La Corte Suprema de Justicia avala la acusación por prevaricato y abre una nueva etapa judicial en uno de los contratos más controvertidos de la política exterior colombiana reciente.
La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia reconoció formalmente al Ministerio de Relaciones Exteriores como víctima dentro del proceso penal que se adelanta contra el Excanciller Álvaro Leyva Durán por presuntas irregularidades en la licitación del contrato de pasaportes en el año 2023.
Lee hasta el final y conoce al detalle cómo «El caso pasaportes se convierte en juicio penal: Cancillería víctima del Excanciller Álvaro Leyva». Decisión judicial que constituye un hito procesal relevante, no solo por sus implicaciones penales, sino por el reconocimiento institucional de que las actuaciones del entonces jefe de la diplomacia colombiana pudieron afectar directamente la imagen, credibilidad y funcionamiento de la Cancillería, así como la confianza ciudadana en la gestión pública.
Con esta determinación, el proceso entra formalmente en etapa de juicio, en la cual la Corte deberá establecer si el exministro incurrió en el delito de prevaricato por acción, uno de los tipos penales más graves dentro del derecho administrativo sancionador y penal colombiano.
Un proceso que trasciende lo penal: la Cancillería como víctima institucional
El reconocimiento de la Cancillería como víctima implica que el Estado, a través de la entidad afectada, podrá intervenir activamente en el proceso penal, solicitar pruebas, participar en audiencias y reclamar eventuales reparaciones por los daños ocasionados.
Para la Corte Suprema, los hechos investigados no se limitan a una decisión administrativa discutible, sino que podrían haber comprometido la legitimidad institucional del Ministerio, especialmente en un área estratégica como la expedición de pasaportes y visas.
Este precedente es significativo porque reconoce el impacto institucional de decisiones administrativas ilegales, refuerza la responsabilidad penal de los altos funcionarios, establece una línea jurisprudencial sobre daño reputacional al Estado y amplía el concepto de víctima en procesos contra funcionarios públicos
El origen del caso: la licitación del contrato de pasaportes de 2023.
El proceso judicial se remonta a la decisión adoptada por el entonces Canciller ALvaro Leyva Durán, en septiembre de 2023, cuando declaró desierta una licitación pública destinada a garantizar la prestación de servicios relacionados con personalización de libretas de pasaporte, custodia y distribución de documentos, y la impresión de etiquetas de visas colombianas.
El contrato tenía un carácter estratégico, pues se trataba de un servicio esencial para la seguridad documental, la movilidad internacional y el funcionamiento consular.
Según la acusación, el Comité Evaluador concluyó que la propuesta presentada por la «Unión Temporal Pasaportes 2023» cumplía con todos los requisitos técnicos y obtuvo el mayor puntaje, por lo que recomendó su adjudicación.
Sin embargo, el 13 de septiembre de 2023, el entonces Canciller Leyva expidió la Resolución 7485, mediante la cual declaró desierta la licitación, argumentando posibles afectaciones a los principios de libre concurrencia e igualdad.
Un día después, ratificó la decisión mediante la Resolución 7540, declarando la urgencia manifiesta en el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores mediante la Resolución 7541. De acuerdo con la Fiscalía, estas decisiones se adoptaron sin fundamento jurídico suficiente.
El delito imputado: prevaricato por acción.
El Excanciller fue acusado por el delito de prevaricato por acción. Este delito se configura cuando un servidor público profiere una decisión contraria a la ley de manera consciente y deliberada. Sus elementos jurídicos principales son:
- Existencia de un acto administrativo.
- Violación manifiesta de la ley.
- Conocimiento de la ilegalidad, y,
- Voluntad de emitir la decisión
En el caso presente, la Fiscalía sostiene que existía un oferente habilitado, que se habían agotado todas las etapas del proceso, que no existía fundamento legal para declarar desierta la licitación y que la urgencia manifiesta no cumplía los requisitos legales
Si se demuestra la conducta, las consecuencias pueden incluir pena privativa de la libertad, inhabilidad para ejercer cargos públicos, y/o responsabilidad disciplinaria y patrimonial.
Sanción disciplinaria previa: destitución e inhabilidad por diez años.
Como recordarán, antes del proceso penal, el Excanciller Leyva Durán ya había sido sancionado por la Procuraduría General de la Nación, que le impuso destitución del cargo e inhabilidad para ejercer funciones públicas por diez años.
La sanción disciplinaria se basó en los mismos hechos relacionados con la declaratoria de desierto del proceso licitatorio y la posterior declaratoria de urgencia manifiesta. Sin embargo, es importante destacar que la responsabilidad disciplinaria no sustituye la responsabilidad penal, y que por ello, el proceso judicial continúa de manera independiente ante la Corte Suprema.
Implicaciones institucionales y políticas del caso.
El caso pasaportes se ha convertido en uno de los episodios más relevantes de la administración pública reciente en Colombia, debido a su impacto en la contratación estatal, a política exterior, la seguridad documental, y la confianza en las instituciones.
También ha generado cuestionamientos sobre la discrecionalidad administrativa de los ministros, el uso de la urgencia manifiesta en contratación pública, la responsabilidad penal de altos funcionarios y la estabilidad del servicio consular.
Para millones de colombianos dentro y fuera del país, el funcionamiento del sistema de pasaportes no es un asunto técnico, sino un servicio esencial para poder viajar, trabajar, regularizar su situación migratoria y acceder a servicios consulares, entre otras.
El proceso entra en fase de juicio.
Con el aval de la acusación por parte de la Corte Suprema, el caso entra ahora en una etapa determinante:
El juicio penal,
En esta fase se practicarán pruebas, se escucharán testigos, se evaluarán documentos y decisiones administrativas y se determinará la responsabilidad penal.
El fallo final podrá absolver al acusado, condenarlo penalmente, y/o establecer responsabilidades patrimoniales.
Un precedente para la responsabilidad penal de ministros.
El proceso contra el Excanciller se inscribe en una tendencia creciente en Colombia, la judicialización de decisiones administrativas de alto nivel cuando estas afectan el interés público.
Este caso podría convertirse en un precedente sobre responsabilidad penal en contratación estatal,,límites de la discrecionalidad administrativa, protección institucional del Estado, y control judicial sobre decisiones ministeriales.
En concepto de COLEXRET, El reconocimiento de la Cancillería como víctima por parte de la Corte Suprema no es un simple formalismo procesal. Es una señal institucional de que las decisiones administrativas adoptadas por los más altos funcionarios del Estado pueden generar daños reales a las entidades públicas y a la confianza ciudadana.
Más allá del resultado judicial, el caso pasaportes refleja una tensión estructural entre poder administrativo y legalidad, entre discrecionalidad y control, y entre decisiones políticas y responsabilidad jurídica.
El juicio que ahora comienza no solo evaluará la conducta de un exministro, sino que pondrá a prueba los mecanismos de control del Estado frente a decisiones que afectan servicios esenciales para millones de ciudadanos, especialmente aquellos que dependen del sistema consular en el exterior.
Peguntas que rondan en el ambiente.
- En verdad la Cancillería es la víctima, o un escenario donde se perpetúan delitos?
- Está recibiendo ÁLvaro Leyva Durán, una cucharada de su propia medicina?
- Si la Cancillería es victima del Excanciller Álvaro Leyva Durán, éste no es víctima del gobierno Petro?
- Está pagando Álvaro Leyva Durán el enfrentarse al Presidente Gustavo Petro?
- Qué podrá pasar con los Cancilleres posteriores a Leyva que igualmente están envueltos en el caso de los pasaportes?
- Está Álvaro Leyva Durán metido en este problema por seguir en su momento instrucciones del Sr. Presidente Gustavo Petro?
- Encontrará la Corte Suprema más responsables?
- Tiene alguna responsabilidad el Presidente Gustavo Petro?
Este caso nos lleva al convencimiento de que, «El mejor juez de nuestras actuaciones es el tiempo», o no, Sr. Excanciller Álvaro Leyva Durán?


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