Consulado colombiano en Madrid ayer:
Durante los últimos casi 9 años, el Consulado colombiano en Madrid era una de las sedes consulares colombianas en el exterior que menos recibía quejas por parte de sus usuarios, dando muestra del excelente servicio y atención que se brindaba; entre otras razones gracias a la nueva administración y operatividad impuesta por la Sra. María Margarita Salas, quien ocupó el cargo como Cónsul General allí hasta el mes de agosto del 2019, luego de permanecer en el mismo durante cinco años aproximadamente.
Cuando en Septiembre del mismo 2019 reemplazando a Margarita Salas, llegó Gloria María Borrero Restrepo, en nuestro artículo titulado “Consulado colombiano en Madrid: Mejorará o seguirá igual de…?” y visible aquí, le realizamos una entrevista, donde se pudo apreciar la buena intención de esa Cónsul para continuar, y hasta mejorar el legado dejado por su antecesora, lo cual sin lugar a dudas lo llevó a cabo durante el tiempo que permaneció allí, e incluso podría decirse que en algunos aspectos mejoró, como en el caso de la rendición de cuentas mensuales a los usuarios (Ver aquí).
Incluso, y para que valga como antecedente, cuando llegó a ese Consulado María Margarita Salas, se suspendió lo de la cita previa, y los ciudadanos podían presentarse personal y directamente en horario de apertura consular al público y solicitar el trámite que requirieran. Desafortunadamente con la llegada del virus COVID-19, se vieron en la obligación de instaurar nuevamente el sistema de citas previas para cualquier trámite, y a pesar que las medidas restrictivas, en este caso en España, prácticamente han desaparecido en su mayoría, en el Consulado General Central de Colombia en la capital ibérica se sigue utilizando el sistema de hace 10 años atrás, y es el de la obligatoriedad ciudadana de sacar cita para realizar sus trámites en esa sede consular.
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Consulado colombiano en Madrid hoy:
Pero así como “No hay mal que dure 100 años ni cuerpo que lo resista”, tampoco hay “Felicidad completa y eterna”, y esto último es precisamente lo que podríamos aplicar al día de hoy con relación al servicio y atención que se viene brindando en el Consulado colombiano en Madrid – España en los últimos meses, especialmente en lo relacionado con las citas para la realización de los diferentes trámites.
Quejas y denuncias contra el
Consulado colombiano en Madrid – España
Ante la gran avalancha de quejas y denuncias por parte de los usuarios ante esta Casa informativa y demás medios que tienen para ello, en especial con lo relacionado a las citas para determinados trámites, nos pusimos en contacto con Rodrigo Pinzón, Cónsul General Central de Colombia desde el 1º. de marzo del presente 2022, en esa sede consular, quien muy amablemente nos atendió y explicó lo que él considera pueden ser los motivos para el inconformismo ciudadano que se viene presentando.
De la charla con el Cónsul Pinzón extraemos:
Medios para la obtención de citas en el
Consulado colombiano en Madrid – España:
De acuerdo a lo que nos dijo el Cónsul Pinzón, “Mediante el Sistema de Agendamiento Virtual de citas del Ministerio de Relaciones Exteriores, nuestros connacionales pueden formular citas para realizar los trámites de certificaciones/constancias, tarjeta de identidad (por primera vez, renovación, duplicado o rectificación), pasaportes, reconocimiento de firmas (en documento privado y para la autorización de salida de menores de edad), y registro civil tanto de nacimiento, matrimonio y defunción a través de la página web https://madrid.consulado.gov.co/. Pero nos aclara que “siempre y cuando quienes soliciten la cita se encuentren registrados en los consulados colombianos.”
De gran interés:
“Trámites, requisitos y cita en el Consulado colombiano en Madrid – España: Información oficial”
Quiere esto decir, y aunque desde esta Casa no lo compartimos, que si no se está registrado en el Consulado, o lo que es lo mismo, si no se tiene “Registro consular”, será imposible obtener una cita para realizar cualquier trámite, salvo en casos especiales, como lo describiremos más adelante. De ahí la importancia, entre otras razones, de que los colombianos en el mundo se registren en la sede consular que les corresponda, tal y como lo describimos aquí.
En COLEXRET consideramos que una cita puede, o debería aceptarse independientemente de que el ciudadano se encuentre o no registrado en el respectivo Consulado, pues es algo así como si lo estuvieran obligando a efectuar el Registro consular, cuando la norma es muy clara de que este es voluntario. Claro está que a nosotros si nos gustaría que fuera obligatorio, para ver si la ciudadanía se concientiza de lo importante y necesario de dicho registro. Aunque no necesariamente debe ser obligatorio, sino incentivado, tal y como se ordena en el último párrafo del artículo 47 de la Ley 2136 del 04 de Agosto de 2021 «Por medio de la cual se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la Política Integral Migratoria del Estado colombiano – PIM, y se dictan otras disposiciones».
Y tratando directamente el tema del “Registro Consular”, según el Consulado de Madrid, dicho registro debe realizarse exclusivamente por internet, lo que contradice abiertamente lo que ya en su momento nos indicó el Ministerio de Relaciones Exteriores, y es que éste bien podría realizarse virtual o presencialmente en la respectiva sede consular. De todas formas estamos contactando nuevamente con esa Cartera ministerial para que nos confirme tal situación, pues nos parece hasta absurdo que si un ciudadano va al Consulado a efectuar cualquier trámite, no se le pueda registrar en ese mismo momento, y tenemos pruebas testimoniales de ello.
Nosotros creemos que si bien ese, y otros trámites pueden realizarse vía Internet, no debe descartarse su realización de forma presencial, pues deben tener en cuenta a las personas que no manejan la tecnología, o que sencillamente prefieren acercarse a la sede consular incluso a realizar otro tipo de trámite.
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Tarjeta consular
Continuando con el tema del registro consular, y conociendo que desde hace varios meses no se está expidiendo la “Tarjeta consular” cuando el ciudadano realiza su Registro en el Consulado, le preguntamos al Sr. Cónsul Pinzón los motivos, y nos explica que:
“Cumpliendo con los lineamientos y restricciones de aforo establecidas con la declaración del Estado de Alarma por el Gobierno de España el 14 de marzo de 2020, el cual se extendión hasta el 09 de mayo de 2021, esta oficina procedió a priorizar los trámites documentales indispensables para nuestros connacionales, tales como pasaporte, cédulas de ciudadanía, reconocimiento de firma y huella en documentos privados y registros civiles de nacimiento y defunción.
Una vez sea superada en su totalidad la emergencia sanitaria que nos afecra, las restricciones de obligatorio cumplimiento para esta oficina establecidas en los protocolos de bioseguridad, y se culminen todos los procesos electorales a nuestro cargo; este Consulado propenderá a retomar la normalidad en la atención al público que tenía previamente.
Es importante ponerle de presente que el registro consular a través de la página web del Consulado en ningún momento ha estado suspendido, evidenciando que estos, se han incrementado mes a mes, dejando para el cierre del mes de abril de 2.022, 111.329 connacionales en la base de datos, superando en 3% a los inscritos en el mes de enero del mismo año”
Aquí ya hay cosas que no cuadran, como por ejemplo, si el Consulado General Central colombiano en Madrid – España, no acepta la inscripción consular de forma presencial, y que reiteramos tenemos pruebas de ello, entre otras, a la entrada de esa sede consular le dicen a los ciudadanos que ese trámite se realiza solo vía internet, cómo van a entregar entonces la llamada “Tarjeta consular”, cuando, según el Cónsul Pinzón, se normalice la situación ocasionada por el COVID-19?
Claro que en este punto, COLEXRET ha considerado desde siempre que ese documento (Tarjeta consular) debería abolirse y evitar el gasto que ocasiona al Erario público, pues en realidad no sirve absolutamente para nada, tal y como lo denunciamos en nuestro artículo del 07 de abril de 2021, titulado “Tarjeta consular para colombianos”, y visible aquí,
Trámites sin cita previa en el
Consulado colombiano en Madrid – España
Para el caso de los trámites de supervivencia, pago de apostilla y entrega de documentos como pasaporte, cédula o tarjeta de identidad, no se requiere cita previa, ya que se atiende en hora de llegada dentro del horario de atención al público, de 8:30 a 13:00 horas. E igual sucede con la inscripción de la Cédula de ciudadanía para ejercer el derecho al voto, que tampoco requieren cita previa, pero que según la ley está suspendida hasta una vez pasen las próximas elecciones presidenciales (Mayo 29 y/o junio 19 de 2022).
En cuanto a las asistencias jurídicas y del área social se atienden por conducto telefónico o correo electrónico; lo mismo que de forma presencial si una vez adelantado el análisis del caso se considera pertinente el desplazamiento del peticionario al Consulado.
Nos dice el Consulado que “Si se trata de una situación de caso fortuito, fuerza mayor o de emergencia de algún connacional, el correo electrónico cmadrid@cancilleria.gov.co está en plena disponibilidad durante las 24 horas del día, el problema es que no hay un funcionario para que responda de inmediato ese correo, sino hasta tanto no se inicie el horario laboral.”
Y ya con relación al medio, días y horario en que los colombianos pueden solicitar cita en ese Consulado para la realización de sus trámites o consultas, nos dicen desde esa Sede consular que:
“Nuestros connacionales pueden agendar citas para realizar los trámites de certificaciones/constancias, tarjetas de identidad (por primera vez, renovación duplicado o rectificación), cédula de ciudadanía (por primera vez, renovación duplicado o rectificación), pasaportes, reconocimientos de firma (en documento privado, y para la autorización de salida de menores de edad), y registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunción, a través de la página web https://madrid.consulado.gov.co/ durante todos los días de la semana y las 24 horas, por medio del Sistema de Agendamiento Virtual de citas del Ministerio de Relaciones Exteriores.” (Resaltado fuera de texto), sin embargo nos indica más adelante el mismo Consulado que “el Sistema de Agendamiento Virtual de citas del Ministerio de Relaciones Exteriores se habilita para tomar citas para ser atendido presencialmente en este Consulado, semanalmente, es decir, cada miércoles de la semana se abren las citas para la siguiente semana, y así, sucesivamente.
Al fin qué Sr. Cónsul, los colombianos residentes en la jurisdicción de ese Consulado pueden sacar cita TODOS LOS DÍAS, o solamente los días miércoles?
Por información de muchos ciudadanos e incluso extraoficialmente se nos informa que las citas para ser atendido presencialmente en ese Consulado solo se pueden conseguir los días miércoles a partir del medio día, y si se llena el cupo, vuelven abrir el sistema para tal efecto hasta el miércoles siguiente.
Continúa el Sr. Cónsul Pinzón informando que “En el mismo orden, el sistema referido, está programado para que nuestros connacionales agenden 1300 citas semanales. No obstante, se resalta que los ciudadanos ejecutan 500 trámites diarios aproximadamente.
Así mismo, esta oficina consular da respuesta a centenares de consultas elevadas tanto por personas naturales como por personas jurídicas en diferentes áreas.”
Cómo sacar cita en el Consulado colombiano en Madrid?
Al peguntar al Consulado colombiano en Madrid el motivo del actual inconformismo ciudadano cuando manifiestan que no pueden sacar su cita por ningún medio para ser atendidos en ese Consulado, nos responde que:
“A pesar de la permanente pedagoría adelantada de forma personal, por vía telefónica y correo electrónico, los colombianos manifiestan que al momento de agendar su cita introducen caracteres especiales (ñ, – . / entre otros), los cuales no están permitidos por el sistema.
Así mismo, registran el documento español DNI o NIE, el cual contiene un caracter especial, que como se indicó el sistema no lo acepta, siendo el permitido el número de cédula de ciudadanía”
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Nos dice igualmente que “También, no aceptan los términos en la caja dispuesta al final de la página, ni culminan el proceso de solicitud satisfactoriamente, pues una vez la persona accede al sistema y selecciona la hora y fecha que más le convengan para realizar su trámite, no confirma su cita, y, por lo tanto, el sistema no le genera el código de verificación del agendamiento virtual; en consecuencia, no figurará en los listados de acceso al Consulado, y no podrá demostrar que efectivamente cuenta con un espacio para ser atendido.”
Sin embargo el Consulado reconoce que en dos ocasiones se han presentado fallas en el sistema de agendamiento, que se han resuelto por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, a las 24 horas de presentarse el percance.
Y termina este punto diciendo el Cónsul Pinzón que “Si los colombianos no agendan su cita por los referidos motivos, siempre cuentan con la disponibilidad del correo electrónico cmadrid@cancilleria.gov.co durante las 24 horas del día, con la finalidad de exponer su situación.”
Asistencia jurídica en el
Consulado colombiano en Madrid – España
En cuanto al número de funcionarios que atienden la dependencia jurídica en ese Consulado, nos dice el Sr. Rodrigo Pinzón que “Desde que asumí el cargo como Cónsul General Central de Colombia en Madrid, en esta Oficina Consular continúan prestando sus servicios tres (3) funcionarios para el área jurídica; quienes atienden por conducto telefónico, correo electrónico y de forma presencial, si una vez adelantado el análisis del caso, se considera pertinente el desplazamiento del peticionario al Consulado.
La atención telefónica se realiza de lunes a viernes de 8:30 a 17:00 horas, y los viernes de 8:30 a 12:30.
Insistimos que si se trata de una situación de caso fortuito, fuerza mayor o de emergencia de algún connacional, el correo electrónico cmadrid@cancilleria.gov.co, está en plena disponibilidad durante las 24 horas del día.”
Formas de pago en el Consulado colombiano en Madrid
Conocimos igualmente que los medios disponibles por el Consulado colombiano en Madrid para que los ciudadanos efectúen el pago de los diferentes trámites, son:
- Con tarjeta débito o crédito directamente en la sede consular.
- Consignación bancaria en la cuenta del Consulado en el Banco Santander (debe presentarse físicamente el comprobante en el Consulado para poder registrar el trámite), y
- Por transferencia bancaria a la cuenta del Consulado en el Banco Santander (debe confirmarse el ingreso de la transacción previo a registrar el trámite).
Así mismo, los costos por cada trámite pueden ser consultados en https://madrid.consulado.gov.co/ , en las pantallas de acceso al Consulado, y a solicitud directa de los ciudadanos por medio del correo electrónico cmadrid@cancilleria.gov.co, o vía telefónica.
Tiempo de espera para realizar un trámite
en el Consulado colombiano en Madrid
Con relación al tiempo que puede tardar un ciudadano en realizar determinado trámite, una vez se presenta en el Consulado?, nos dice el Cónsul Pinzón que:
“Advirtiendo que cada caso tiene sus particularidades y complejidades que hacen necesario analizar y valorar las situaciones humanas, sociales, jurídicas, familiares, económicas, documentales,, de tiempo, modo y lugar que detallan nuestros connacionales, en virtud de las cuales puede generarse múltiples escenarios que no pueden ser limitados en el tiempo, y en aras de una atención integral y completa, este Consulado no restringe ni impone a sus funcionarios y personal de apoyo un estándar temporal para la resolución de un requerimiento elevado por cualquiera de los medios oficiales establecidos.
No obstante, se cuenta con unos tiempos de referencia, según los cuales, una vez el ciudadano toma contacto con el funcionario le llevará aproximadamente 30 minutos realizar su gestión si está relacionada con la Registraduría Nacional del Estado Civil, y en 20 minutos para los trámites restantes.
Para el caso de los turnos que se atienden en orden de llegada sin cita previa, se resuelven con un promedio de 10 minutos”.
Tiempo para la entrega del pasaporte colombiano
en el Consulado colombiano en Madrid
Indagando sobre el tiempo que tarda la entrega de un pasaporte al ciudadano a partir de la fecha en que lo solicita, y a través de qué medios se efectúa esa entrega, nos dicen desde el Consulado que:
“Una vez se formaliza el procedimiento en el Sistema Integral de Atención al Ciudadano (SITAC) del Ministerio de Relaciones Exteriores del pasaporte en debida forma, su entrega se realiza en término máximo de 20 días hábiles; siempre y cuando no se presente una situación excepcional o contingencia en la logística de transporte internacional.
Una vez el SITAC notifica al ciudadano que su pasaporte ya reposa en las instalaciones consulares, su entrega se adelanta sin cita previa, de forma personal con convalidación de la huella de su titular, de lunes a viernes en el horario de 8:30 a 13:00 horas.
En el caso de los menores de edad, este procedimiento se adelanta con el padre, representante legal o apoderado, única y exclusivamente con quien el menor realizó el trámite, según el caso.
Vea la Defensa de Canciller colombiana ante escándalos en Consulados
Si al momento de la formalización del pasaporte, el ciudadano requiere el envío a su domicilio del documento, se remite por correo postal certificado, y debe sumársele cinco (5) días hábiles adicionales para su recepción en el lugar indicado.”
Inscripción de la Cédula de Ciudadanía
Teniendo como base lo establecido en el artículo 50 de la Ley 1475 de 2011 “La inscripción
de los ciudadanos colombianos residentes en el exterior para ejercer su derecho al voto
deberá estar abierta en el tiempo hasta los dos meses anteriores a la fecha de la respectiva
elección…”, por lo tanto, en la actualidad la inscripción de este documento de identificación no podrá realizarse sino hasta después del 19 de junio del año en curso, fecha en que se celebrará la 2a. vuelta para las elecciones presidenciales.
Con base a lo anteriormente investigado y descrito, desde esta Casa informativa entendemos que el Sr. Cónsul Rodrigo Pinzón defienda su gestión y no quiera reconocer que se vienen presentando múltiples fallas en ese Consulado para la expedición de citas a los ciudadanos, y no solo los dos casos que él informa, la verdad es que tanta queja e inconformismo ciudadano no puede ser coincidencia, ni casualidad, sino una CAUSAlidad, y creemos conocer la, o las causas, a saber:
A raíz de las elecciones para elegir Congreso en Colombia, realizadas en el mes de marzo del año en curso, y las presidenciales que se avecinan el 29 de mayo, que de seguro se irán a 2ª. vuelta el 19 de junio, se presentó, hasta finales del mes de marzo una gran oleada de inscripción de Cédulas de ciudadanía, sin cita previa, lo cual dio lugar a que se priorizara tal inscripción, y se tuvieran que reducir las citas para otro tipo de trámites, con las consecuencias lógicas que estos tendrían que aceptarse pasada la fecha de inscripciones, y que es exactamente lo que está sucediendo al día de hoy.
Aquellos ciudadanos que no pudieron agendar su cita en ese entonces, lo vienen haciendo desde hace aprox. 2 meses a la fecha, y es apenas lógico que muchos de ellos se queden sin poder sacarla, ya que como solo se otorgan los días miércoles sobre el medio día de cada semana, pues una vez se llene el cupo establecido por el Consulado para ello, se cierran y vuelven a abrir hasta el siguiente miércoles.
Pero la gran responsabilidad de estos “desbarajustes”, “pésimo servicio”, “negligencia administrativa”, o “ineptitud institucional” no es en realidad responsabilidad o culpa del Cónsul de turno, sino directamente del Ministerio de Relaciones Exteriores, que no prevé estas situaciones para enviar más personal a los Consulados y atiendan estos casos de emergencias temporales.
No preguntamos el por qué, pues ya conocemos la respuesta…”NO HAY PRESUPUESTO”. Una explicación inentendible, cuando vemos que finalizando cada año, la inmensa mayoría de Embajadas y Consulados colombianos en el mundo hacen grandes devoluciones del dinero que se les ha asignado para el desempeño de sus funciones, simplemente por un burocrático, dispendioso y demorado procedimiento establecido en la ley, y que hace complicada la destinación de determinada cantidad de dinero destinada para un fin, para la realización de otro, tal y como lo denunciamos en nuestro artículo del 19 de mayo de 2021 titulado “En vez de invertirlo en los ciudadanos, Consulados reintegran dinero de su presupuesto”, y visible aquí.
Si el actual Cónsul colombiano en Madrid – España, Sr. Rodrigo Pinzón, quien nos ha parecido un gran profesional de la carrera diplomática, no quiere pasar sin pena ni gloria por esta sede consular, lo primero que debe hacer es abolir, cuanto antes, como lo hizo una de sus antecesoras María Margarita Salas, el tener que sacar cita para la realización de trámites en esa Dependencia. Además,
Deberá igualmente, como lo ha hecho en estos meses, continuar con el legado que le dejó la anterior Cónsul Gloria María Borrero Restrepo, en cuanto a la rendición de cuentas mensual a los ciudadanos, de las diferentes gestiones y actividades realizadas por ese Consulado (Ver aquí).
Gestionar ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, el aumento de personal, al menos temporalmente cuando se presenten casos como el descrito en este artículo. (Eso si que le va a quedar complicado).
Ingeniarse por todos los medios legales e influencias posibles, que el presupuesto que tenga que devolver a final de cada año, sea redirigido a otras actividades propias del Consulado, en especial las que se relacionen directamente con los ciudadanos.
A través de “Mesas de Trabajo”, participar y facilitar a los ciudadanos su participación en la reglamentación de la Ley 2136 del 04 de Agosto de 2021 «Por medio de la cual se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la Política Integral Migratoria del Estado colombiano – PIM, y se dictan otras disposiciones», e incluso en las posibles modificaciones y adiciones que se le deban hacer más adelante.
En resumen, el Sr. Rodrigo Pinzón, actual Cónsul General Central de Colombia en Madrid – España, deberá, s ino superar, por lo menos igualar el gran trabajo que realizaron sus dos antecesoras, y con eso poder decir que si vale la pena cumplir con el llamado ciudadano, en el nombramiento de Cónsules y Embajadores de carrera diplomática, pues debe tenerse en cuenta que las anteriores Cónsules María Margarita Salas, y Gloria María Restrepo no pertenecen a dicha carrera, pero les sobraba lo que a muchos que si la integran les falta, y es amor y entrega por su trabajo, al igual que espíritu de pertenencia, y sobre todo sentido y sentimiento social para ayudar a sus semejantes. En COLEXRET conceptuamos que teniendo estas últimas virtudes, no importa que solo haya terminado la primaria, o tenga 5 carreras universitarias.
Recordemos que así como deambulan muchos “burros con chequera”, también vemos profesionales con títulos que dan verguenza, porque lo de profesionales les queda grande. Tal es el caso de lo que sucede en la Cancillería colombiana, con quienes responden los derechos de petición ciudadanos. Sólo títulos, porque de conocimientos ni pío.
Queremos aclarar que no todo es culpa de la institucionalidad, sino también de los propios ciudadanos, que “dejan todo para última hora”, y luego pretenden con “mentirillas” o “perradas culas” hacer valer sus derechos. Tal es el caso de quienes llegan a solicitar el llamado “Pasaporte de emergencia”, cuando han comprado el pasaje para viajar desde hace 6 meses, y se les había olvidado renovar dicho documento, luego llegan a decir que lo necesitan de “urgencia” porque se les presentó una calamidad familiar, o cualquier otro rollo. A que así somos los colombianos?
Por último, es importante informar a los colombianos en el exterior principalmente, que lo denunciado en este artículo no solo está sucediendo en el Consulado colombiano en Madrid – España, sino en la inmensa mayoría de nuestros Consulados en el mundo.
NOTA IMPORTANTE (Mayo 23 de 2022): En el día de hoy el Consulado en Madrid nos hizo llegar información actualizada indicándonos que la situación presentada con el agendamiento de citas en ese Consulado está mejorando día a día, lo cual se puede ver en la siguiente imagen:
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