Proyecto de ley migratoria no permitirá Representación de colombianos en el exterior dentro del S.N.M.
Cuando en el mes de Julio de 2019 la Cancillería colombiana con la coautoría de algunos Senadores y Representantes a la Cámara presentó al Congreso de la República el Proyecto de Ley 036/2019,”Por medio del cual se establece la política integral migratoria del Estado colombiano” hoy 001/2019 (Senado), “Por medio del cual se crea un marco legal para una política migratoria integral y de largo plazo”, el 04 de Agosto del mismo año, desde esta Casa informativa emitimos el artículo visible aquí, y posteriormente, el 12 de Diciembre del mismo 2019 un nuevo artículo (Ver aquí), en donde aparte de hacer un análisis de su contenido, y expresar que en los últimos 20 años de la historia de nuestro país en lo concerniente a la Política Migratoria Colombiana, era quizá el mejor proyecto de ley que se había presentado en esa dirección, hacíamos un llamado, en especial a los colombianos en el exterior y Organizaciones, para que analizaran dicho proyecto y elevaran sus inquietudes u opiniones a la Cancillería, y en especial a cada una de las Comisiones de Senado y Cámara, pues se detectaban situaciones que no son las que precisamente conducen a la creación de una verdadera y ejecutable política migratoria colombiana con equidad y justicia para quienes la conforman, y por lo tanto deben estudiarse y corregirse, e incluso se deben incorporar algunos temas que han sido olvidados por la autora del proyecto (Cancillería) y que prestarían gran beneficio a nuestros connacionales residentes fuera de nuestras fronteras y de la población retornada. En esos mismos artículos publicados incorporamos los link donde quien lo desee puede leer y conceptuar acerca del extenso documento junto con sus anexos que emitió COLEXRET y dirigió al Congreso de la República, lo mismo que a la Cancillería y demás entidades mencionadas en el susodicho proyecto de ley, y que puede ser visible haciendo clic aquí.
Hoy, después de conocer y analizar el “Informe de Ponencia Positivo con modificaciones para el primer debate en la Comisión Segunda del Senado” (Ver aquí), del mencionado proyecto, 001 de 2019 (036/2019), presentado por los(as) Senadores(s) Emma Claudia Castellanos, Ana Paola Agudelo, Lidio García Turbay, Jose Luis Perez Oyuela, y Juan Diego Gomez, tenemos que decir que se siguen cometiendo los mismos, e incluso peores errores que los cometidos en la Ley 1465 de 2011 (Sistema Nal. de Migraciones), que han dado lugar para que a la fecha dicha normativa no haya podido ser aplicada con el fin para el cual fue creada, y que en artículos individuales iremos publicando.
En el presente trataremos lo relacionado con la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, establecida en el Artículo 5° de la Ley 1465/2011, e incluida igualmente en el Proyecto de ley 001/2019 (036/2019), en su artículo 17 especialmente:
1°. El primer fallo está en el que se le siga llamando a ese “Organismo de Participación Ciudadana”, “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, pues a pesar de que en diferentes ocasiones nos hemos pronunciado sobre ello, se sigue desconociendo que al hablar exclusivamente de “Sociedad Civil”, se está excluyendo al resto de ciudadanos que no pertenecen o hacen parte activa de dicha “Sociedad Civil”, tal y como lo argumentamos en documentos visibles haciendo clic aquí, y que han sido remitidos al Congreso de la República, al igual que a la mayoría de las Instituciones colombianas, incluyendo a la Cancillería, pero por lo visto han hecho caso omiso a ello, sin importarles que nuestra argumentación no solo es basada en lo establecido en las “Ciencias Sociales” y “Jurídicas”, sino en diferentes Sentencias de nuestra Corte Constitucional, lo que puede dar lugar a que en el futuro, cuando ese Proyecto se convierta en Ley, sea demandada por Inconstitucional.
2°. En el “Informe de Ponencia con Modificaciones” presentado en la Comisión Segunda del Senado para debatir primeramente el Proyecto de Ley 001/2019 (036/2019), su artículo 17, el que modifica el artículo 5° de la Ley 1465/2011, quedó asi:
“Conformación. El Sistema Nacional de Migraciones estará integrado por la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones como eje central, así como las entidades estatales y gubernamentales, que no formen parte de la primera, pero cuyas funciones, objetivos o algún desarrollo misional, tengan relación con los temas concernientes a la migración en Colombia, las Comisiones Segundas del Senado y la Cámara de Representantes, y la Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones, el sector privado, las organizaciones no gubernamentales, la academia y las organizaciones de colombianos en el exterior cuyos objetivos atiendan temas migratorios” (Resaltado fuera de texto).
Véase entonces que dentro de los integrantes de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, se sigue excluyendo a los colombianos en el exterior, pues ninguno de los Entes allí incluidos son Representantes de estos ciudadanos. Nuestra sugerencia es que se modifique el nombre de dicha “Mesa” por el de “Mesa Ciudadana para las Migraciones”, o cualquier otro donde no solo se incluya a la llamada “Sociedad Civil”, sino a la “Ciudadanía” en general. Nos referimos a los ciudadanos que tengan que ver con la temática migratoria.
3°. Ahora veamos lo que dice el Parágrafo Único del mismo artículo 17 del Proyecto de ley:
“La Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones será un espacio de participación abierto, bajo la coordinación de Colombia Nos Une, al que se podrá inscribir cualquier ciudadano interesado en el tema migratorio. Esta inscripción le permitirá obtener
la información actualizada en relación con el desarrollo institucional de la política integral
migratoria por parte del Estado colombiano”
Excelente, pues todos los colombianos relacionados con la temática migratoria tienen el derecho de hacer parte de ese Organismo de “Participación Ciudadana” como es la “Mesa para las Migraciones”, pero lo inaudito es pretender que sea bajo la coordinación de “Colombia Nos Une”, pues se perderá totalmente la autonomía ciudadana para dirigirlo. Dónde se ha visto que una Organización de Participación Ciudadana compuesta por la “Sociedad Civil” y la “Ciudadanía” sea dirigida o coordinada por un ente del Estado colombiano, como en este caso el Grupo de Trabajo “Colombia Nos Une” que bien sabemos es una dependencia mas del Ministerio de Relaciones Exteriores?. “Juez y parte a la vez?”
La “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, “Mesa Ciudadana de las Migraciones”, o como se le quiera llamar, deberá ser un Organismo totalmente independiente, compuesto, y bajo la dirección de los ciudadanos del común, en conjunto con sus Organizaciones. Y serán quienes elaboren su propio reglamento para su administración y operatividad. Es la única forma que podrá ser una Organización autónoma, sin injerencia estatal. De lo contrario se convertirá simplemente en un “títere” manejado al antojo de la Cancillería colombiana a través de “Colombia Nos Une”.
Además, incoherente suena eso de que a dicha “Mesa” se pueda inscribir cualquier número de ciudadanos, pero que no tengan Representación. Es decir, que cada uno actúe por su propia cuenta ante la “Mesa de las Migraciones” (“Sigamos actuando todos individualmente y nos seguirán ahorcando por separado”). Con ese “mico” se perdería la verdadera esencia contemplada en nuestra Constitución Nacional de 1991, sobre “Participación ciudadana”, cuando bien habla no solo de la “Participación”, sino de la “Representación” democrática. Recordando que esta no solo es aplicable cuando se traten temas políticos o de partidos, sino también sociales, como es el caso de la mencionada “Mesa”, donde por su carácter de Organismo de “Participación Ciudadana”, debe ser eso, de ámbito social.
Continúa el Parágrafo del artículo 17 diciendo que;
“Este mecanismo permitirá así mismo vincular y promover la participación ciudadana en los temas que se discutan alrededor de la PIM desde el Sistema Nacional de Migraciones. De conformidad al art. 1° de la presente ley, el Ministerio de Relaciones Exteriores podrá convocar a miembros de la Mesa Nacional de la Sociedad Civil, para participar de manera presencial o virtual en virtud de lo dispuesto en el art. 4B de la presente ley”
Si la “Mesa de las Migraciones” no tiene “Representación”, a quiénes y a cuántos podrá convocar el Ministerio de Relaciones Exteriores de forma “presencial o virtual” cuando convoque una reunión del “Sistema Nacional de Migraciones”, si tenemos en cuenta que de acuerdo a este texto, se pueden inscribir cualquier número de ciudadanos (100, 1.000, 10.000, 100.000, 1´000.000 o más?. Dónde se creará el lugar donde puedan reunir “presencialmente” a tantos ciudadanos?, o qué sistema virtual podrá dar cabida y atender al mismo tiempo a esa cantidad de personas inscritas?
Igual sucedería al pretender aplicar lo que termina diciendo ese parágrafo, de que “Las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de Colombia acreditadas en el exterior y por conducto de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al ciudadano o quien haga sus veces, podrán convocar a la ciudadanía que hace parte de la Mesa Nacional de la Sociedad civil para las Migraciones, para participar en la formulación y consolidación de las sugerencias, recomendaciones y propuestas dirigidas al Sistema Nacional de Migraciones”
De conformarse una “Mesa de las Migraciones” sin Representación ciudadana, o en el caso presente, sin representación de los colombianos en el exterior, cuyos Representantes deben ser elegidos bajo un sistema democrático y popular por ellos mismos; tal y como se establece en el proyecto de ley tratado será el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de “Colombia Nos Une” quien a su criterio y conveniencia cite o convoque a determinados ciudadanos que se hayan inscrito en la susodicha “Mesa”, pues como ya lo vimos, sería imposible invitarlos a todos. A quiénes citaría o invitaría entonces esa Institución?. A los que mas le convenga para el desarrollo de planes que cree esa Entidad, asi no resuelvan de fondo la problemática migratoria?. A quienes tengan intereses en que se les apoye, bien sea a nivel individual o de Organización los proyectos que pretendan presentar, para ser desarrollados por ellos mismos y que bien sabemos no entrarían a discutir con la referida Entidad por temor a que se los desaprueben?. O sencillamente a reconocidos “lagartos” o “lambericos” que solo buscan un beneficio personal, y por ende irían solo a congraciarse con la nombrada Institución?
Existen dos canales fundamentales a través de los cuales se pone en práctica la participación ciudadana; el primero es el de la Representación y el segundo el de la participación directa. Entre más personas haya en un grupo, más difícil es hacer que todos se pongan de acuerdo para tomar una decisión. En el caso de los colombianos en el exterior, con mas de 5 millones que componen esta población, se hace virtualmente imposible; y presencialmente mucho más. Por eso la democracia ha adoptado la figura de la Representación, según la cual los ciudadanos no participan en todas las decisiones colectivas, sino que participan en la escogencia de los representantes que se encargarán de tomar esas decisiones. Y para que la representación sea más sólida y rigurosa, nuestra democracia exige que esos Representantes estén agrupados en organizaciones políticas y/o sociales como en el caso de la “Mesa de las Migraciones”, que tengan unos proyectos, intereses, ideologías y puntos de vista definidos. Cuando los electores, sea a manera política o social eligen a un candidato que es miembro de un partido, Organización Social, o población, se puede saber de antemano que esa persona, en su labor como Representante en el gobierno, o en determinado Organismo social de Participación Ciudadana como sería la mencionada “Mesa”, tendrá que ser fiel a los propósitos y principios de quienes los eligen.
Si observamos las diferentes “Mesas” de “Participación Ciudadana” que se han conformado en Colombia para participar en las diferentes políticas públicas (Educación, Laboral, salud, servicios públicos, víctimas del conflicto, etc.), estas tienen la respectiva Representación ciudadana, es decir, del grupo o población a la que corresponda en cada caso, y son los integrantes de dichos grupos o poblaciones quienes eligen a quienes los representarán en cada una de ellas, pues por simple lógica se entiende que no todos podrán acudir de manera individual a plantear sus inquietudes, pues como lo decimos anteriormente, no habrá lugar ni espacio virtual donde se puedan atender a todos.
Incoherente resulta también que nuestros Legisladores hayan incluido en el el “Informe de Ponencia con Modificaciones” presentado a la Comisión Segunda del Senado para el Primer debate del Proyecto de Ley 001/2019 (036/2019), en el Parágrafo 1°. del artículo 16, que “El ejercicio de participación ciudadana estará sujeto al marco de aplicación de la Ley 1757 de 2015 y 1755 de 2015, de manera que las recomendaciones, propuestas y sugerencias no serán de tipo vinculante y estarán sujetas a la discrecionalidad y factibilidad que estime el Ministerio de Relaciones Exteriores”, cuando precisamente la Ley 1757/2015 amplía el ejercicio del derecho a la “Participación Ciudadana” no solo a nivel de las Organizaciones de la “Sociedad Civil”, sino a la ciudadanía en general, y visto esta que el Proyecto de ley que tratamos en algunos de sus artículos solo hace referencia a la “Participación Ciudadana” a través de la llamada “Sociedad Civil”, en especial cuando se pretende la creación de un “Organismo de Participación Ciudadana” dentro del Sistema Nacional de Migraciones, como lo sería la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”; si, solo “de la Sociedad Civil”, luego entonces dónde quedan los ciudadanos que no sean integrantes de esta, como ya lo venimos diciendo?. No se está entonces siguiendo los parámetros establecidos en la Ley 1757 de 2015 que regula el derecho a la “Participación Ciudadana”.
Una de las explicaciones dadas por los legisladores que firmaron las modificaciones al texto inicial del proyecto de Ley 036/2019 – 001/2019, sobre este tema fue, que
“entendiendo que la Comisión Intersectorial para las Migraciones ya es el órgano ejecutivo intersectorial; la presente propuesta de reforma busca establecer un espacio amplio de participación. Tal como venía propuesto, quedaba pensado como una reunión de delegados que no permitía una participación activa de los diversos sectores. Por otra parte, en el marco de esta ponencia se ha venido desarrollando con la sociedad civil una propuesta de Mesa Nacional de la Sociedad Civil que no se configura con una figura de representación; sino como un mecanismo que permita la inscripción a todo el que se interese por el tema. Al momento de presentar la ponencia, teníamos más de 200 respuestas de connacionales (ver
anexo), entre colectivos, asociaciones y ciudadanos; que expresaron en el 85% desconocer que existía en la Ley 1465 de 2011 la existencia de una Mesa de sociedad civil, frente a lo cual expresaron en cerca de un 60% que la mesa debía ser un espacio abierto de participación y no solo a través de 1 delegado escogido democráticamente”
Esa explicación suena mas bien como chistosa, pues no se entiende como se puede opinar o responder sobre un tema, cuando el 85% de los encuestados lo desconocen?. Por qué no le preguntaron a quienes desde un comienzo, mas exactamente desde el 29 de Abril de 2016 han venido participando en el tema de la conformación de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, es decir, desde que se convocó el Primer Encuentro Internacional para tratar el asunto?. Por qué no se analizaron los mas de 50 planteamientos, opiniones o inquietudes presentadas por diferentes Organizaciones y ciudadanos ante “Colombia Nos Une”, dentro de esta temática, y que se encuentran visibles en el Portal web de este Grupo de Cancillería? Quienes fueron los preguntados en esa encuesta que como bien se anota en el respectivo documento es de autoría del “Despacho de la H. Senadora Ana Paola Agudelo”?. Con derecho a equivocarnos y con el respeto que se merece la Senadora Agudelo, creemos que los 234 colombianos encuestados en el exterior hacen parte de su corriente política, pues “COLEXRET” ha indagado entre mas de un centenar de connacionales en mas de 15 países del mundo, y ni uno solo de ellos ha tenido conocimiento de dicha encuesta.
Debemos también resaltar como una “mentirita”, creemos que de buena fé, la explicación expuesta por nuestros Legisladores en el mismo documento de ponencia modificatorio, refiriéndose a la conformación de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, al afirmar que “Consideramos que, teniendo en cuenta el desconocimiento y los múltiples intentos de la Cancillería a través de Colombia nos UNE en los últimos años para promover su conformación; no se ha dado un acuerdo. Por estas razones se estima que la mejor alternativa es que toda la ciudadanía pueda participar”.
Ese argumento se sale de la realidad, pues no es cierto que no se haya dado un acuerdo a pesar de los múltiples intentos de la Cancillería por promover la conformación de la “Mesa de las Migraciones”, pues quienes conocemos de fondo y al detalle todo ese proceso, bien podemos decir que no se pudo llevar a buen resultado debido a la falta de voluntad de la Cancillería colombiana para facilitar los espacios, herramientas y mecanismos necesarios para la convocatoria del Segundo Encuentro Internacional, donde se había previsto analizar las diferentes propuestas planteadas desde diferentes ángulos de la “Sociedad Civil” y de la Ciudadanía, para llegar a un acuerdo de conformación de la referida “Mesa”. Sería bueno que preguntaran a los asistentes al Primer Encuentro Internacional convocado por la Cancillería y la “OIM”, sobre este asunto, para ver si uno solo dice lo contrario.
Quienes deseen conocer mas acerca del proceso de conformación de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, los invitamos a hacer clic aquí y leer los diferentes artículos que sobre el tema ha publicado esta Casa.
Amigos lectores, Cancillería y Congresistas, de no subsanarse errores como el aquí planteado, y otros que ya iremos publicando, registrados en el Proyecto de Ley 036 de 2019, hoy 001/2019, que pretende crear los lineamientos para la creación, desarrollo y ejecución de una verdadera política migratoria colombiana, veremos al final de su aprobación un “retazo” o “remiendo” mas componente de dicha política pública, tal y como lo denunciamos en nuestro artículo del 22 de Abril de 2019, y visible aquí.
H. Senadora Ana Paola Agudelo, no caiga por favor en este nuevo “disparate”, o mejor, en los innumerables errores que se aprecian en la elaboración del proyecto de Ley 036/2019 – 001/2019. Ud. Sra. sabe de qué le estamos hablando, y si se le ha olvidado, no dude en contactarnos que con el mayor gusto estaremos a su lado para recordarle algunos puntos de gran importancia. En el año 2011 con la expedición de la Ley 1465 su grupo político cometió garrafales errores, y hoy es Ud. la llamada a resarcirlos, participando activamente y con conocimiento de causa en la creación de una Ley que en verdad de soluciones a la problemática migratoria de nuestro país. Y lo decimos asi de claro, pues de todos los Congresistas, sin derecho a equivocarnos, es Ud., quizá la única, o la que mejor conoce de los temas migratorios que conciernen a nuestros connacionales residentes en el exterior. Tome Ud. Senadora la bandera de esta causa, ya que el Ministerio de Relaciones Exteriores, autor del Proyecto de Ley aquí tratado, se lavó las manos cuando le enviamos el documento visible aquí para que lo estudiara y elevara sus inquietudes o modificaciones ante el Congreso, pero lo que hizo fue remitirlo a esa Corporación argumentando que era la competente para ello, cuando bien sabemos que siendo la Cancillería su autora directa, bien puede intervenir cuando lo considere ante los diferentes debates que se creen para su aprobación. Y ni modo de acudir al actual Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior Juan David Vélez, pues lo que ese Sr. conoce de temas migratorios y de los colombianos en el exterior, lo empezó a aprender cuando tomó posesión de ese cargo, y de seguro le faltan muchísimos años mas para que se empape bien de este asunto. Además, sabemos perfectamente que todo lo que salga de “COLEXRET” o de nuestro Director, a él le importa un pepino. Esperamos que a Ud. no Ana Paola. Extensiva invitación a la Senadora Emma Clauda Castellanos, y demás Senadores que aunque no tengan el mismo conocimiento, sabemos de su buena voluntad política en este tema.
Aplaudible que en ese Proyecto de Ley se contemple abiertamente la participación ciudadana, y se le dé una gran importancia, pero inentendible que se pretenda aplicar en algunos de sus artículos que dicha participación se ejerza solo a través de la “Sociedad Civil” y no de la Ciudadanía en general. E inentendible que cuando se quiera hacer partícipe a la Ciudadanía, no se le permita nombrar a sus Representantes, pues como ya lo expresamos en el caso de la conformación de la “Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones”, será imposible que todos los ciudadanos que se inscriban como integrantes de dicha “Mesa” puedan participar individualmente en ella, y por lo tanto deben hacerlo como lo ordena nuestra estructura democrática, a través de una Representación de elegidos por los propios ciudadanos, en un proceso democrático y popular.
Dicho lo anterior, la participación ciudadana sin Representación Democrática en la “Mesa para las Migraciones”, solo permitirá que el Estado a través de sus Entidades, en este caso el Ministerio de Relaciones Exteriores, desarrolle la temática migratoria a su antojo, y sin un verdadero e imparcial control ciudadano, pues como lo venimos diciendo, será imposible que dicha Institución pueda adecuar un espacio, bien sea físico o virtual, para que todos los que se inscriban a ella puedan participar. Mientras que a través de unos Representantes elegidos por la propia ciudadanía (Colombianos en el exterior), será mucho mas práctica, viable y sustanciosa su participación.
H. Congresistas, para que puedan entender un poco mejor la crítica que hacemos en este artículo, les sugerimos leer algo de jurisprudencia relacionada con los principios básicos de la Democracia establecidos en nuestra Constitución Nacional, en lo concerniente al Derecho a la Participación Ciudadana, y verán con plena claridad que este no solo se basa en la Participación, sino en su principal complemento, como es la Representación.
En próximos artículos seguiremos destapando los errores que con nuestra experiencia en este tema, consideramos se presentan en el Proyecto de Ley que puede llevar a la construcción de la “Política Migratoria Colombiana”, tal y como lo describen Ricardo Marín Rodríguez y Lucy Torres en su obra “Colombianos Invisibles” – “Gestión Migratoria Inexistente”, adquirible través de Amazon.
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