Monitoreos internacionales sobre discapacidad.
En 2026 se conmemora los 20 años de la «Convención de Discapacidad de la Organización de naciones unidas – ONU «, y se han puesto en marcha en todo el mundo, los monitoreos periódicos e independientes, sobre cumplimiento por parte de los países firmantes de la misma.
Estos monitoreos previos, son intercambios técnico académicos que periódicamente realizan: Organizaciones de derechos humanos, investigadores, academia, ONG´S y entidades relacionadas para promover el cumplimiento de la no discriminación y acciones afirmativas.
Las Valoraciones investigaciones y análisis que se recogen en foros y espacio virtuales e híbridos sirven igualmente como insumo a los Mecanismos independientes de seguimiento (MIS) de la Convención de la ONU de las Personas con Discapacidad. Una innovación en los monitoreos es la incorporación por primera vez del tema migración y discapacidad que analizan los aciertos y discriminación en los países receptores y de origen de los migrantes de este colectivo.
¿Qué es la discriminación de personas con discapacidad?
Se considera que hay discriminación cuando en los países no se aplican políticas o acciones como: Diseño Universal y para Todos, Acciones Afirmativas y Ajustes Razonables, entre otras.
El no aplicar estas medidas en empleo, salud, educación, etc., se convierte en barreras institucionales que impiden la integración del colectivo. En cuanto a la no discriminación de Migrantes con discapacidad cada país debe aplicar las mismas políticas de integración para sus nacionales y migrantes.
Por su parte, los países de origen de migrantes como Colombia tienen que diseñar desde Cancillería, consulados y embajadas protocolos de protección en caracterización, atención, intervención y promoción de participación de personas con discapacidad.
Discriminaciones que debe superar urgentemente la Cancillería colombiana.
Los monitoreos preliminares sobre discriminación de cancillerías a sus connacionales se han enfocado en contrastar procesos como la adaptación que han hecho las cancillerías consulados y Embajadas en su atención, servicios, participación y empleabilidad hacia el colectivo en cumplimiento de la convención de discapacidad.
El gobierno actual tiene tiempo para que antes de la conmemoración de los 20 años de discapacidad y la cumbre Iberoamericana en 2026, se corrija, los problemas del pasado y no se afecte a la imagen del país, en su deber de protección de connacionales con discapacidad. A continuación, se evidencian cinco indicadores de discriminación a superar.
Proceso de citas en Consulados vulnera derechos de las personas con discapacidad.
El formato digital de obtención de citas no cumple normas de protección de personas con discapacidad. Los invidentes no cuentan con una audioguía que les permita seguir el formato de manera independiente. Los problemas que enfrentan todos los connacionales sin discapacidad para obtener una cita, como entrar a la página y le notifiquen que no hay y se conecte en otro momento, hacen más complejo la atención para el colectivo con discapacidad.
A diferencia de otros países, Colombia no da prioridad en atención a personas con discapacidad en las citas y solo las personas mayores de 65 años no requieren de ella. Hay que tener cuenta que muchas personas con discapacidad requieren acompañamiento, por lo tanto, necesitan conciliar su disponibilidad con otra persona.
No se informa de asistencia telemática de guía para sordos en citas presenciales.
Exclusión de colombianos con discapacidad en el exterior de la gratuidad en el pasaporte; mientras que en Colombia si se le concede a quienes viven allí y a su acompañante.
Es una discriminación a connacionales con discapacidad por ubicación geográfica. Con ello a nivel fáctico se superpone la Ley 1212 de 2008, que dictamina esa exclusión frente a una norma posterior y de mayor rango como es la ley estatutaria de discapacidad de 2013, que integra la convención de discapacidad. Nótese que los países que conceden pasaporte gratuito a personas con discapacidad lo hacen a sus connacionales sin discriminación de donde estén viviendo.
Sin estudios de caracterización de personas con discapacidad.
Estos estudios bien podrían hacerse solicitando subvenciones en los países donde están las delegaciones diplomáticas y consulares.
Incumplimiento de cuotas de empleo protegido para personas con discapacidad.
Se evidencia también que, en los procesos de subcontratación temporal, a través de otras empresas radicadas en el exterior, no se impulsa cuotas de empleo protegido para personas con discapacidad.
Exclusión de participación del enfoque diferencial de discapacidad en estudios y formato digital de inscripción a la Mesa de Migraciones.
En el año de 2023 se realizó un estudio piloto de caracterización: “El poder de hacerlo juntos” un proyecto que venía del anterior gobierno, con la coordinación de la fundación la Gran Colombia, la OIM y el programa Colombia nos Une.
En la parte del estudio de entrevista por videoconferencia a grupos focales, se incluyeron únicamente el enfoque etario, étnico, genero, pero no el de discapacidad. En pieza publicitaria se puede comprobar los colectivos mencionados.
En el año 2024 se lanzó la inscripción a la Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las migraciones. En el formato digital de identificación que está abierto hasta ahora, se incluyeron preguntas sobre pertenencia a colectivos de enfoque étnico género, pero no se incluyó discapacidad.
Estas dos situaciones vulneran el principio de diseño universal y para todos, y el de no discriminación en el reconocimiento legal a la discapacidad como colectivo de especial protección dentro de la migración.
Por:
Julián Castrillón
Doctor en ciencias económicas y empresariales,
Universidad complutense de Madrid – España.
PHD Economía UCM
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