Aunque desde el 15 de octubre de 2025, mediante el Decreto 1081, se creó el «Viceministerio de asuntos migratorios, consulares y protección internacional», más conocido antes y ahora como el «Viceministerio de las Migraciones», no ha habido hasta el momento un pronunciamiento del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia con relación a su Administración y operatividad.
Un Viceministerio solo en el papel.
Es más, podría decirse que el anhelado «Viceministerio de las Migraciones» ha sido creado, pero solo en el papel, pues hasta tanto la Cancillería colombiana no nos resuelva un cuestionario que le hemos enviado en el día de hoy, no podremos saber cuándo y cómo entrará en funcionamiento; entre otros interrogantes que le hemos planteado.
Leyendo hasta el final podrán conocer oficial y legalmente la respuesta a nuestra pregunta titular, Cuáles serán las Funciones del Viceministerio de las Migraciones de Colombia?.
Antes es importante que conozcan bajo los titulares «Viceministerio de las Migraciones de Colombia, una historia con buen final» (Octubre 20 de 2025), y «Creación del Viceministerio de las Migraciones: su historia al completo» (Octubre 22 de 2025), el recuento pormenorizado que hemos hecho de la historia de ese Viceministerio de las Migraciones, y que invitamos leer para tener mayor claridad sobre el asunto.
Funciones del Viceministerio de las Migraciones de Colombia.
Según el Artículo 17.1. del Decreto 1081 del 15 de octubre de 2025, creador del «Viceministerio de asuntos migratorios, consulares y protección internacional», además de las contenidas en el artículo 62 de Ley 489 de 1998, las siguientes son las funciones que deberá realizar:
- Liderar la política de gestión consular y migratoria del Estado Colombiano.
- Asesorar al Ministro en la formulación, planeación, dirección, coordinación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política migratoria del país.
- Formular, orientar, ejecutar y evaluar la Política Integral Migratoria (PIM) del Estado Colombiano.
- Definir los requisitos de ingreso y permanencia de extranjeros en el país, las condiciones y requisitos para el otorgamiento de visas, determinar aquellas nacionalidades exentas de visa y las condiciones para la aplicación de esta medida, aplicar el régimen legal de nacionalidad, en lo pertinente en coordinación con la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y bajo el principio de soberanía nacional del Estado.
- Dirigir y coordinar el cumplimiento de las funciones de los consulados y asuntos consulares en las áreas que por competencia correspondan a la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Superintendencia de Notariado y Registro.
- Coordinar con los organismos y entidades nacionales y territoriales del Estado en los asuntos relacionados con la ejecución, desarrollo y evaluación de la política exterior, de acuerdo con sus competencias.
- Dirigir la asistencia que se preste a los connacionales en el exterior, en el marco de la competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores en el asunto.
- Dirigir y coordinar planes y programas dirigidos a la comunidad colombiana en el
exterior y retornada. - Asistir al Ministro en el desarrollo, ejecución y seguimiento de los instrumentos internacionales vigentes en materia migratoria, consular, de asilo, refugio y apatridia.
- Asistir al Ministro en los temas de su competencia en las relaciones con otras entidades del Estado, con los organismos internacionales y con las Misiones Diplomáticas y Consulares, acreditadas en Colombia.
- Articular los procesos interinstitucionales de coordinación y consulta, orientados a la
construcción de la posición de Colombia para ser presentada en las discusiones que se lleven a cabo
en los organismos, foros, instancias y mecanismos regionales y multilaterales o en negociaciones que se adelanten en el seno de estos, según las competencias del Viceministerio de Asuntos Migratorios, Consulares y Protección Internacional. - Definir directrices en materia de pasaportes, visas y apostillas.
- Analizar y conceptuar, en Coordinación con la Dirección de Asuntos Jurídicos internacionales, sobre los proyectos de ley presentados por el Gobierno o de iniciativa parlamentaria en temas de su competencia.
- Elaborar informes estadísticos y análisis sobre los temas de competencia del Viceminisíerio de Asuntos Migratorios, Consulares y Protección Internacional y los que sean necesarios para la toma de acciones correctivas y de mejoramiento y para procesar los informes mensuales de los Consulados en la perspectiva de sus ingresos.
- Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.
Y termina la norma expresando en el numeral 16, que «Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia».

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