La filosofía de INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR, y NUNCA DESISTIR vuelve a demostrar su importancia.
Después de casi cinco meses de gestiones administrativas y acciones judiciales, COLEXRET recibió una respuesta de la Cancillería acompañada de documentación que permite conocer mejor cómo se financian las funciones del Viceministerio de Asuntos Migratorios, Consulares y Protección Internacional.
La respuesta del pasado martes 20 de los corrientes, identificada con el radicado S-DIAF-26-030889, llega después de una controversia que obligó a acudir a la justicia para conseguir información pública sobre el funcionamiento y los gastos de una dependencia estatal cuya actividad interesa directamente a millones de colombianos que viven fuera del país.
No se trata de afirmar que ahora conocemos hasta el último peso gastado por el Viceministerio. La propia Cancillería reconoce que no todos los conceptos pueden individualizarse por dependencia con sus actuales sistemas de información. Pero sí se ha conseguido documentación relevante que antes no había sido entregada de esta manera.
Cinco meses para obtener información pública: ¿por qué tuvo que intervenir la justicia?
El 14 de mayo de 2026, COLEXRET presentó un derecho de petición con 23 preguntas relacionadas con el funcionamiento del Viceministerio, sus funcionarios, contratos, actividades, viajes, proyectos, presupuesto y políticas dirigidas a los colombianos en el exterior.
Entre ellas, las preguntas 10 y 11 tenían especial importancia, pues pretendían conocer los gastos ejecutados y el presupuesto asignado durante las vigencias 2025 y 2026, con información sobre nómina, contratación, viáticos, viajes, arrendamientos, equipos, eventos, convenios, comunicaciones y otros conceptos.
La primera respuesta no satisfizo las exigencias, pero el Juez en primera instancia considero que si, y declaró hecho superado. (Ver aquí fallo).
Posteriormente esa decisión fue examinada por el Tribunal Superior de Bogotá, y mediante sentencia de segunda instancia 11001-31-10-024-2026-00537-01 NI 6645, del 31 de agosto de 2026, se protegió el derecho de petición y se ordenó al Ministerio pronunciarse nuevamente sobre esas dos preguntas.
La respuesta del 8 de septiembre amplió las explicaciones, pero insistió en que no existía una asignación presupuestal autónoma ni una estructura contable que permitiera identificar todos los gastos exclusivamente por Viceministerio.
Por esa razón, el 28 de septiembre COLEXRET solicitó una revisión del cumplimiento material de la sentencia. La petición no exigía inventar un presupuesto inexistente, sino entregar la información pública disponible, las bases de datos, los registros y las herramientas que permitieran identificar los recursos relacionados con las funciones de la dependencia.
Finalmente, el 20 de octubre llegó una respuesta acompañada de siete archivos Excel, que adjuntaremos al final de esta publicación.
La pregunta que cabe formular es, ¿por qué un ciudadano tuvo que insistir durante meses y acudir a la justicia para obtener información sobre la utilización de recursos públicos?
La respuesta merece una reflexión institucional que va más allá de este caso concreto.
La anterior administración de Cancillería: una etapa de negativas que COLEXRET no puede pasar por alto
COLEXRET ha mantenido una labor de vigilancia sobre las actuaciones de la Cancillería, particularmente en los asuntos que afectan a los colombianos residentes en el exterior. Esa función implica solicitar documentos, examinar decisiones administrativas, formular preguntas incómodas y acudir a los mecanismos legales cuando una entidad no proporciona respuestas satisfactorias.
Durante la etapa del Gobierno de Gustavo Petro, bajo la dirección de la Cancillería de la señora Yolanda Villavicencio Mapy, fue, en 15 años, en donde más tuvimos que recurrir reiteradamente a mecanismos judiciales para obtener información que considerábamos necesaria para ejercer el control ciudadano.
Este caso se suma a una experiencia que merece una crítica firme, la información pública no debería convertirse en un privilegio que solo se obtiene después de acudir a los tribunales.
No afirmamos que toda respuesta desfavorable constituya una vulneración de derechos. Las entidades públicas pueden explicar razonadamente que un documento no existe, que sus sistemas no permiten una determinada desagregación o que una parte de la información está legalmente protegida.
Lo que no resulta aceptable es que una contestación insuficiente obligue al ciudadano a emprender una larga batalla para conseguir una explicación de fondo y acceder a los documentos disponibles.
La transparencia no consiste únicamente en expedir oficios. Consiste en facilitar el acceso efectivo a la información pública, explicar sus limitaciones y ofrecer alternativas cuando no es posible entregarla exactamente en el formato solicitado.
Esta es la crítica que COLEXRET mantiene frente a la gestión anterior en el caso examinado. No se trata de una confrontación personal, sino de exigir una administración que comprenda que rendir cuentas forma parte de sus obligaciones.
No hemos podido entender cómo es que algunos funcionarios toman nuestras peticiones y denuncias judiciales como acciones personales, cuando ni siquiera conocemos a esos personajes, y solo nos limitamos a hacer valer nuestros derechos, y los de, especialmente los colombianos residentes en el exterior.
El antecedente de esta investigación puede consultarse en nuestro artículo, «Justicia obliga a Cancillería a responder sobre el presupuesto del Viceministerio de Migraciones».
¿Cuánto dinero recibe el Viceministerio de Migraciones?
Estas son algunas de las preguntas que más directamente interesan a los ciudadanos sobre el tema tratado:
- ¿Cuál es el presupuesto del Viceministerio de Migraciones?,
- ¿Cuánto dinero se ha gastado?,
- ¿Cuánto se destina a nómina y contratación?,
- ¿Quién paga sus actividades?
La respuesta de Cancillería exige distinguir dos conceptos.
El primero es el presupuesto autónomo del Viceministerio. Según el Ministerio, no existe una apropiación presupuestal independiente identificada con el nombre de esa dependencia.
El segundo son los recursos del presupuesto institucional mediante los cuales se financian sus funciones, sus servidores, sus contratos y distintas actividades relacionadas con la gestión migratoria y consular.
Para 2025, el presupuesto de la Cancillería se había programado y aprobado antes de la creación formal del Viceministerio de las Migraciones, que se produjo mediante el Decreto 1081 del 15 de octubre de 2025.
Para 2026, las apropiaciones continuaron organizadas por unidades ejecutoras y rubros presupuestales, no por cada despacho interno.
Por eso no sería riguroso afirmar que el Viceministerio de las Migraciones tiene un presupuesto propio de determinada cuantía a partir de los totales globales de la Cancillería. Tampoco sería correcto sumar indiscriminadamente contratos, compromisos, obligaciones y pagos como si todos representaran dinero ya gastado.
Lo que sí puede hacerse es examinar los documentos entregados, identificar los gastos que pueden relacionarse con sus funciones y distinguirlos de los recursos destinados a necesidades generales del Ministerio y del servicio consular. Esta acción la puede llevar a cabo quien al final de este artículo ingrese al enlace que adjuntamos y analice al completo la respuesta de la Cancillería Une junto con sus anexos.
Nómina del Viceministerio: más de $861 millones entre febrero y agosto de 2026
Uno de los resultados concretos de la respuesta es la entrega de una relación mensual e individualizada de los devengados de nómina.
Según el Anexo 1, los valores correspondientes al período comprendido entre febrero y agosto de 2026 suman $861.945.721.
La distribución mensual informada por la Cancillería es la siguiente:
- Febrero: $6.377.663.
- Marzo: $74.427.726.
- Abril: $161.865.048.
- Mayo: $134.053.151.
- Junio: $173.682.839.
- Julio: $200.920.837.
- Agosto: $110.618.457.
Estas cifras corresponden a los devengados reportados para los servidores identificados en el sistema de nómina como adscritos al Viceministerio durante el período señalado. No constituyen el costo total de todas sus actividades ni permiten, por sí solas, establecer el gasto anual completo.
La Cancillería también entregó una relación de los 12 servidores que prestaban sus servicios en el Viceministerio al momento de elaborar la respuesta. Explicó que, con excepción del viceministro, los cargos de los demás servidores se encontraban ubicados en la planta de otras dependencias, aunque las personas prestaban sus servicios efectivamente en el Viceministerio.
Este detalle permite comprender una dificultad administrativa que había sido central en la discusión, la ubicación del cargo en la planta de personal no siempre coincide con la dependencia donde trabaja realmente el servidor.
Vea la respuesta completa de la Cancillería junto con sus anexos al finalizar el artículo.
¿Cuánto gasta el Viceministerio en contratos?
La respuesta incluye una relación de 197 contratos cuya dependencia solicitante corresponde al despacho del Viceministerio o a las direcciones que dependen de él.
Para 2025 se identifica un contrato por $4.549.520. Para 2026 se reportan 196 contratos, con un valor total suscrito de $213.759.109.516, según el desglose narrativo de la respuesta.
Sin embargo, es indispensable hacer una aclaración para no confundir a los lectores, el valor de los contratos suscritos no equivale automáticamente al dinero ejecutado o pagado.
De hecho, dos negocios interadministrativos representan una parte considerable de ese total:
El contrato CI-005-2026 con la Imprenta Nacional, por $185.374.493.464, relacionado con la producción, personalización, custodia y distribución de libretas de pasaportes y servicios asociados.
El convenio CI-002-2026 con la Registraduría Nacional del Estado Civil, por $11.800.867.184.
La Cancillería aclara que estos negocios se ejecutan institucionalmente para la prestación del servicio consular y que su inclusión obedece a que la dependencia solicitante pertenece al ámbito del Viceministerio. Esto no significa que sus valores sean recursos de libre disposición del despacho ni que toda su ejecución sea atribuible exclusivamente a él.
La relación contractual es útil para conocer la dimensión de los compromisos asumidos por las dependencias vinculadas, pero debe analizarse contrato por contrato y distinguir el valor total suscrito de las obligaciones y los pagos efectivamente realizados.
¿Dónde consultar el presupuesto ejecutado de Cancillería?
Los archivos entregados incluyen informes de ejecución presupuestal de dos unidades ejecutoras:
- Ministerio de Relaciones Exteriores — Gestión General.
- Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
La documentación comprende las vigencias 2025 y 2026, esta última con corte al 31 de agosto. Los archivos contienen información organizada por rubros, fuentes de financiación, compromisos, obligaciones, órdenes de pago, pagos y otros datos que permiten examinar la ejecución institucional.
En términos generales, el Ministerio señala que la primera unidad ejecutora se financia con aportes de la Nación, mientras que en el Fondo Rotatorio concurren aportes nacionales y recursos propios procedentes de sus ingresos corrientes.
Para interpretar correctamente estas cifras hay que tener presente que un compromiso presupuestal no es lo mismo que una obligación, y que una obligación tampoco equivale necesariamente al pago ya girado.
La información fuente facilita el control ciudadano, aunque no elimina todas las dificultades de atribución por dependencia.
¿Qué gastos no pudo individualizar la Cancillería?
La respuesta del 20 de octubre no presenta una relación completa y exclusiva del Viceministerio para todos los conceptos solicitados.
En materia de arrendamientos, equipos, papelería, eventos, convenios, gastos operativos, comunicaciones y publicidad institucional, la entidad afirma que los sistemas presupuestales registran los gastos de manera centralizada y que no dispone de centros de costo por dependencia.
Por ello, entregó informes globales y listados de certificados de disponibilidad presupuestal y registros presupuestales, depurados en determinados casos según el objeto del documento. También identificó las dependencias responsables de custodiar la información de nómina, contratación, tiquetes, viáticos y presupuesto.
Esto representa una mejora significativa frente a la contestación inicial. No obstante, los ciudadanos deben comprender que la documentación no permite afirmar que cada uno de los gastos generales haya quedado individualizado por completo.
La transparencia también exige reconocer lo que todavía no se puede determinar.
¿Se cumplió la sentencia de tutela?
El fallo de segunda instancia del 31 de agosto de 2026 ordenó que el Ministerio se pronunciara nuevamente sobre las preguntas 10 y 11. La discusión posterior se centró en si bastaba con explicar la inexistencia de un presupuesto autónomo o si también debía facilitarse la información disponible y la metodología para interpretarla.
La nueva respuesta aporta documentos fuente, relaciones individualizadas de nómina y contratos, informes presupuestales, criterios de atribución y la identificación de las dependencias responsables. En consecuencia, consideramos razonable entender que se produjo un cumplimiento sustancial de la orden judicial.
Quedan limitaciones en determinados conceptos y períodos, pero no toda limitación técnica equivale automáticamente a un incumplimiento. En este momento, la documentación recibida permite cerrar razonablemente esta controversia, sin renunciar al derecho ciudadano de solicitar información concreta cuando exista una necesidad posterior.
INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR, y NUNCA DESISTIR: una filosofía que sigue vigente
Si algo demuestra este caso es que la labor de control ciudadano requiere perseverancia.
La filosofía fundacional de COLEXRET «INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR Y NUNCA DESISTIR» no es una consigna decorativa. Es una manera de ejercer el periodismo y la vigilancia ciudadana cuando una respuesta administrativa no permite conocer aquello que legítimamente se necesita investigar.
No siempre se obtiene todo lo solicitado. No todas las diferencias con una entidad pública deben terminar ante un juez. Pero tampoco puede normalizarse que el acceso a documentos públicos dependa de la paciencia, el tiempo o la capacidad de un ciudadano para sostener una controversia judicial.
La documentación recibida permitirá continuar examinando cómo se financian las funciones migratorias y consulares del Estado colombiano. Ese análisis importa porque los colombianos en el exterior necesitan algo más que discursos: requieren una política migratoria con objetivos, recursos, indicadores, responsabilidades y resultados verificables.
COLEXRET seguirá cumpliendo su labor con independencia, rigor y sentido crítico. Reconocer los avances no significa renunciar a preguntar; del mismo modo, formular críticas no significa desconocer una respuesta cuando aporta información útil.
La ciudadanía tiene derecho a saber cómo se administran los recursos públicos. Y las entidades del Estado tienen el deber de facilitar ese conocimiento.
Siendo honestos, a pesar del gran logro, no estamos del todo satisfechos, pues quedamos realmente sin conocer el costo total al año, del Viceministerio de las Migraciones. Aunque la verdad sea dicha, el costo no importa demasiado, lo que realmente interesa es que cumpla el papel para el cual fue creado, para desarrollar, ejecutar y hacer cumplir la Política Migratoria Colombiana.
Aunque tendrá que comenzar por crearla de otra forma, pues tal y como está es muy poco funcional.
Ingresa aquí para ver el texto completo de la respuesta de la Cancillería junto con sus anexos.


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