Así se obtiene la Certificación Laboral por Competencias – SENA, en Colombia
Según el Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA” en Colombia, “la evaluación de las competencias laborales es el proceso por medio del cual un evaluador recoge evidencias de desempeño, producto y conocimiento de una persona con el fin de determinar su nivel de competencia (básico, intermedio o avanzado), para desempeñar una función productiva, centrándose en el desempeño real de las personas y con base en un referente que es la Norma de Competencia Laboral y/o el esquema de certificación”.
Dice igualmente el “SENA” que “este procedimiento tiene como propósito promover y reconocer el aprendizaje y la experticia adquirida a lo largo de la vida laboral de aquellos colombianos que se encuentren vinculados laboralmente, que estén en búsqueda de empleo e independientes y que demuestren, como principal requisito, que tienen una experiencia laboral mínima de un año”
Importante y necesario a tener en cuenta que la participación en un proceso de “Certificación de Competencias Laborales” llevado a cabo ante el “SENA” para obtener el respectivo certificado es totalmente gratuito.
Acceder al servicio de Evaluación y certificación de Competencias Laborales en el SENA, para obtener dicho documento que sin lugar a dudas abre mucho mas las puertas al mundo laboral “semiprofesional” y/o técnico, es relativamente sencillo para quienes han residido permanentemente en nuestro país, pues los interesados solo deben acercarse al centro de esa Institución más próximo a su residencia o lugar de trabajo, dirigirse al líder de certificación de competencias laborales, quien le entregará mayores detalles del proceso.
Procedimiento o proceso:
- Elevar su solicitud al centro de formación del SENA más cercano a su lugar de residencia.
- Establecer contacto con un Líder de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales de dicho centro.
- El Líder de Evaluación y Certificación de Competencias elaborará el cronograma del proceso.
- El aspirante recibirá una sensibilización del proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales y la inducción al referente de evaluación.
- Se formaliza la inscripción. (Se consolida y entrega al Líder de Evaluación y Certificación de Competencias laborales del centro, la documentación requerida para participar en el proceso).
Requisitos:
- Fotocopia legible del documento de identidad expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil. En caso de ser extranjero debe cumplir con lo establecido en la normatividad legal vigente.
- Constancia o certificación laboral que acredite la experiencia establecida en la normatividad legal vigente, en caso contrario, acreditar seis (6) meses de experiencia en la función a evaluar relacionada con el referente de evaluación.
Nota 1: se podrá tener en cuenta los seis (6) meses de experiencia adquirida en la etapa práctica, como parte de su proceso de formación, el cual debe ser evidenciado con la certificación expedida por la entidad que lo acredite.
Nota 2: En relación con la constancia o certificación de experiencia, en aquellos casos donde se requiera el cumplimiento de requisitos académicos o de otra naturaleza para desempeñar una ocupación específica, el candidato debe anexar los documentos correspondientes.
Nota 3: En la sensibilización se deberá informar a los aspirantes lo siguiente: el certificado de competencias laborales no reemplaza ni sustituye los requisitos legales que hayan sido establecidos para el ejercicio laboral en determinado sector.
Los aspirantes que no cuenten con certificaciones laborales que acrediten la experiencia, podrán presentar constancia laboral, que describa las funciones desempeñadas de acuerdo con el referente de evaluación (ver Plantilla GCC-PL-001. Modelo de Constancia de Experiencia Laboral).
El aspirante que cumpla con los requisitos para la inscripción, se asocia a los grupos del proyecto y queda así formalizado en el sistema de información DSNFT. Consecuentemente su denominación cambia de ASPIRANTE a CANDIDATO.
Se pueden inscribir menores de edad con permiso vigente emitido por el Ministerio del Trabajo para desempeñar el cargo y las actividades autorizadas por esa Entidad, las cuales deben corresponder con las competencias a evaluar y certificar.
Cuando se trate de la línea de atención por organizaciones se puede presentar la certificación laboral por grupo de empleados, relacionando listado con números de identificación, cargo, tiempo de experiencia y funciones relacionadas con el referente de evaluación. El coordinador del proyecto en la organización se encarga de remitir al Líder de ECCL la información requerida de los aspirantes para soportar el cumplimiento de requisitos de inscripción”. Guía para evaluar y certificar competencias laborales Versión 6. – SENA.
- Se debe superar la valoración de evidencias de conocimiento, desempeño y si aplica, de producto.
- El candidato recibe la emisión de juicio.
- Se debe superar la fase de verificación y auditoría
- Completadas las anteriores fases de manera satisfactoria, se genera el respectivo Certificado de Competencia Laboral en la página web del SENA.”
Hasta aquí todo muy bien, pues consideramos, y tal como lo expone el “SENA”, dicho procedimiento y requisitos deben ser cumplidos por todos los colombianos sin excepción. El problema empieza cuando a un colombiano retornado le exigen la “Constancia o certificación laboral que acredite la experiencia establecida en la normatividad legal vigente, en caso contrario, acreditar seis (6) meses de experiencia en la función a evaluar relacionada con el referente de evaluación”, matizando que “Los aspirantes que no cuenten con certificaciones laborales que acrediten la experiencia, podrán presentar constancia laboral, que describa las funciones desempeñadas de acuerdo con el referente de evaluación (ver Plantilla GCC-PL-001. Modelo de Constancia de Experiencia Laboral)“; y al finalizar en esa plantilla apreciamos que el solicitante debe indicar “Esta información se puede corroborar con estas personas que darán fe de mi experiencia”.
Si bien es cierto que a comienzos del mes Marzo de 2018, luego de casi dos años de insistencia y persistencia por parte de esta Casa informativa (Ver aquí), el Ministerio de Trabajo, en asocio con la Organización Internacional para las Migraciones, la Cancillería colombiana, y el Programa «Colombia Nos Une» del Ministerio de Relaciones Exteriores, creó la «Cartilla de Información y Orientación Laboral para la Población Colombiana en Situación de Retorno», visible aquí, en donde se aprecia la siguiente recomendación, para la obtención de la “Certificación Laboral por Competencias”, “Es importante que las certificaciones laborales incluyan los datos de contacto de la empresa donde se efectuó la labor, teléfono, correo electrónico, página web, entre otros, para facilitar la verificación de la información contenido en la hoja de vida”, no es menos cierto que la falta de socialización y promulgación de dicha cartilla entre la población migrante en el exterior, hace imposible que un colombiano retornado lleve consigo una vez regrese a Colombia, las respectivas certificaciones laborales donde trabajó durante los años que estuvo fuera del país, y siendo casi que el principal requisito para que el “SENA” otorgue la respectiva “Certificación laboral por competencias”, pues sencillamente le será negada.
En el caso de España y la mayoría de países de la Unión europea, existe la llamada “Certificación o vida laboral” que otorgan esos Estados a los ciudadanos certificando las diferentes empresas, al igual que el tiempo laborado, y principalmente la labor desarrollada, la cual puede ser fácilmente presentada al Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA” en Colombia, y de seguro será mas que suficiente para comprobar su experiencia en la profesión que desee ser certificado. En los demás países, el interesado debe pedir a sus empleadores dichas certificaciones, tal y como lo manifiesta el Ministerio de Trabajo colombiano en la cartilla descrita en el párrafo anterior.
“COLEXRET” ha tenido información fidedigna de colombianos retornados a los que les ha sido negada la “Certificación Laboral por Competencias” en el “SENA”, debido a que no han podido cumplir con el requisito descrito anteriormente, por mero desconocimiento antes de salir del país donde se encontraban, ya que una vez en Colombia les es prácticamente imposible que sus antiguos empleadores le hagan llegar esas constancias.
Por lo anterior, hacemos un llamado tanto al Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA”, al Ministerio de Trabajo y a la Cancillería, para que hagan una amplia difusión en el exterior de esta situación, y alerten a los ciudadanos que aspiren retornar, que lleven consigo a su regreso a Colombia las respectivas “Certificaciones laborales” obtenidas en el exterior. Incluso, en el momento en que la “Comisión Intersectorial para el Retorno” conceda la “Certificación de Retornado” una vez el ciudadano se registre en el Registro Único de Retornados “RUR” acogiéndose a los diferentes tipos de retorno establecidos en la Ley 1565 de 2012, se le debería informar lo pertinente sobre el tema.
En el Primer Tomo de la colección de libros “Colombianos Invisibles” – “Gestión Migratoria inexistente”, adquirible en España y Europa llamando al (34)685554360 y para el resto del mundo a través de la Plataforma Amazon, se hace una breve reseña del tema aquí planteado.
Dicho lo anterior, es importante que todo colombiano que desee retornar a nuestro país, se informe debidamente de esta y demás situaciones que al desconocerlas y no cumplirlas, le pueden ocasionar dificultades para comenzar nuevamente en Colombia, especialmente en el campo laboral, y para ello sugerimos leer la «Cartilla de Información y Orientación Laboral para la Población Colombiana en Situación de Retorno» descrita en este artículo.
En el siguiente enlace, artículo publicado el 24 de Marzo de 2018 sobre el tema:
https://www.colexret.com/2018/03/24/por-fin/
Fuente: (Radicado SENA 7-2019-062881 NIS: 2019-01-39768 del 22 de Enero 2020)
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