Censura, cobardía y curul en disputa: El expediente de Alejandro Murcia contra la libertad de prensa.
Del autoritarismo de bolsillo a la realidad de los estrados judiciales
La historia política reciente de los congresistas que llegan a representar a los más de cinco millones de colombianos en el exterior suele estar marcada por promesas de cercanía, diálogo transparente y defensa irrestricta de los derechos de los migrantes.
Sin embargo, la realidad institucional dista abismalmente del discurso de campaña cuando quienes ostentan el poder descubren que el ejercicio público implica rendición de cuentas, tolerancia a la crítica y, sobre todo, la obligación de respetar los foros públicos digitales como espacios de deliberación democrática y no como feudos particulares.
El caso del Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, Pedro Alejandro Murcia Lamprea, ilustra con precisión quirúrgica la descomposición de la tolerancia democrática en el ecosistema digital.
Un funcionario que, escudado en el bloqueo selectivo y parcial de redes sociales, intentó amordazar el periodismo riguroso e independiente de COLEXRET, evidenciando una profunda cobardía institucional al tener que dar marcha atrás apresuradamente ante la contundencia de una acción de tutela.
Cuando la crítica periodística incomoda al poder, aparece el bloqueo digital
Durante meses, el espacio digital del congresista Murcia Lamprea, primero bajo la cuenta de X «@CDColExt» (eliminada misteriosamente en medio de la controversia), y posteriormente en su perfil @HRAMurciaL, funcionó bajo una lógica de exclusión sectaria.
Mientras se permitía la participación a un séquito de aplaudidores y usuarios afines, y que bien podrían asimilarse a lo que nosotros llamamos «Idiotas útiles» y/o «Perros falderos», la cuenta oficial del medio de comunicación COLEXRET y la de su director, Ricardo Marín Rodríguez, padecían un bloqueo selectivo y calculadamente parcial.
Este bloqueo no impedía contemplar pasivamente las publicaciones institucionales del congresista Murcia, pero cercenaba de raíz la posibilidad elemental del periodismo, como es el comentar, interpelar, contrastar cifras, exigir respuestas y participar en el debate público en condiciones de igualdad.
En términos constitucionales, tal conducta se tradujo en un acto flagrante de censura indirecta y discriminación digital proscrita por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, consagrada con claridad meridiana en sentencias hito como la T-149 de 2025.
«El bloqueo por parte de servidores públicos que usan habitual o esporádicamente sus perfiles como foros, constituye una vulneración de los derechos a la libertad de expresión… afecta de manera arbitraria y desproporcionada el derecho de acceso a información pública.» (Corte Constitucional Sentencia T-149 de 2025).
Por miedo judicial el congresista Alejandro Murcia desbloquea a escondidas
La actuación del Representante Alejandro Murcia ante la interposición de la acción de tutela ante los despachos judiciales de Bogotá no fue otra que la manifestación de una huida vergonzosa hacia adelante.
Tan pronto el Juzgado 21 Civil Municipal avocó conocimiento del amparo constitucional, y consciente de la sólida argumentación jurídica presentada por la dirección de COLEXRET, el congresista procedió a levantar sigilosamente el bloqueo el pasado 24 de agosto de 2026.
Pretendió con ello configurar un supuesto «hecho superado» ante el estrado judicial, buscando librarse de un reproche de fondo. No obstante, esta maniobra no borra el talante autoritario que la originó.
Se trató de un acto motivado por el temor al fallo adverso y a la exposición pública de sus prácticas antidemocráticas.
La justicia de primera instancia, en un análisis formalista e incompleto, cayó en la trampa procesal al declarar el hecho superado y negar las pretensiones preventivas, omitiendo por completo que un servidor público que censura hoy bajo presión puede reincidir mañana si los jueces no fijan límites claros hacia el futuro. (Ver texto completo de la sentencia aquí).
La demanda electoral y la sombra sobre la curul de Alejandro Murcia
La censura digital contra COLEXRET no es un hecho aislado, pues encaja perfectamente en un patrón de opacidad que rodea la llegada de Pedro Alejandro Murcia Lamprea al Congreso de la República.
Tal como se ha documentado e investigado profusamente en las publicaciones de nuestro medio de comunicación, la legitimidad de su curul se encuentra profundamente cuestionada y hoy es objeto central de una demanda de nulidad electoral radicada ante el Consejo de Estado.
Tal situacíon obra en nuestro artículo titulado «Escándalo sacude al Centro Democrático: Alejandro Murcia renunció pero se quedó con la curul», y que pueden ver aquí.
Ver el siguiente cuadro:

La controversia expuesta en el artículo anteriormente mencionado, desentraña cómo un candidato que abandonó formalmente su aspiración electoral terminó ocupando una silla en la Comisión Segunda Constitucional Permanente de la Cámara.
Los interrogantes sobre quién financió realmente la campaña, por qué se ocultó la renuncia ante las autoridades electorales y si existió un pacto bajo la mesa que engañó al electorado internacional siguen sin respuesta oficial.
La necesidad ineludible de impugnar: Hacia la jurisprudencia de segunda instancia
Ante el fallo tibio y complaciente del Juzgado 21 Civil Municipal de Bogotá, la postura de COLEXRET y su dirección es clara e inclaudicable: el fallo debe ser impugnado.
No podemos permitir que la justicia convalide la burla institucional de que un funcionario público viole derechos fundamentales, los restituya de manera táctica 48 horas antes de la sentencia para eludir la condena, y quede absuelto de toda responsabilidad preventiva.
Lo que se espera en Segunda Instancia no es simplemente un formalismo procesal, sino la emisión de una providencia ejemplarizante que establezca jurisprudencia clara; como que el bloqueo digital y la censura de medios por parte de congresistas no pueden quedar impunes ni sujetos a la caprichosa voluntad de reconexión del agresor.
Los ciudadanos y los medios de comunicación merecemos garantías de no repetición.
«Porque la libertad de prensa no se negocia ni se silencia con bloqueos de bolsillo, COLEXRET continuará ejerciendo el control político y la veeduría ciudadana sin importar cuántas cuentas de X intente clausurar el poder.»
El Congresista que huyó de la justicia
Cuando titulamos que «El Congresista Alejandro Murcia huyó de la justicia», es porque efectivamente Alejandro Murcia Lamprea, con el fallo emitido en Primera Instancia, se libró de que se fallara en su contra como debió haberse hecho, pues gracias a la «gavela» que ofrece la ley, y viendo que la tenía perdida por completo, decidió subsanar el daño desbloqueándonos de su espacio en X, y por eso el Juzgado 21 decidió declarar «Hecho superado».
En tan solo 4 días, se libró que la justicia estableciera que SI había vulnerado derechos ciudadanos, pues subsanó su arbitraria posición al ver cómo se le venía el problema encima, y decidió desbloquearnos de su perfil en la Red social de X, y por ello, reiteramos, se falló la investigación como «Hecho superado».
Si bien consideramos que ganamos, no es una ganancia completa. Nuestro triunfo se ha dado a medias, pues necesitamos que el Juez de Segunda Instancia proceda a:
1°. Ordenar al Congresista por lo colombianos en el exterior, Pedro Alejandro Murcia Lamprea, abstenerse en el futuro de bloquear al medio de comunicación COLEXRET y a su fundador y director Ricardo Marín Rodríguez, en cualquier otra red social utilizada en el ejercicio de funciones públicas.
2°. Ordenar al accionado Murcia abstenerse de bloquear a cualquier otro medio de comunicación, al igual que abstenerse de realizar esa misma acción contra cualquier otro ciudadano, en cualquier otra red social utilizada en el ejercicio de funciones públicas.
3°. Ordenar garantizar el acceso igualitario a los espacios digitales institucionales.
La peor cara de la clase política tradicional
La actuación del Representante Alejandro Murcia frente a la tutela y frente al escrutinio público refleja la peor cara de la clase política tradicional.
De esa clase política que utiliza las curules para beneficio propio, se esconde ante la crítica periodística y huye despavorida cuando la justicia constitucional toca a su puerta.
El periodismo de investigación de COLEXRET seguirá vigilante, documentando cada contradicción y exigiendo la transparencia que los colombianos en el exterior merecen con dignidad.
Aunque el objetivo inicial lo conseguimos, obligando al ilegítimo Congresista Alejadro Murcia a desbloquearnos de sus redes sociales, decidimos apelar la decisión de Primera Instancia, para evitar que en adelante, este mismo individuo, o cualquier otro funcionario, legislador o gobernante, quiera volver a bloquear a COLEXRET y a nuestro director Ricardo Marín Rodríguez por el solo hecho de ejercer nuestros derechos a la Libertad de expresión, al Control político, y a la Libertad de prensa, entre otros.


Comentarios