Primera mentira para comprar vehículo de $300.000.000 del Erario colombiano.
El 23 de septiembre del presente, bajo el titular «Con mentiras este Cónsul colombiano pide vender y comprar vehículo de alta gama», describíamos lo que considerábamos las dos grandes mentiras expuestas por el Sr. Javier Darío Higuera Ángel, Cónsul colombiano en Madrid – España, para obligar al Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del Fondo Rotatorio, a que le autorizara:
1°. La venta del vehículo puesto para uso oficial del Consulado, marca BMW, modelo 5C31-520D, chasis WBA5C31070D043107, color negro, tapicería en cuero Dakota, y demás lujos, adquirido en el mes de marzo de 2014, por la suma de $58.874.641; hoy en día, y de acuerdo a los libros de Cancillería, valorado en $38.936.308 (Oficio I-CESMD-25-000107 del 24 de abril de 2025).
Sigue leyendo hasta el final para que conozcas cómo «Cancillería autorizó compra de vehículo de $300.000.000 por amor de un Cónsul al medio ambiente».
2°. En reemplazo del vehículo mencionado anteriormente, solicitó la compra de uno cualquiera de los siguientes automotores, conceptuando que el primero de ellos era el más viable:
- Vehículo marca BMW 550e Drive Berlina, con un costo de 64.760,21€ ($300.000.000 aproximadamente).
- Vehículo marca Mercedes Benz E300 D híbrido, por un valor de 67.063,07€ ($300.000.000 aproximadamente).
- Vehículo marca Audi A8 L60, con un costo de 107.400,02€ ($450.000.000 aproximadamente).
Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), donde se restringe el acceso de vehículos en Madrid.
La primera gran mentira del Sr. Cónsul Javier Darío Higuera Ángel, es que el vehículo que tenía asignado para su uso oficial, no podía transitar libremente por toda la Comunidad de Madrid, y lo anunció así:
«El Ayuntamiento de Madrid ha implementado las zonas de Bajas Emisiones (ZBE), áreas donde se restringe el acceso de vehículos más contaminantes para mejorar la calidad del aire.
Desde el 1 de enero de 2025, los vehículos con etiqueta ambiental «A» (sin distintivo) tienen prohibido transitar por todo el territorio municipal de Madrid, incluyendo el interior de la M-30, independientemente de su lugar de empadronamiento o alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), que comprende, entre otras, el área del centro de Madrid.
Estas restricciones afectan principalmente a vehículos diésel sin etiqueta, como el BMW 520D de 2014 de esta misión, que no cumple con los estándares de emisiones actuales y carecen de etiqueta ambiental.
Por lo tanto, la baja del vehículo en cuestión se alinea con las políticas europeas y locales para cumplir con los estándares de calidad del aire y contribuir a la sostenibilidad urbana.
Como consecuencia, se encuentra prohibido restringido o prohibido su ingreso a diversas zonas de bajas emisiones (ZBE), particularmente dentro del perímetro urbano de Madrid, que es donde están ubicadas las instituciones centrales españolas y más municipales de Madrid, así como, el mismo Consulado, afectando directamente su utilidad en el desarrollo del normal funcionamiento de este Consulado». (Resaltado fuera de texto).
Ahí, con total rotundidad, expresa que el vehículo de uso oficial del Consulado, no puede transitar por determinadas áreas de la C. de Madrid; no le vemos otra interpretación.
Desmintiendo oficialmente afirmación del Cónsul Javier Higuera.
Nos pusimos en la tarea de verificar qué tan cierto era eso, y con lo que describiremos a continuación se podrá evidenciar que no cobija a todos los vehículos, menos a los que tienen «Inmunidad diplomática», esto es, los utilizados por Embajadas y Consulados; algo que se calló el Cónsul Higuera cuando pidió a Cancillería el cambio de su vehículo oficial por un último modelo, avaluado en casi $300.000.000.
A continuación, apartes de lo que vemos en la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 2021, reguladora de la circulación de vehículos diplomáticos, en la que igualmente se establece la creación de la Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y que afecta a toda la ciudad.
En la norma apreciamos que «Los vehículos diplomáticos, al ser exentos de las restricciones de la ZBE por su condición de vehículos de uso oficial, pueden circular sin limitaciones de acceso y circulación por todas las vías del municipio».
Leemos literalmente: «Los vehículos diplomáticos y consulares, junto con los de las fuerzas armadas, emergencias, y vehículos de transporte para personas con movilidad reducida, están contemplados como exentos de estas restricciones».
Reitera la normativa que, «Los vehículos diplomáticos, debido a su exención especial, no están sujetos a las restricciones que se aplican a los vehículos sin etiqueta».
Aparte de lo consultado en la normativa, nos dirigimos a las autoridades madrileñas, y efectivamente nos comunicaron que no, que los vehículos con categoría de diplomáticos no tenían, ni esa, ni ningún otro tipo de restricción para transitar por Madrid, e incluso por España.
Así mismo lo consultamos con otros Consulados, y con la propia Embajada de Colombia en el país español quienes nos indicaron no ser cierto que a los vehículos con status diplomático se les aplicaban restricciones de circulación.
Con ese acervo probatorio, volvimos a oficiar al Sr. Cónsul Javier Higuera, así:
«Sabe Ud. que por normativa española, Comunidad y Ayuntamiento en Madrid, incluyendo la que señala en las respuestas, los vehículos al servicio de Consulados y Embajadas, por gozar de inmunidad diplomática, están exentos de lo previsto en el programa «Zonas de bajas emisiones -ZBE-?»
Y vean cómo tan olímpicamente voltea la torta y se aferra a su espíritu colaborador con la protección del Medio ambiente, respondiendo:
«En relación con la afirmación según la cual «los vehículos al servicio de consulados y embajadas están exentos de lo previsto en el programa de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) por razones de inmunidad diplomática», es preciso realizar una aclaración jurídica y técnica con fundamento en la normativa vigente, la interpretación sistemática del derecho administrativo español y los principios del derecho internacional público.
1. La normativa española no establece una exención total o automática.
La Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid, en su artículo 23, apartado 6, no dispone una exención plena para los vehículos con matrícula diplomática o consular.
Dice Higuera Ángel que «El texto señala expresamente:
«A los vehículos que carezcan de clasificación ambiental por no estar escritos en el Registro General de Vehículos, como los de matrícula diplomática, consular o de organismos internacionales, se les aplicará la clasificación ambiental equivalente que resulte de la documentación técnica del vehículo».
De esta disposición se desprende que:
- «Los vehículos consulares no están excluidos del régimen ambiental, sino que se le asigna una equivalencia técnica respecto a su potencial contaminante.
- En consecuencia, su circulación dentro de la ZBE está sujeta a las mismas limitaciones que los vehículos civiles de características equivalentes.
2. La inmunidad diplomática no implica exención ambiental.
El Convenio de Viena sobre Relaciones consulares (1963), en sus artículos 31 y 33, reconoce inmunidades jurisdiccionales y administrativas para garantizar el ejercicio de las funciones consulares.
Sin embargo, dicha inmunidad no comporta una dispensa material del cumplimiento de las normas locales, especialmente cuando se trata de disposiciones de protección ambiental, seguridad o salud pública.
3. La exención operativa no equivale a exención normativa.
El Ayuntamiento de Madrid reconoce que los vehículos diplomáticos y consulares no son gestionados por la Dirección General de Tráfico (DGT) y, por ello, no figuran en los sistemas automáticos de control ni son objeto de sanción directa. Esa circunstancia genera una exención operativa o técnica, pero no jurídica ni ambiental.
Es decir, el sistema no los multa, pero eso no significa que la norma les permita contaminar o circular sin restricción ambiental. Se trata de una cuestión de gestión administrativa, no de privilegio normativo.
4. Principio de ejemplaridad y coherencia ambiental.
Los principios de eficiencia, sostenibilidad y ejemplaridad institucional, recogidos en el artículo 3 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público impone a toda entidad pública -Incluidas las representaciones extranjeras acreditadas- la obligación de contribuir al cumplimiento de los objetivos de sostenibilidad y reducción de emisiones.
Así mismo, la Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética y la normativa europea sobre Zonas de Bajas Emisiones (Directiva 2008/50/CE) establecen que todas las entidades y usuarios del territorio nacional deben cooperar en la mitigación de la contaminación atmosférica.
En ese marco, resulta jurídica y éticamente más sólido que las misiones consulares adopten voluntariamente el cumplimiento de las restricciones ambientales, como manifestación de cooperación con las políticas locales y de respeto al país anfitrión».
La anterior exposición no deja de ser más que «Cháchara jurídica y sentimental adaptada para satisfacer un capricho», y justificar la mentira inicialmente esbozada por Higuera Ángel para que le autorizaran la compra de un vehículo último modelo, pues lo realmente cierto es que el automotor marca BMW, modelo 5C31-520D, chasis WBA5C31070D043107, color negro, tapicería en cuero Dakota, y demás lujos, SI PODÍA CIRCULAR SIN RESTRICCIÓN ALGUNA POR TODA LA COMUNIDAD DE MADRID, y en consecuencia, utilizar sentimentalismos chimbos de protección al medio ambiente, no deja de ser más que una excusa barata.
En menos de 15 días de posesionado el Cónsul pidió cambio de automóvil.
Cómo entender que el 11 de abril del presente 2025, el Sr. Javier Darío Higuera Ángel toma posesión como Cónsul en el Consulado General Central de Colombia en Madrid, y en tan solo TRECE (13) días -24 de abril-, envía a la Cancillería el oficio, I-CESMD-25-000107 solicitando vender el vehículo para su uso oficial, con ese pinche argumento, y la otra falsa argumentación que en próximo capítulo desvelaremos detalladamente, pues aún estamos a la espera de recibir la supuesta revisión técnica, peritaje, cotizaciones, presupuestos, o como le quieran llamar, donde se aprecien los daños irreparables o de gran cuantía su reparación, que tenía el vehículo de uso oficial del Consulado.
Cómo entender que un automotor de tan poco uso, de alta gama, esté tan supuestamente deteriorado como para no mandar a reparar sus averías, y a cambio gastarse del Erario colombiano la suma de casi TRECIENTOS MILLONES ($300.000.000) de pesos para comprar uno nuevo?
El día de mañana se vence el plazo que le dimos al Sr. Cónsul Javier Darío Higuera Ángel para que nos envíe nítidamente y por separado, los documentos que corroboren las averías que tenía el vehículo desechado, al igual que las cotizaciones mediante las cuales le indicaron el costo que podría tener reparar cada una de esas averías.
Necesitamos documentación membretada, para confirmar con las respectivas empresas, si las afirmaciones de las averías son ciertas, y establecer si el costo de sus reparaciones era tan alto, como para no arreglarlo, en vez de gastarse caprichosamente TRECIENTOS MILLONES ($300.000.000) de pesos aproximadamente en la adquisición de un nuevo automotor.
Autorizaron la venta de un vehículo de alta gama, con tan solo 10 años de uso, y les aseguramos que si no en óptimas condiciones, si en una 90% funcional, para poder comprar otro último modelo valorado en casi 300 millones de pesos, mientras que la camioneta Volkswagen Caravellke Confortline 2013, con capacidad para OCHO (8) pasajeros, comprada el 31 de enero de 2013, por un valor equivalente a $32.182.339,86, que es la que si presta un servicio amplio y necesario a la Comunidad, y al propio Consulado, está intacta y en pleno funcionamiento. Esto nos dice el Cónsul Higuera Ángel,
«El vehículo oficial asignado al Consulado, Volkswagen Caravellke Confortline 2013, se encuentra en estado operable y funcionando con normalidad.
En cuanto a su uso, el vehículo está destinado a la atención de diligencias consulares, u otras funciones propias de la naturaleza de la misión consular, cumpliendo con las necesidades operativas de la sede consular y garantizando el adecuado desempeño de las funciones administrativas».
Esa camioneta ha soportado el «uso y el abuso», pues se ha utilizado permanentemente, llegando a tener casi el doble del kilometraje del BMW que vendieron para comprar el de los 300 millones, y aparte del trajín que se le ha dado, es un año más vieja.
Que casualidad, que el automotor BMW de uso exclusivo del Cónsul de turno, se haya deteriorado más que la camioneta, y que se haya tenido que vender, mientras que esta sigue prestando un buen servicio, no?.
Ah, y si vamos a restricciones para transitar por la Comunidad de Madrid, esa camioneta tampoco podría utilizarse, de acuerdo a la primera mentira inventada por Javier Darío Higuera, como argumento para vender el BMW y gastarse tan miserablemente una millonada en la adquisición de uno nuevo.
Javier Darío Higuera Ángel, argumenta que tuvo que vender el automotor BMW de su uso oficial, por responsabilidad con el Medio ambiente para comprarse un último modelo de 300 millones, pero no hizo lo mismo con la camioneta. O sea, que con ésta última sus sentimientos de amor por el cuidado de la naturaleza no afloraron.
Estamos convencidos que alguien cercano al Sr. Presidente Petro, con quien tenemos cierto acercamiento, le hará llegar esta historia, y…»otro gallo cantará».
Por cierto, el Sr. Gustavo Petro Urrego desde hace un buen tiempo hacia acá, sabe de la existencia de COLEXRET y de su director Ricardo Marín Rodríguez, quienes indirectamente han intercambiado algunos conceptos y/o apreciaciones de ciertas situaciones relacionadas con los colombianos en el exterior dentro de la Política Migratoria Colombiana.
Ese acercamiento con el Mandatario nacional ha llevado a que conozca de algunas investigaciones, información y denuncias que hemos publicado en esta Casa informativa relacionadas especialmente con los colombianos en el exterior dentro de la Política Migratoria Colombiana, y estamos a la espera de poder conversar directa y personalmente con él, y buscar algunas soluciones a ciertos temas,
No podemos adelantar más, solo esperen buenas sorpresas, como la que dimos el pasado lunes 20, y que pueden ver aquí.
Por último…«Sr. Presidente Gustavo Petro, saque a ese Cónsul de Madrid, o va a seguir poniendo su imagen de buen gobernante por el suelo? Qué van a pensar los colombianos de un Presidente que lucha por la austeridad en el gasto y en contra de la corrupción, mientras sus subalternos se dan el lujo de gastar innecesariamente TRECIENTOS MILLONES ($300.000.000) de pesos en un automóvil de alta gama?


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