artículo 21 de la Ley 1755 de 2015, para eludir su responsabilidad frente a la respuesta de un derecho de petición.
Esa norma que Uds. aplicaron para enviarle nuestra petición a la Cancillería colombiana, habla claramente que los traslados se realizarán cuando la entidad a la que llega la solicitud no es competente para responderla, pero este no es el caso respetados Señores, pues Uds. están en la obligación de responder cada uno de los puntos planteados en ella, ya que el planteamiento que hacemos en ellos es genérico con relación a las funciones que Uds. como Fiscalía General de la Nación hayan podido llevar a cabo respecto al tema de autos.
Dicho lo anterior, y como quiera que enviaremos copia de este memorial al Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitamos a esa entidad NO RESPONDER ese derecho de petición, pues nuestros interrogantes no van dirigidos a Uds., sino a la Fiscalía General de la Nación, y lo que no se puede permitir es que por falta de análisis jurídico (inaceptable en una institución que maneja las leyes), se pretenda eludir la responsabilidad frente a los ciudadanos para responder un Derecho de petición.
Señores de la Fiscalía General de la Nación, si Uds. consideran que no son competentes para responder nuestros interrogantes, ruego que el derecho de petición enviado se ponga a consideración de la autoridad que corresponda para que dirima esta situación, y establezca qué entidad es la que debe responderlo.
Pero antes de ello, por favor LEAN Y ANALICEN BIEN nuestra solicitud, y vean que va dirigida para que sea la Fiscalía General de la Nación la que responda, y así lo hemos dado a saber en cada uno de esos interrogantes, donde en todo lo que allí indagamos hacemos referencia a “Lo que ha hecho esa entidad”; y si miran el encabezado de la solicitud, va dirigida a ese ente investigador.
Pueden también fijarse que en la mayoría de nuestros interrogantes describimos “Qué ha hecho la Fiscalía General de la Nación, ante…”
Ven respetados Señores de la Fiscalía que nuestra petición va dirigida a Uds., con preguntas directas a Uds., y por ende son Uds. quienes deben responder?
O, cómo va a saber el Ministerio de Relaciones Exteriores, lo que Uds. como Fiscalía han hecho con relación a la Temática Migratoria Colombiana donde se haya incluido a los colombianos en el exterior y población retornada?
Esa Cartera Ministerial no podrá responder jamás nuestros interrogantes porque lo que en ellos preguntamos es sobre las actuaciones que sobre el tema ha realizado pero la Fiscalía General de la Nación, no la Cancillería. Por cierto, lo que ha hecho o dejado de hacer ésta última lo conocemos muy bien, pues ya en el pasado lo han respondido.
Y terminamos el memorial dirigido a la Fiscalía General de la Nación, así:
Sres. de la Fiscalía, les queda muy difícil responder a cada uno de nuestros interrogantes, con un, “hemos hecho esto o lo otro, o simplemente no hemos hecho nada”?, pero “no tirarle la pelota” a la Cancillería, cuando no es de ella la que necesitamos conocer lo que les planteamos a Uds.
Cabe anotar que el mismo derecho de petición lo hemos enviado a todos los Ministerios y demás instituciones estatales, pues nuestro interés como ciudadanos y Medio de comunicación virtual, es conocer lo que el Estado colombiano, a través de cada una de sus entidades, ha llevado a cabo dentro de la Política Migratoria Colombiana para quienes residimos fuera de nuestro país, y de quienes han retornado.
Sorprendentemente, Uds., la Fiscalía, están dentro de las pocas entidades que a la fecha han remitido nuestra solicitud a la Cancillería.
Esperamos respetados Sres. de la Fiscalía que este no sea un conflicto jurídico que deba resolverse ante otro estrado judicial.
El anterior memorial se lo enviamos a la Fiscalía el pasado 14 de septiembre, y miren que hizo milagros, pues ya el miércoles 17, TRES (3) días después, nos contestaba esa Institución. No a todos los interrogantes, solo a algunos, pues los demás los envió a otra Dependencia de la misma Entidad; aunque en otros sigue insistiendo en que debe ser la Cancillería quien responda.
Para conocer la respuesta que nos envió la Fiscalía General de la Nación, continúa leyendo aquí.
Comentarios