El Registro Consular: ¿Por qué la Cancillería convierte un problema tan sencillo en un proceso judicial?
Cancillería vuelve a obligar a COLEXRET a acudir a la justicia, al reconocer que el Registro Consular es voluntario, pero se niega a eliminar mensajes que inducen a confusión.
Aplicando el popular dicho «Vuelve la burra al trigo», una situación administrativa relativamente sencilla, susceptible de solucionarse mediante una directriz interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, termina trasladándose a los despachos judiciales porque la administración pública decide negar el problema antes que corregirlo.
Eso es precisamente lo que acaba de ocurrir con el denominado Registro Consular, y cuya primera parte tratamos el pasado 11 de julio bajo el titular «Sí al Registro Consular colombiano, pero no a la obligación con mensajes subliminales.»
Dentro de la investigación adelantada por COLEXRET en ejercicio del control y la veeduría ciudadana sobre la gestión pública, la Cancillería respondió oficialmente que el Registro Consular no es obligatorio, y que ninguna norma exige estar inscrito para recibir atención consular.
Además, que no existe disposición legal que permita otorgar atención preferencial a quienes se encuentren registrados.
Sin embargo, lejos de asumir que el lenguaje utilizado durante años por varios consulados podía generar confusión entre los ciudadanos, la respuesta institucional optó por un camino diferente, al afirmar reiteradamente que la interpretación realizada por COLEXRET constituye una apreciación «subjetiva».
El problema nunca fue el Registro Consular
Conviene dejar algo absolutamente claro.
COLEXRET jamás cuestionó la existencia del Registro Consular, como tampoco cuestionó su utilidad; y mucho menos discutió la importancia que puede tener para localizar colombianos durante emergencias, mantener canales de comunicación institucional o fortalecer las políticas migratorias.
Todo eso hace parte de las funciones legítimas del Estado y así lo hemos reconocido.
Es más, nuestros seguidores bien saben por que así lo han visto, al igual que la Cancillería, la infinidad de campañas que desde la plataforma COLEXRET hemos lanzado a favor del Registrao consular, y la necesidad de que los ciudadanos se inscriban en él, en sus respectivos Consulados.
El verdadero problema siempre estuvo en otro lugar.
Durante años, distintos consulados han utilizado mensajes institucionales invitando al ciudadano a registrar sus datos para «agilizar los tiempos de atención»; habiéndose incrementado sustancialmente ese llamado en el último cuatrienio.
Precisamente esa frase fue la que originó la investigación de COLEXRET, al considerar que podía transmitir al ciudadano promedio la percepción de que quien no entregara sus datos personales sería atendido más lentamente. O mejor, no se le daría la misma buena atención que si se le brindaría a quiene estuviera registrado.
No se trataba de discutir la legalidad del Registro Consular, se trataba de exigir claridad, pues la claridad en la comunicación oficial es una obligación del Estado.
La propia respuesta de la Cancillería demuestra que el problema sí existía
Paradójicamente, la respuesta oficial termina aportando un elemento que fortalece el debate.
Mientras sostiene que nunca existió condicionamiento alguno, informa que el Consulado General de Colombia en Madrid decidió modificar el texto utilizado en sus comunicaciones y añade expresamente que el Registro Consular es voluntario y que su ausencia no afectará la calidad ni la oportunidad del trámite solicitado.
Aquí surge una pregunta inevitable.
Si el mensaje original era completamente claro y no admitía ninguna interpretación distinta, ¿por qué modificarlo?
Cuando una administración cambia una comunicación oficial para eliminar ambigüedades, difícilmente puede sostener al mismo tiempo que dichas ambigüedades jamás existieron.
Un problema administrativo convertido innecesariamente en un proceso judicial
Lo más preocupante no es el contenido jurídico de la respuesta, sino la forma como nuevamente una situación sencilla termina judicializándose.
La Cancillería pudo resolver este asunto mediante una decisión administrativa de apenas unas líneas. Bastaba con expedir una circular dirigida a todas las oficinas consulares indicando expresamente,
- Que el Registro Consular es completamente voluntario;
- Que ninguna persona recibe atención preferencial por estar inscrita;
- Que ningún trámite será más rápido o más lento dependiendo del registro; y
- Que todos los mensajes institucionales debían eliminar cualquier expresión que pudiera generar una percepción distinta.
Eso habría protegido la transparencia institucional, evitado interpretaciones contradictorias y fortalecido la confianza ciudadana.
En cambio, Cancillería decidió negar la existencia del problema, calificar la preocupación ciudadana como «subjetiva» y mantener una controversia que ahora deberá ser analizada por un juez constitucional.
¿Realmente era una interpretación subjetiva?
La Cancillería sostiene en varias oportunidades que la lectura realizada por COLEXRET corresponde únicamente a una interpretación subjetiva.
Sin embargo, precisamente por tratarse de comunicaciones dirigidas al ciudadano común, el estándar exigible no debería ser si un abogado especializado puede reconstruir jurídicamente el sentido del texto. La verdadera pregunta es mucho más simple.
¿Qué entiende un ciudadano promedio cuando recibe un correo oficial que le dice que registrar sus datos permitirá agilizar los tiempos de atención? Esa es la cuestión de fondo.
Y precisamente por eso la transparencia administrativa exige que las autoridades eliminen cualquier redacción susceptible de interpretaciones equívocas.
La justicia vuelve a convertirse en el único camino
Lamentablemente, este caso vuelve a evidenciar una realidad que COLEXRET ha denunciado en numerosas oportunidades.
En lugar de corregir administrativamente actuaciones que pueden generar dudas legítimas entre los colombianos residentes en el exterior, la Cancillería suele mantener su posición hasta obligar a los ciudadanos a acudir ante los jueces.
Eso representa un desgaste innecesario para todas las partes. Desgaste para el ciudadano, desgaste para la administración, y también para la propia Rama Judicial, que termina ocupándose de asuntos que pudieron resolverse mediante una actuación administrativa sencilla, transparente y preventiva.
Cancillería culpa a los ciudadanos de su propia ineptitud.
Y luego, ciertos funcionarios de esa Cartera ministerial, respondiendo algunas de nuestras peticiones, nos han culpado de ser quienes congestionamos los despachos judiciales por tantas tutelas instauradas en su contra.
Nos ha dicho la Cancillería que nosotros somos los responsables de que sus funcionarios desatiendan otros asuntos dizque por dedicarse a responder tanto derecho de petición que presentamos en COLEXRET.
La Cancillería le ha dicho a la justicia que Ricardo Marín Rodríguez hace mal uso del Derecho fundamental de petición; que abusa de él.
Y en todas esas ocasiones la justicia la ha mandado a «comer m…ariscos», pues cuando no es que ha sido indiferente a esas acusaciones, es que le ha dicho que no, que en ningún momento COLEXRET ha hecho mal uso del Derecho de petición.
Mejor dicho, la ha dejado callada y si argumentos para seguir culpándonos de su propia ineptitud y mediocridad.
Una propuesta que todavía puede evitar nuevos conflictos
Más allá del proceso judicial actualmente iniciado, esta situación aún puede convertirse en una oportunidad para mejorar la relación entre la Cancillería y la diáspora colombiana.
Una política institucional uniforme, clara y transparente sobre el Registro Consular eliminaría cualquier duda futura.
No basta con modificar el texto utilizado por un solo consulado; como ya lo hizo medianamente el de Madrid en España; y como lo hizo en su momento la Sra. Gillian Magmudh Galindo cuando estuvo como Cónsul en la ciudad española de Valencia, tal y como lo denunciamos en artículo visible aquí.
Resulta conveniente unificar las comunicaciones de todas las oficinas consulares del mundo bajo un mismo criterio institucional que recuerde expresamente que el Registro Consular constituye un mecanismo voluntario, que ninguna persona obtiene privilegios por inscribirse y que la atención consular se presta bajo los principios de igualdad, transparencia y legalidad.
Lejos de debilitar la política migratoria, una decisión de esa naturaleza fortalecería la confianza ciudadana, incrementaría la credibilidad institucional y evitaría que controversias administrativas elementales continúen terminando ante los jueces.
Porque cuando una simple aclaración administrativa termina convirtiéndose en una acción de tutela, la pregunta ya no es si la interpretación de un ciudadano era subjetiva, sino, por qué el Estado insiste en convertir problemas sencillos en procesos judiciales que pudieron evitarse desde el primer momento?.


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