Si nuestros lectores, al igual que lo hacemos nosotros, dejan a un lado radicalismos políticos y fanatismos religiosos, de seguro podrán dar una opinión más acertada y acorde con la realidad que encierra el trabajo realizado por cada uno de los 4 Representantes que han tenido en el Congreso de nuestro país los colombianos en el exterior desde que son elegidos únicamente por ellos.
Jaime Buenahora Febres, Congresista por los colombianos en el exterior 2010 – 2018
De la mano del Partido de la U, pero más del fundador de ese partido, el expresidente Alvaro Uribe Vélez, en el año 2010 fué elegido como Representante a la Cámara por los colombainos en el exterior, Jaime Buenahora Febres, un político de vieja data, quien luego de ocupar el cargo de Cónsul en New York (EE.UU.) creyó que se había ganado la confianza de toda la Diáspora para representarla en nuestro Congreso.
Buenahora, en medio de denuncias por fraude electoral, y sin propuestas que realmente beneficiaran a sus electores, consiguió ser elegido para ser el Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior en el periodo 2010 – 2014.
Esa elección no fué por lo que él como persona, profesional y político representara, ni mucho menos por el planeamiento que hizo de las supuestas gestiones que realizaría en favor de sus electores una vez llegara al Congreso, sino por la amplia buena imagen que para ese entonces tenía su “Jefe político” el expresidente Alvaro Uribe en los Estados Unidos.
En el año 2014, y con el mismo partido de la U, pero sin que ya estuviera en él el expresidente Uribe, este individuo fue reelegido nuevamente para ese cargo entre el 2014 y el 2018, gracias a su estrategia de crear una segunda curul para los colombianos en el exterior, pues de no haberlo hecho, y viendo los resultados electorales de la época, habría sido el perdedor frente al Partido MIRA (Ver aquí).
Ley retorno:
Lo único que se le puede resaltar como trabajo a Jaime Buenahora, fue la promulgación de la Ley 1565 de 2012 (Ley retorno), sin embargo queda opacado ante los resultados dados al día de hoy por esa ley, ya que, de quienes se han acogido a la misma, no más del 10% han sido realmente favorecidos. Y es culpa directa de él, pues creó una Ley sin esforzarse en lo más mínimo por gestionar la asignación de presupuesto para su ejecución, y aunque especialmente la Cancillería ha intentado desarrollarla de la mejor manera, es imposible cumplir su verdadero objetivo, pues es un tema que requiere de una buena inyección presupuestaria, de la cual ha carecido, carece, y de seguro seguirá careciendo el Ministerio de Relaciones Exteriores, aunque reiteramos que muchas veces no es tanto por el irrosorio presupuesto que se asigna, sino lo mal ejecutado al distribuirse en planes o programas que en realidad de muy poco o nada sirven.
Interesante de conocer: “A juicio penal Directora de Asuntos Migratorios y Consulares de Cancillería”
De las peores cosas que pudo hacer Jaime Buenahora fue dar su beneplácito para que se eliminara la Segunda curul en la Cámara para sus representados, cuando él mismo la había creado, aunque con el tiempo se descubrió que había sido para beneficio estrictamente personal.
Para ver todo el historial sobre el trabajo de Jaime Buenahora Febres durante el tiempo que fungió como Representante a la Cámara por la Circunscripción Internacional, pueden ingresar en esta web www.colexret.com y buscar por el nombre del susodicho. Aunque haciendo clic aquí podrán conocer una detallada publicación sobre el tema.
Ana Paola Agudelo, Congresista por los colombianos en el exterior 2014 – 2018
En ese mismo año, y para el mismo periodo 2014 – 2018, fue elegida como abanderada del Grupo Político-religioso MIRA, la Sra. Ana Paola Agudelo, una verdadera desconocida en el mundo de la política y en la temática migratoria de nuestro país, y al igual que Jaime Buenahora, sin presentar propuestas para el mejoramiento del nivel y calidad de vida de los colombianos en el exterior.
¿Fanatismo religioso?
Sin un trabajo realizado anteriormente en pro de la Diáspora, y sin propuestas claras sobre lo que podría hacer en el Congreso en representación de los colombianos en el exterior, está claro que su elección se debió más al gran número de seguidores que tiene su Iglesia Cristiana de Jesucristo Internacional, o lo que es lo mismo, “la Iglesia del MIRA”, quienes está visto votan más por una creencia o fanatismo religioso que por una idea política.
Visibilización de los colombianos en el exterior:
Si algo se le puede resaltar a Ana Paola Agudelo, es que desde el primer día que llegó al Congreso no escatimó esfuerzos por visibilizar a los colombianos en el exterior a través de sus intervenciones en los diferentes debates que se llevaron a cabo en esa Corporación parlamentaria, al igual que sus acertadas, aunque por los resultados, perdidas intervenciones porque no se le arrebatara a la Diáspora la segunda Curul en la Cámara de Representantes.
Igualmente, y coadyuvada por las gestiones que ya en su momento había llevado a cabo la Plataforma “COLEXRET”, consiguió que el Fondo Nacional del Ahorro extendiera la posibilidad de que más colombianos en el exterior pudieran afiliarse a ese Fondo, para luego de determinado tiempo y procedimiento se les pudiera dar financiación para la adquisición de vivienda en Colombia. No hay que olvidar que para ese entonces solo podían hacerlo los connacionales residentes en Estados Unidos y México.
De todas formas, la gestión de Ana Paola como Representante a la Cámara por la Circunscripción Internacional no tuvo mayor figuración, ya que ni uno solo de los proyectos de Ley que presentó al Congreso en supuesto beneficio para los colombianos en el exterior, le fue aprobado, y por ende pasó con más pena que gloria por ese cargo.
Juan David Vélez Trujillo, Congresista por los colombianos en el exterior 2018 – 2022
Vino luego Juan David Vélez Trujillo, quien siendo un total desconocido por su inexistente trabajo en pro de los colombianos en el exterior, y sin, al igual que sus antecesores, presentar propuestas claras y de real beneficio ciudadano para ser ejecutadas especialmente en el Congreso, en el año 2018, y para el periodo 2018 – 2022 fue elegido como Congresista por la Diáspora.
No cabe la menor duda que al igual que lo sucedido con Jaime Buenahora Febres en su elección en el año 2010, la de Juan David Vélez fue debido al poder político del expresidente Alvaro Uribe Vélez, ya que como bien lo decía en su eslogan de campaña Vélez Trujillo, era “El de Uribe en el exterior”.
A continuación el trabajo llevado a cabo por Juan David Vélez Trujillo durante el tiempo que ocupó el cargo de Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior:
Eliminación del Impuesto de Timbre Nacional
1º. Eliminación del 50% del Impuesto de Timbre Nacional que se aplicaba a los trámites que realizaban los colombianos en sus Consulados (el otro 50% fue iniciativa directa del Gobierno nacional), que en realidad fue más debido al clamor y gestiones ciudadanas de años atrás, lo mismo que el haber logrado la Plataforma “COLEXRET” que se incluyera como propuesta en el Programa electoral de quien fuera elegido para el mismo periodo de Juan David, pero como Presidente de Colombia, el Sr. Iván Duque, que a la propia intención de Vélez Trujillo, ya que en ninguna parte de su programa en campaña lo anunció, y más bien, de acuerdo a lo que él mismo expresó en una reunión con ciudadanos en la ciudad de Madrid – España, no era partidario de esa idea. Esto fue lo que dijo: “no esta bien pedir mejores servicios y atención en los Consulados, y a la vez estar pidiendo rebaja en los costos de los trámites”.
De interés: “Ministerio de Igualdad y Equidad debe cobijar a quienes residen en el exterior”
Fuera como fuera, es indiscutible que Juan David Vélez Trujillo contribuyó grandemente a que este clamor ciudadano de muchas décadas se hiciera realidad.
Para conocer gran parte de la historia de este logro ciudadano, pueden ingresar aquí.
Ley para la repatriación de colombianos fallecidos en el exterior
2º. Igualmente Juan David Vélez Trujillo pasó al Congreso un proyecto de Ley buscando los mecanismos para la repatriación de los cuerpos de colombianos fallecidos en el exterior, que el 29 de diciembre se convirtió en Ley de la República de Colombia (Ver aquí Ley 2171, del 29 de diciembre del 2021), pero que desde un inicio levantó fuertes críticas dentro de la ciudadanía, pues la pretensión del Congresista era que esa repatriación se diera a través de un Seguro obligatorio que debería incluirse en el pasaporte, lo que aumentaría el costo de este documento.
El proyecto que presentó Vélez con ese fin, fue destrozado completamente en los diferentes debates que se realizaron en el Congreso para su aprobación, y el resultado final fue totalmente contrario a las nefastas intenciones de su autor, por lo que difícil y literalmente se puede decir que fue una de sus buenas obras. Entre otras razones porque dentro de esa ley se le da plazo de un año a la Cancillería colombiana para que la reglamente, y es ahí donde podremos saber si en realidad beneficiará o no a los ciudadanos. Ese plazo vence al finalizar el mes de diciembre del presente 2022.
De cualquier forma, lo que siempre se ha buscado y se seguirá intentando lograr, es que el Estado colombiano sufrague la repatriación de nuestros connacionales fallecidos fuera del país.
Haciendo clic aquí podrán leer el último artículo que sobre el particular publicamos en esta web informativa.
Ley sobre adquisición de vivienda desde el exterior, y la inclusión en programas para adquisición de vivienda social en Colombia
3º. Así mismo, el Sr. Juan David Vélez Trujillo sacó adelante la Ley 2202 del 10 de mayo de 2022 “Por medio de la cual se establecen oportunidades de acceso a la vivienda para colombianos en el exterior, a través del envío de remesas, fortaleciendo el crecimiento económico del país”, que como ya lo dijimos en nuestra publicación visible aquí, puede tratarse de una muy buena ley para que los colombianos en el exterior puedan adquirir con menos dificultades vivienda en Colombia desde fuera del país, y lo más importante, que sean tenidos en cuenta dentro de los planes o programas establecidos por el Gobierno nacional para la adjudicación de vivienda social en nuestro país.
Aunque nos surgen algunas dudas para el desarrollo de esta norma, no podremos aclararlas hasta tanto no sea reglamentada, pues el legislativo establece dentro de esa Ley un plazo de DOS (2) AÑOS para su reglamentación, y por lo tanto tendremos que esperar hasta el mes de mayo del 2024 para ver si es real el beneficio que prestaría a los ciudadanos, tal y como se desprende de la misma.
Ley para conmemorar el Día Nacional del Colombiano Migrante
4º. Otra de las leyes autoría del Congresista Juan David Vélez durante su paso por el Congreso, fue la Ley 1999 del 14 de noviembre de 2019, mediante la cual se establece el 10 de octubre como el “Día Nacional del Migrante Colombiano”, pero que resultó más polémica y rechazada que la Ley sobre repatriación de colombianos fallecidos en el exterior, y de la cual hicimos nuestra última publicación el pasado 11 de octubre (Ver aquí).
Por lo improvisada, inservible y obsoleta, esta última ley no es ninguna buena obra que pueda resaltar para bien al Sr. Juan David Vélez Trujillo.
Algo que deberías saber: “Derecho de petición en Redes sociales: Corte Constitucional colombiana”
Ley 2136 del 2021, que establece los lineamientos para el desarrollo de la Política Migratoria Colombiana:
Aunque el Congresista Vélez Trujillo se ha querido atribuir su autoría, la verdad es que fue una iniciativa del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien se vio obligado a llevar “colinchados” no solo a él, sino a otros Congresistas, para que retiraran otros proyectos de ley similares que con anterioridad habían presentado al Congreso.
No se puede desconocer los pocos aportes que en esta ley fueron gestiones de Vélez, pero nada que ver con los que, si hubiera tenido la voluntad política, y los conocimientos suficientes sobre la realidad de las necesidades de los colombianos en el exterior, hubiera podido incluir en esa norma donde fue ponente, más porque su cargo como Representante de los colombianos en el exterior lo obligaba, que por iniciativa propia.
Para continuar leyendo la segunda parte de este artículo haz clic aquí.
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