El Sr. Donald Trump, Presidente de los Estados Unidos de América, ha dicho de todo con relación a la Temática Migratoria Norteamericana. Y aunque algunas de sus decisiones al respecto las han tumbado algunos jueces y tribunales, no se vislumbran en realidad importantes cambios en su promesa electoral contra la migración.
Por el contrario, podría estar cerca el momento en que más de un millón de extranjeros residentes en ese país, queden desamparados legalmente para poder seguir viviendo y trabajando allí bajo el amparo del Programa de Estatus de Protección Temporal (TPS), pues se prevé que llegará a su final.
Continúa leyendo hasta el final, para conocer mayores detalles sobre el Estatus de Protección Temporal «TPS» para inmigrantes en EE.UU.: Incierta su continuidad, que es el tema del que nos ocuparemos en este artículo.
¿Qué es el Estatus de Protección Temporal «TPS»?
Respuesta suministrada directamente desde este sitio oficial del gobierno de los Estados Unidos:
«El secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) puede designar un país extranjero al Estatus de Protección Temporal (TPS) debido a condiciones en dicho país que impiden a los ciudadanos del país regresar a su país temporalmente de manera segura. USCIS podría otorgar TPS a los nacionales elegibles de ciertos países (o partes de estos) que ya están en Estados Unidos. Las personas elegibles que no tienen nacionalidad y cuya última residencia fue el país designado, también podrían obtener TPS.
El secretario de DHS podría designar un país al TPS debido a las siguientes condiciones temporales:
- Conflicto armado en curso (tal como una guerra civil)
- Un desastre natural (tal como un terremoto o huracán) o una epidemia
- Otras condiciones extraordinarias y de carácter temporal.
Durante el periodo designado, las personas que son beneficiarias de TPS o que han resultado elegibles de forma preliminar al TPS durante la revisión inicial de sus casos (elegibles prima facie, o elegibles de primera intención):
- No serán removidos de Estados Unidos
- Pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD)
- Pueden obtener una autorización de viaje.
Una vez se le conceda TPS, una persona tampoco podrá ser detenida por DHS debido a su estatus migratorio en Estados Unidos.
TPS es un beneficio temporal que no conduce al estatus de residente permanente legal ni confiere ningún otro estatus migratorio. Sin embargo, registrarse al TPS no le impide:
- Solicitar estatus de No Inmigrante
- Presentar una Solicitud de Ajuste de Estatus basada en una petición de inmigrante
- Solicitar cualquier otro beneficio migratorio o protección para el que usted podría ser elegible.
Termina esta Oficina oficial norteamericana señalando que «Por favor, tenga en cuenta que para obtener cualquier otro beneficio migratorio usted tiene cumplir todos los requisitos de elegibilidad para dicho beneficio en particular. Una solicitud al TPS no afecta una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio migratorio, o viceversa. La denegación de una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio migratorio no afecta su capacidad para inscribirse al TPS, aun cuando las bases de denegación de dicha solicitud también podrían conllevar la denegación del TPS».
Para más información detallada y oficial sobre el «TPS», los invitamos a ingresar aquí.
¿Cuántos extranjeros en Estados Unidos cuentan con el Estatus de Protección Temporal «TPS»?
Estadísticas divulgadas por el Portal FORUM indican que al finalizar el mes de marzo del presente 2025, en el país norteamericano UN MILLÓN DOSCIENTAS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTAS TREINTA Y CINCO (1.297.635) personas aproximadamente, de 17 nacionalidades diferentes, gozaban del Status de Protección Temporal «(TPS), otorgado por Estados Unidos.
Los 4 primeros países con mayor número de ciudadanos protegidos por este programa norteamericano, son, Venezuela con 605,015; Haití con 330,735; El Salvador con 170.125, y Ucrania con 101.150.
Con base en esas estadísticas, y que pueden ver aquí al completo, podemos decir que ningún colombiano está cobijado por ese permiso especial «TPS» para residir y trabajar en Estados Unidos.
Para darle mayor claridad al asunto, y no siendo nosotros expertos en temas de extranjería vinculados estrechamente con la migración en Estados Unidos, acudimos para conocer y publicar lo que nos hizo llegar un experto sobre el tema, Héctor Benítez Cañas, prestigioso abogado de inmigración en Miami. Su firma Benme Legal se dedica a la práctica exclusiva de la Ley de Inmigración, y pueden visitar en este enlace, https://www.benmelegal.org/
La pregunta principal relacionada con el Estatus de Protección Temporal «TPS», es: ¿Qué pasará ahora ante la falta de una decisión definitiva?
Y así plantea el autor los escenarios y soluciones al respecto.
Advierte que, «La incertidumbre continúa para miles de beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS) en Estados Unidos. A pesar de los anuncios, aún no existe una decisión definitiva sobre su continuidad o eliminación, y esta situación mantiene a muchas familias en estado de preocupación constante».
Y sonando como una voz de aliento y esperanza, afirma que: «Sin embargo, el fin del TPS no necesariamente significa el fin de las posibilidades migratorias. Existen alternativas legales que pueden ayudar a mantener un estatus válido, proteger los derechos y planificar un futuro estable en el país».
Qué pasará si se le da continuidad al Estatus de Protección Temporal «TPS»?
Responde Hector Benitez Cañas:
«Si el gobierno decide extender la vigencia, los beneficiarios deberán mantener sus registros actualizados y renovar a tiempo sus permisos de trabajo. Es fundamental cumplir con cada requisito del USCIS para evitar interrupciones en la autorización laboral o errores que puedan afectar futuros trámites».
Qué pasará si se se da por finalizado el Estatus de Protección Temporal «TPS» en Estados Unidos?
Responde igualmente Benitez Cañas, que,
«Si se confirma la eliminación, el impacto podría variar según cada caso. Quienes hayan permanecido legalmente en el país podrían explorar vías alternativas, como:
● Visa EB-2 NIW: para profesionales con trayectoria destacada o proyectos de impacto nacional.
● Ajuste de estatus familiar: si tienes un familiar ciudadano o residente que puede peticionarte.
● Procesos consulares: para quienes cumplan con los requisitos desde su país de origen.
Cada una de estas opciones requiere un análisis individualizado y una estrategia legal adaptada.
Qué pasará con los Procesos judiciales que cursan con relación al «TPS»?
Benitez afirma que,
«El TPS ha estado sujeto a decisiones judiciales que pueden modificar plazos y procedimientos. Por eso, es clave no tomar decisiones basadas en rumores, ni esperar hasta el último momento. La asesoría profesional te permitirá anticiparte y actuar con información confiable.
Benme Legal, considera que «La planificación es la clave para identificar las opciones más seguras y construir una ruta migratoria sólida, sin importar los cambios legales o políticos».
Y finaliza su contribución a esta publicación, recomendando, «El mensaje es claro: la incertidumbre no debe paralizarte. Este es el momento de informarte, actuar con estrategia y proteger lo que has construido».
Revisó y aprobó:
Ricardo Marín Rodríguez
Creador de COLEXRET.com
Investigador y escritor de Temática Migratoria Colombiana.
Precandidato Cámara por los colombianos en el exterior.
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