Apostilla y legalización de documentos:
El 17 de marzo del presente 2022, en artículo visible aquí, describimos paso a paso el procedimiento indicado por la Cancillería colombiana para la apostilla y legalización de documentos requeridos a los colombianos en el exterior.
Hoy, les informamos una nueva situación relacionada con los documentos expedidos por las Notarias en Colombia, esto es, el procedimiento a seguir para obtener la firma electrónica y el código de verificación de esos documentos que se deseen apostillar, teniendo en cuenta que este es un requisito según el “Protocolo de interoperabilidad para apostilla y legalización de documentos originados en las notarías”, pactado entre la Superintendencia de Notariado y Registros y el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Pasos a seguir para obtener la firma electrónica y el código de verificación en documentos notariales a apostillar:
1º. Solicitar en la Notaría respectiva, la firma digital del documento para apostillar o legalizar, junto con la generación del código de verificación. Una vez recibido el correo electrónico con los datos de aprobación del trámite, se debe revisar que estén correctos y correspondan a su documento.
En caso de existir algún error o inconsistencia en la información, se deberá solicitar su corrección directamente ante la Notaría que expidió el documento, previa solicitud del trámite de Apostilla o de Legalización ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, por cuanto estos datos son capturados de manera automática por el sistema.
2º. Para registrar la solicitud de Apostilla o Legalización en línea de esos documentos, el usuario deberá ingresar al siguiente sitio Web del Ministerio de Relaciones Exteriores
https://tramites.cancilleria.gov.co/apostillalegalizacion/solicitud/inicio.aspx, y seleccionar la opción: “Documentos electrónicos con firma digital”, seleccionando luego “Documentos firmados en Notarías colombianas”, y una vez se indique el correo electrónico y dar continuar, seleccionar el país de destino e indicar el código de identificación que le fue remitido por la correspondiente Notaría al correo electrónico proporcionado para el trámite.
Relacionado con el tema: “Trámites en Consulados: Presencial y/o vía internet”
Este procedimiento no es aplicable para copias expedidas por Registraduría Distrital, Municipal, Especial, Auxiliar, Corregidores, Alcaldías o Inspecciones de Policía, cuyo trámite debe hacerse a través del correo validacionsirf@registraduria.gov.co.
Fuente: Consulado colombiano en Madrid, España- Cancillería colombiana
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