Seguramente, para investigadores, profesionales y estudiosos del tema migratorio, esta propuesta de Ricardo Marín Rodríguez, investigador y escritor de Temática Migratoria Colombiana, hoy Candidato a la Cámara por los colombianos en el exterior, en las elecciones que se celebrarán entre el 02 y 08 de marzo de 2026, de eliminar la actual «Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones» suena curiosa, extraña, e incluso inexplicable, pero aquí daremos las razones.
Al leer hasta el final comprenderán que continuar con esa «Comisión» sería como un enfrentamiento entre dos Organizaciones Estatales, y de ahí nuestro titular «Comisión Intersectorial de Migraciones Vs. Sistema Nacional de Migraciones».
Una propuesta interesantemente debatible.
La propuesta de acabar con la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones no es nueva, pues data desde hace varios años, y la vemos en la Obra «Gestión Migratoria Inexistente – Colombianos Invisibles», de autoría de Ricardo Marín Rodríguez y Lucy Torres; solo que hoy coge más fuerza al incluirse la modificación que se le hará al Sistema Nacional de Migraciones, y que pueden ver aquí, dentro del Proyecto Socio-político «Ley General Migratoria Colombiana».
A lo mejor en la circunstancias actuales, algunos considerarán que es una decisión equivocada, pero la verdad es que no, pues aún hoy en día, y prácticamente por los mismos motivos que expondremos más adelante, seguimos pensando que esa «Comisión» desde sus inicios en el año 2003, es sencillamente un «relleno» frente a la Política Migratoria de nuestro país.
(Relacionado con este artículo: «Creación de la Ley General Migratoria Colombiana»).
Comisión Intersectorial de Migraciones, inoperante e inservible.
Es tan inoperante e inservible esa Comisión Intersectorial de Migraciones, que el Ministerio de Relaciones Exteriores, no mostró ningún interés en ella durante los más de NUEVE (9) años que duró modificando el Decreto 1239 de 2003 dizque para hacerla operante.
Para que se hagan una idea de lo inservible de esa Comisión Intersectorial, desde su creación en el año 2003 solo se ha reunido en muy pocas ocasiones durante los primeros CINCO (5) años, pues de ahí en adelante…ni fu ni fa.
Para qué un Organismo de estos, que en sus VEINTIDOS (22) años de creado, solo ha podido reunirse en CINCO (5)?
La inoperancia de esa «Comisión Intersectorial» se ventiló públicamente en el Primer encuentro para la conformación de la «Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones» que se llevó a cabo el 29 de Abril del 2016 en las instalaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá – Colombia, en donde se reafirmó que dicha «Comisión» como Eje central del Sistema Nacional de Migraciones (Art. 5°, Ley 1465/2011), para esa época, debería estar operativa para poder entrar a cumplir con sus funciones dentro de este, como es apenas lógico.
¿Qué es la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones?
La Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones nace con el Decreto 1239 de 2003; sin embargo, como este fue modificado en su totalidad por el Decreto 032 del 17 de enero de 2025, daremos su definición y demás con base a este último.
Según el artículo 1°. de este último Decreto modificatorio, la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones se crea con el fin de «…coordinar y orientar la ejecución de la política migratoria del país en las dinámicas de tránsito, origen, destino y retomo, en el ámbito nacional y territorial».
¿Quiénes integran la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones?
De acuerdo al Artículo 2°. del Decreto 032 de 2025, la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones estará integrada por:
- El Ministro del Interior, o su delegado;
- El Ministro de Relaciones Exteriores, o su delegado, quien la presidirá;
- El Ministro de Justicia y del Derecho, o su delegado;
- El Ministro de Defensa Nacional, o su delegado;
- El Ministro de Salud y Protección Social, o su delegado;
- El Ministro del Trabajo, o su delegado;
- El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o su delegado;
- El Ministro de Educación Nacional, o su delegado;
- El Ministro de Igualdad y Equidad o quien haga sus veces, o su delegado;
- El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.
Funciones de la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones.
El Artículo 4°. del Decreto 032 de 2025 establece que la Comisión Intersectorial de Migraciones tendrá las siguientes funciones:
- Formular recomendaciones para la fijación, coordinación e implementación de la política integral migratoria, teniendo en cuenta los objetivos, lineamientos y principios de la Ley de Política Integral Migratoria y demás normas e instrumentos aplicables al tema migratorio.
- Establecer los lineamientos necesarios para la efectiva coordinación interinstitucional e intersectorial de la política integral migratoria.
- Hacer seguimiento de los flujos migratorios mixtos y su incidencia en el país, a través de informes o estudios periódicos de las entidades que integran la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones, y dialogar para estos fines, en caso de ser necesario, con las comisiones intersectoriales e instancias de las que trata el artículo 21 de la Ley 2136 de 2021 y/o aquellas que se puedan crear relacionadas con el tema migratorio.
- Elaborar estudios relacionados con las necesidades análisis o impactos sociales, demográficas, económicas, científicas, culturales, ambientales, de seguridad, de orden público y sanitario, que tengan incidencia en materia migratoria nacional y, sobre profesiones u oficios que sean consideradas de utilidad o beneficio para el país, o que promuevan el fortalecimiento de la comunidad científica y de investigadores en el país, así como impulsarlos estudios de investigación en migración.
- Establecer un Plan de Acción de la Política Integral Migratoria y hacer seguimiento al mismo.
- Hacer seguimiento y evaluación a políticas, planes, programas derivados de la Política Integral Migratoria, esto sin perjuicio de las competencias asignadas a las entidades y otras comisiones intersectoriales.
- Hacer seguimiento y evaluación de las medidas de protección a migrantes y/o mecanismos de regularización para la población migrante, con el fin de emitir recomendaciones al gobierno nacional.
- Estudiar los asuntos relacionados con su objeto que sean sometidos a su consideración por cualquiera de los integrantes de la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones.
- Atender las inquietudes o solicitudes que se puedan plantear desde el Sistema Nacional de Migraciones.
- Socializar los instrumentos internacionales adoptados y ratificados por Colombia en materia migratoria, así como el avance en el cumplimiento de estos y la participación en espacios migratorios bilaterales o multilaterales.
- Darse su propio reglamento.
- Las demás que le correspondan por su naturaleza y para dar cumplimiento al objeto con el que fue creada.
Para poder entender mejor este tema, es importante leer aquí, las modificaciones generales que se le realizarán al Sistema Nacional de Migraciones, en caso de aprobarse en el Congreso el Proyecto «Ley General Migratoria Colombiana» que presentará Ricardo Marín Rodríguez, si llega a salir elegido como Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, en las elecciones que se realizarán entre el 02 y 08 de marzo de 2026.
Razones para eliminar la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones.
1°. Los actuales integrantes de la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones son exactamente los mismos que integrarían el Sistema Nacional de Migraciones, luego entonces, no habría lugar a crear otro Organismo más con las mismas entidades, pues su pensamiento frente a la Temática Migratoria Colombiana no va a variar estén en el uno u otro.
2°. Las funciones que se le han asignado a la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones, en el Artículo 4°. del Decreto 032 de 2025 son iguales, e incluso algunas están muy por debajo de las que se le asignarían al Sistema Nacional de Migraciones, mientras que otras estarían por encima, algo inaceptable, pues esta Comisión se creó mediante un Decreto, y el Sistema de Migraciones al amparo de una la Ley.
No olvidemos que dentro de la jerarquía jurídica colombiana las leyes están por encima de los mandatos dados a través de Decretos.
Creado el Sistema Nacional de Migraciones, tal y como lo hemos planteado aquí, y de continuar la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones, reiteramos, sería como enfrentar a dos Organismos Institucionales entre si, que deben cumplir las mismas funciones, por las mismas personas. Algo que no tendría ninguna justificación, lógica ni coherencia.
En resumen:
Si va a existir un Sistema Nacional de Migraciones que será el eje central de la Política Migratoria Colombiana, con todas y las funciones que eso conlleva, qué razón hay para sostener una «Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones», que en la práctica tendría que hacer las mismas funciones que este, y por sus mismos integrantes?
Corroborando lo anterior, los invitamos a leer «Colombia, más de cinco años sin el eje central de su Sistema Nacional de Migraciones» publicado en febrero de 2017, y que tristemente, al día de hoy, sigue exactamente igual o peor.
La Política Migratoria Colombiana no será más fuerte y eficiente creando más Comités, Comisiones, Grupos, etc. dentro de la institucionalidad de nuestro país, sino con los Organismos necesarios pero bien establecidos para el cabal cumplimiento de sus funciones, tal y como lo dejamos argumentado en el minucioso Análisis de la Política migratoria y de retorno colombiana, que hicimos el 13 de enero de 2017.
Finalizamos con unos viejos dichos que caen como anillo al dedo para este tema, «Entre más vacas menos leche», y «Lo que no sirva que no estorbe». O uno muy debatible…»Es mejor un hijo bien tenido que dos a medio tener».
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