Como recordarán, por capricho, terquedad, fantochería, populismo, politiquería, o cualquier otra payasada, el anterior Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, Juan David Vélez Trujillo, como una más de sus improvisaciones, presentó al Congreso el proyecto de ley 276/2018, para declarar el 10 de octubre de cada año como el “Día Nacional del Migrante Colombiano”, proyecto este que el 14 de noviembre de 2019 se convirtió definitivamente en Ley de la República (Ley 1999 del 14 de noviembre de 2019).
Desde su presentación dicho proyecto, hoy Ley, recibió innumerables críticas de esta Plataforma COLEXRET y de la ciudadanía, en especial de los colombianos en el exterior, por considerarse innecesario e inoperante (Ver aquí y aquí), entre otras razones por que ya existía el “Día Internacional del Migrante” (18 de diciembre), creado por la Asamblea General de Naciones Unidas «ONU», mediante la Resolución 55/93, del 28 de Julio del año 2000, cobijando a todos los migrantes del mundo sin importar su nacionalidad, entre ellos por obvias razones a los colombianos.
Costo Ley del “Día Nal. del Colombiano Migrante”
Como lo dimos a conocer a la opinión pública en su momento, recién elaborado el proyecto que llevó a la promulgación de la Ley 1999 de 2019, COLEXRET hizo un balance de lo que podría costar en promedio la elaboración y posterior promulgación de dicha norma, y consideramos que bien pudo haber tenido un costo superior a los 400 millones de pesos, dado el tiempo gastado en ello (Salarios de los congresistas, de sus Unidades de Trabajo Legislativo «UTL», del mantenimiento y demás logística de las instalaciones del Congreso, etc.).
Más de 400 millones realmente tirados por la borda, pues se trató de un proyecto, y hoy de una ley que no sirve en lo absoluto para nada, tal y como lo podrán comprobar leyendo los artículos que hemos publicado (visibles en los link descritos al comienzo del presente), el que hoy estamos dando a conocer, y el que conocerán en pocos días.
Interesante: “Política Migratoria Colombiana de mal en peor”
Lo peor de todo vino una vez promulgada dicha Ley, pues tanto la Canciller de la época, (Vicepresidenta Martha Lucía Ramírez) como algunos funcionarios de alto rango del Ministerio de Relaciones Exteriores, entre ellos el Director general de “Colombia Nos Une”, quien fuera puesto en ese cargo por el Centro democrático, partido al que pertenece el Exrepresentante Juan David Vélez Trujillo, autor de esa norma, al querer congraciarse con éste, les dió por publicitar para la semana del 10 de octubre de los años 2020 y 2021, dizque en cumplimiento de esa norma, una serie de actividades que antes de expedida la misma se venían celebrando en días o fechas diferentes (Ver aquí).
Es decir, no se creó absolutamente nada nuevo para la celebración del tal “Día Nal. del Colombiano Migrante”, salvo la entrega a algunos ciudadanos de la “Medalla Embajador de Colombianos en el Exterior”, creada dentro de la susodicha ley, y que reemplazó otra medalla llamada “Colombiano Estrella” que desde su posesión como Congresista y de forma unilateral fabricó Vélez Trujillo, y que exclusivamente bajo su criterio y exigencias otorgó a algunos ciudadanos en el exterior (más populismo y politiquería barata).
Tanto en el año 2020 como en el 2021, la Cancillería colombiana se prestó para el jueguito orquestado por el Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, Juan David Vélez Trujillo, y quiso hacer creer a nuestros connacionales fuera del país, que las celebraciones del día 10 de octubre, y/o durante esa semana, al igual que el presupuesto asignado era para darle cumplimiento a lo ordenado en la Ley 1999 de 2019, creadora del “Día Nal. del Migrante Colombiano”, algo absolutamente salido de la realidad, y reiteramos que solo se hizo para congraciarse con el autor de la mencionada norma, pues no había sido suficiente con el nombramiento de su Sr. padre Francisco Humberto Vélez Bernal en dos Consulados en España, y otras patrañas del Congresista Vélez, de las cuales fue cómplice directa esa Cartera ministerial (Ver aquí). Pero como todo principio tiene su final, en el siguiente link les contamos cómo terminó esta última historia: https://www.colexret.com/2022/09/17/fin-de-una-historia-de-corrupcion-entre-cancilleria-y-un-congresista/
Si en el presente año se hubiera seguido dando cumplimiento a la Ley 1999 de 2019, en la primera semana de octubre, y hasta el día de ayer 10, debieron haberse llevado a cabo las siguientes gestiones por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, al igual que se realizaron en los años 2020 y 2021:
Actividades de Cancillería para el Día del Colombiano Migrante:
1º. Actividades que promovieran y destacaran a los ciudadanos colombianos migrantes; así como la divulgación en los diferentes medios de comunicación Institucionales de los programas y proyectos de las entidades del orden nacional que beneficiaran a la comunidad colombiana en el exterior, tal y como lo ordena el Art. 2º, Ley 1999/2019.
2º. Conversatorios informativos sobre salud, pensiones, emprendimiento, política migratoria del país de recepción, impuestos, víctimas, convalidaciones, entre otros; coordinados con embajadas y consulados, y aprovechando todos los medios digitales.
3º. Durante esa semana, las misiones diplomáticas y consulares debieron haber desarrollado actividades culturales y sociales, que fueran de interés para la comunidad colombiana migrante y que garantizaran su participación, pues así lo establece el Art. 2º, Ley 1999/2019.
Sabe Ud.: “Qué y a quién representa un Congresista a la Cámara por el exterior?”
Actividades del Congreso para el Día del Colombiano Migrante:
Por su parte, de acuerdo a lo ordenado en el artículo 4º de la Ley 1999/2019, las siguientes actividades debieron haberse llevado a cabo desde las Comisiones Segundas de Senado y Cámara de nuestro país, como si lo hicieron en los anteriores años 2020 y 2021:
1º. Sesionado formalmente o en audiencia pública para escuchar a los colombianos migrantes y retornados, en una jornada de sesión conjunta o individual permanente, la cual debió haber sido transmitida en directo por el Canal Institucional.
2º. Para dicho propósito debieron usarse los canales virtuales institucionales o demás medios tecnológicos disponibles para la participación de colombianos en el exterior, como para su debida transmisión a través de los medios institucionales de la República. Así mismo tuvieron que proyectarla en diferido en los consulados durante las actividades comprendidas en el artículo 3° de la Ley 1999/2019.
3º. Y según el Parágrafo único del art. 4º, de la Ley 1999/2019, pudieron también haber sesionado fuera del recinto del Congreso, bajo las condiciones que hubiera establecido la Mesa Directiva de esa Corporación.
4º. Como quiera que la mencionada Ley 1999 de 2019 creó en su art. 6º. la “Medalla Embajador de Colombianos en el Exterior”, para personas naturales o jurídicas que se hayan destacado de manera ejemplar por su trabajo y logros obtenidos en el exterior, debió haber sido entregada el pasado 10 de octubre en sesión conjunta de las Comisiones segunda del senado de la República y de la Cámara de Representantes o en el consulado de Colombia más cercano a la residencia de los premiados, tal y como se hizo en el 2020 y 2021.
Ninguna actividad se llevó a cabo el Día del Colombiano Migrante:
Hasta donde se sabe, nada de lo anterior se ha llevado a cabo en el presente 2022, y ya pasó el día 10 de octubre, por lo tanto, de pretender hacerlo ahora, sería algo así como querer tapar ese buen, y “aplaudido” olvido.
¿Por qué se incumplió la Ley que crea el Día Nal. del Colombiano Migrante?
En un próximo artículo les contaremos el por qué el 10 de octubre del presente 2022 no se dio cumplimiento a la Ley 1999 del 14 de noviembre de 2019, por parte de la Cancillería colombiana, ni de las Comisiones Segundas del Senado y Cámara de Representantes de nuestro país, y se conmemoró el “Día Nacional del Colombiano Migrante”.
Y cuando decimos que no se dio cumplimiento, es porque, como ya lo dijimos, hasta ayer 10 de octubre, fecha límite que establece la Ley para dicha conmemoración, no se ha visto absolutamente nada que haya promocionado la Cancillería sobre el tema por Redes sociales, o a través de los Consulados colombianos en el exterior, como si se hizo en los dos años anteriores.
O si se celebró: cómo?, cuándo, dónde, quiénes? qué actividades?, Presupuesto, etc.?
¿Habrá muerto la celebración del “Día Nacional del Colombiano Migrante”?
Nosotros creemos que si, y para bien. “Primera vez que nos alegraríamos de una muerte”.
Ahora solo falta que tanto la Cancillería como las Comisiones Segundas de Cámara y Senado, una vez leído este artículo, se den cuenta de ese buen olvido, y empiecen a promocionar actividades para tal fin.
A lo mejor podrán convencer a algunos valiéndose de la excusa que dice la ley, y es que dichas celebraciones se podrán realizar “En la semana del 10 de octubre”, pero a la mayoría no, pues el artículo 1º. de la Ley 1999/2019 es claro cuando dice que “El Gobierno Nacional adoptará las medidas necesarias para desarrollar, durante el diez de octubre actividades que…” (Resaltado fuera de texto).
Y en cuanto a las actividades que debieron haber realizado las Comisiones Segundas de Cámara y Senado, la Ley es muy clara al indicar que serán el DIEZ DE OCTUBRE.
De todas formas, en pocos días les contaremos la respuesta que nos de la Cancillería y las Comisiones Segundas de Senado y Cámara, sobre el por qué no cumplieron con la ley? O si cumplieron con ella cómo fue que nadie se enteró?
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