El tratar a un Funcionario o entidad del Estado de inepta, mediocre, o inoperante, da para que nos digan irrespetuosos, y en el caso político, para que se configure «Violencia de género en política», tal y como lo estableció nuestra H. Corte Constitucional en Sentencia T-149, del 30 de abril de 2025, en el caso Ricardo Marín Rodríguez contra la Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, Carmen Ramírez Boscán, y que pueden ver aquí.
Esos funcionarios, entidades, e incluso el sistema judicial colombiano, por lo visto no han sentido la desilusión e impotencia que si sienten los ciudadanos cuando ven que, pudiéndose hacer o mejorar determinadas situaciones por el bien del pueblo, no lo hacen, acudiendo a excusas tan imbéciles como la que les contaremos a continuación, haciendo que muchos en medio de esa impotencia afloren el mal genio o gaminada y utilicen esos términos o expresiones.
Continúen leyendo para que conozcan cómo «Ignorando la ley y las órdenes de Cancillería, Consulado móvil niega inscripción de Cédulas».
Consulado Móvil en Ibiza – España.
Entre los días 10 y 14 de noviembre del presente, el Consulado colombiano en Palma de Mallorca – España, ha anunciado la celebración de un Consulado Móvil en Ibiza – Islas Baleares (Casal d´Entitats de Cas Serres, C/de Ernest Ehrenfeld s/n, 1a. planta).
Para ello exige que los interesados no se inscriban directamente, sino que les obligan a realizar un pre-registro a través de un Código QR, diligenciar un formulario, para luego, el Consulado, supuestamente les informa vía correo electrónico si les concede o no la cita.
Ahí ya empezamos con la burocracia acrecentada con la mediocridad; sin embargo, ese Consulado hace algo que ya se puede tildar de ignorancia, pues indica que única y exclusivamente se pueden realizar los siguientes trámites:
- Renovación de pasaporte.
- Permiso de salida de menor desde Colombia.
- Reconocimiento de firma.
- Declaración juramentada (Estado civil o residencia).
- Inscripción de Registro civil de nacimiento.
- Inscripción de Registro civil de defunción.
Y lo reitera en el formulario de pre-inscripción, indicando que «Tenga en cuenta que los únicos tramites que se podrán realizar en dicha jornada son los que se listan en este formulario».
Consulado en Palma de Mallorca no quiere inscribir Cédulas para las elecciones.
Completando su ineptitud y mediocridad, hace público el comunicado que verán en la siguiente imagen, yendo en contra de las diferentes directrices que ha expedido la Cancillería colombiana, con relación a la inscripción de Cédulas de ciudadanía, e informa que:
«Lamentablemente la máquina utilizada para realizar trámites como la inscripción de cédula para votación no puede ser trasladada, razón por la cual en los Consulados móviles tampoco se expiden cédula de ciudadanía»
«Es importante mencionar que los colombianos en el exterior ejercen su derecho al voto acercándose al Consulado o Embajada más cercana para realizar la inscripción de su cédula, conforme a los procedimientos establecidos por la vía diplomática».

No se logra entender de dónde saca la burrada de que la inscripción de Cédulas es «conforme a los procedimientos establecidos por la vía diplomática», cuando el sistema diplomático no tienen absolutamente nada que ver con eso?
Pero bueno, esa burrada hasta se perdona, pero lo que es imperdonable es que argumente la imposibilidad de inscribir ese documento dizque porque no puede trasladar la máquina que supuestamente se tiene destinada para ello.
Primero, acaso es que la maquinita esa es tan enorme que no cabe en un automóvil, furgoneta, camión, tractomula, tren, barco, avión, etc.?
Pero bueno, esa otra burrada también se perdona, lo que es reprochable, y hasta da para mentar un madracito, es que no tengan en cuenta que,
La Cédula se pueden inscribir mediante el Formulario E-3 y no necesita maquinitas.
El artículo 2.3.1.9.3 del Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015, adicionado por el Decreto 1620 de 2017, indica que «la inscripción puede y debe realizarse también de forma manual, mediante el Formulario E-3», así que la falta de equipos no puede convertirse en excusa para negar ese trámite.
Compartiendo lo que dijo la H. Senadora Ana Paola Agudelo en su cuenta de X, «Negar la inscripción vulnera el derecho fundamental a la participación política (art. 40 C.P.) y desconoce la normativa electoral vigente. No se trata de capacidad operativa: se trata de cumplir el ordenamiento jurídico y garantizar derechos».
Qué pasa Señores de Cancillería, mienten Uds. cuando nos han informado en más de dos ocasiones que la Inscripción de la Cédula de ciudadanía para votar en las elecciones colombianos para elegir Congreso y Presidencia en el 2026, se puede realizar sin cita previa y en los Consulados móviles, o es que en realidad no les han informado esa situación a todos nuestros Consulados?
O, si no les gusta hacer la inscripción de Cédulas en el Formulario E-3, por qué no compran una maquinita más pequeña para ello, y con eso nuestros Consulados podrían transportarla hasta en una bicicleta?
No todos los profesionales de la Carrera diplomática son funcionarios malos.
Por último, otra funcionaria de carrera diplomática, la Cónsul colombiana en Palma de Mallorca – España, Francia Rodríguez Romero, con más de 25 años de experiencia en el servicio diplomático y consular de Colombia, cometiendo semejantes barbaridades?
Aunque se vea mucha similitud con el Cónsul de Colombia en Madrid, Javier Darío Higuera Ángel, no se preocupen, la mayoría de funcionarios de Carrera diplomática son buenos, solo que «no falta un mosco en la leche».
Revisó y aprobó:
Ricardo Marín Rodríguez
Creador de COLEXRET.com
Investigador y escritor de Temática Migratoria Colombiana.
Precandidato Cámara por los colombianos en el exterior.
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