Gracias a información suministrada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, y Migración Colombia, a continuación damos a conocer cada uno de los pasos a seguir para la obtención del permiso o poder para la salida de un menor de edad desde Colombia, cuando los dos, o uno cualquiera de los progenitores, o quien legalmente tenga la custodia, se encuentre en el exterior.
El permiso o poder por si solo no tiene validez alguna, pues se debe realizar el reconocimiento o autenticación de firmas, ante cualquier Consulado colombiano en el mundo, y cuyo proceso explicaremos más adelante.
¿Cómo tramitar desde el exterior la salida de Colombia de un menor de edad.?
Requisitos para el permiso de salida del país de menor de edad.
Si se encuentra en el exterior, y requiere del permiso, conocido también como poder, para que sus hijos menores de edad puedan salir de Colombia, debe dirigirse a cualquier Consulado colombiano en el mundo, y cumplir con los siguientes requisitos:
- Nombre completo del menor de edad y número de identidad.
- Lugar de destino
- Propósito del viaje
- Fecha de salida y regreso al país
- Nombres, apellidos y número del documento de identificación de quien va a viajar con el menor de edad.
- Presentar una copia del registro civil de nacimiento del menor de edad.
- Presentar la cédula de ciudadanía en formato vigente (amarilla con hologramas). En caso de tener contraseña presentar comprobante de duplicado o renovación de la cédula de ciudadanía en trámite (contraseña), con la consulta en línea de la fecha de expedición del documento, que se puede descargar a través de la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
- Si el padre o la madre es extranjero deberá presentar pasaporte vigente.
Formato “Permiso de salida del país de menor de edad.”
En algunos Consulados colombianos, tienen y facilitan el borrador del permiso o poder para la salida de menores de edad del país, el cual se debe rellenar con los datos que indicamos en el párrafo anterior; aunque haciendo clic aquí encontrarán el formato que oficialmente nos hizo llegar la Cancillería colombiana a través del radicado S-DIMCS-GAJR-23-029686, del 22 de diciembre de 2023.
Costo del permiso de salida de Colombia de menor de edad.
El permiso o poder para la salida de un menor de edad desde Colombia, en realidad no tienen ningún costo, salvo si se acude a algún gestor o abogado para que lo elabore, algo innecesario, ya que la persona interesada puede hacerlo directamente en el caso de que no haya un formato especial en el respectivo Consulado.
(Relacionado con el artículo, “Expedición o renovación del pasaporte a menores de edad.”)
Lo que si tiene costo es el reconocimiento de firmas que debe hacerse dentro de dicho permiso o poder, el cual, en los Consulados colombianos en Europa o Cuba tiene un costo de 8,45€, y en los demás países del mundo USD$12,67.
Para más información sobre las formas de pago en los Consulados colombianos en el mundo, ingrese aquí.
Permiso para menor de edad con residencia en el exterior superior a un año.
Para efectos de la salida del país se deberá aportar certificación de residencia en el exterior, expedida por el respectivo Consulado, y copia del documento en el cual se establezca la custodia en cabeza del progenitor con quien va a salir.
Permiso para menor de edad con residencia en el exterior inferior a un año.
Cuando el menor de edad tenga residencia habitual en el exterior inferior a un año, deberá contar con permiso de ambos padres o del representante legal con quien viaje, debidamente autenticado ante notario o autoridad consular.
Otros casos de salida de menor de edad desde Colombia.
Cuando el menor de edad salga con el progenitor que no ostenta la custodia o con un tercero, requerirá el permiso de salida del progenitor que ostenta la custodia, junto con la certificación de residencia y el documento que acredita la custodia.
En los casos que no se acredite la custodia y el certificado de residencia habitual en el exterior, se deberá contar con el permiso de los padres.
(Le puede interesar: “Información, Trámites, requisitos y Citas en Consulados colombianos en el mundo.”)
Los siguientes requisitos deberán presentarse en el respectivo Consulado para la obtención del Certificado de residencia de un menor de edad.
- Documento de identificación del menor.
- Documento de identificación del solicitante.
- Presentar documentos que demuestren la residencia del menor por un término igual o superior a 1 (un) año, por ejemplo: constancias estudiantiles, certificado de afiliación médica.
- Copia del documento en que conste que el progenitor tiene la custodia.
- Certificado de movimientos migratorios del menor expedido por Migración Colombia.
Todas estas disposiciones pueden ser consultadas en la sección relativa a los permisos de salida de niños, niñas y adolescentes, de la Ley 1878 de 2018 y que modifica el artículo 110 de la ley 1098 de 2006.
Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores, y Migración Colombia (Enero 06 de 2024.)
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