En esta ocasión hablaremos del presupuesto que el Estado colombiano asigna a estas campañas, lo que nos llevará a la conclusión final que esa irrisoria asignación se convierte en un motivo mas para que la participación electoral en el exterior sea tan baja:
Para las elecciones para Congreso, y Presidencia de la República en 1a. y 2a. vuelta, mas las consultas interpartidistas en el exterior, el 25 de Enero del presente año, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de su Fondo Rotatorio, y la Registraduría colombiana se firmaron el Convenio 001, con el fin de “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Registraduría Nacional del Estado Civil, para el desarrollo de los procesos electorales que se llevarán a cabo en cada una de las circunscripciones electorales en el exterior para el año 2018”, por un valor de CUATRO MIL MILLONES ($4.000´000.000) DE PESOS.
Sin embargo, debido al aumento de 99.139 connacionales inscritos en el exterior entre el 12 de Enero y 27 de Marzo de 2018 para las elecciones presidenciales, y en versión de la propia Cancillería, “en aras de garantizar la correcta prestación del servicio, asi como la adecuada logística en pro de la garantía de los derechos de los connacionales en el exterior”, el 23 de mayo del presente se procedió a hacer la adición presupuestal No.1 al mencionado Convenio, por un valor de QUINIENTOS VEINTISEIS MILLONES TRECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUATRO PESOS ($526.365.404), completando con esto CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS MILLONES TRECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS PESOS ($4.526´365.404) en inversión para las elecciones en el Exterior 2018 (Congreso, Presidencia 1a. y 2a. vuelta, mas las dos consultas interpartidistas).
A continuación detallamos algunos Consulados, y montos mayores que se les asignó de ese presupuesto en Dólares y Euros:
Consulado Presupuesto asignado
Miami (EE.UU) US$ 247.077
Madrid (España) EU 163.894
New York (EE.UU) US$ 92.300
Newark (EE.UU) US$ 79.508
Orlando (EE.UU) US$ 70.764
Valencia (España) EU 46.837
Chicago (EE.UU) US$ 44.850
Consulados y Embajadas, y montos menores asignados en Dólares y Euros:
Consulado/Embajada Presupuesto asignado
Esmeraldas (Ecuador) US$ 368
Tulcán (Ecuador) US$ 200
Willemstad (Curazao) US$ 465
Nairobi (Kenia) US$ 200
Pretoria (Gauteng – Sudáfrica) US$ 200
Palma de Mallorca (España) EU 1.100
Bilbao (España) EU 1.779
Para ver el presupuesto asignado a los demás Consulados y Embajadas de Colombia en el mundo haz Clic Aquí.
En el siguiente cuadro reflejamos los gastos en que se basó el Ministerio de Relaciones Exteriores, para con el asocio de la Registraduría Nacional del Estado Civil, realizar la adición de QUINIENTOS VEINTISEIS MILLONES TRECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUATRO PESOS ($526.365.404), al Convenio 001 del mes de Enero de 2018:
Los demás gastos, detallados por Consulados y Embajadas, podrán visualizarse haciendo Clic Aquí.
De acuerdo a estadísticas suministradas por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el potencial electoral colombiano para las elecciones del 2018 fue de 36´227.267 ciudadanos, de los cuales 819.398 corresponde a residentes en el exterior.
Así mismo informa la Registraduría colombiana, que el presupuesto asignado para las elecciones del 2018 en general, ascendió a 1.2 Billones de pesos aprox.
Siendo 1.2 Billones aprox. el presupuesto para que 36´227.267 colombianos (Incluyendo a los residentes en el exterior), se acercaran a las urnas a ejercer su derecho al sufragio, indicaría que correspondería por cada ciudadano $33.124.
Si a los 819.398 colombianos aptos en el exterior para ejercer ese derecho electoral se les hubiera asignado lo que les correspondía ($33.124 c/u), de acuerdo a la suma descrita en el párrafo anterior, tendríamos que la asignación total debió haber sido de $27.141´622.360, pero como ya lo dijimos, tan solo fue de $526´365.404, entonces a cada connacional residente fuera de nuestro país, y apto para votar, solo le fue asignada la miserable suma de $5.524, corroborando una vez mas la discriminación y desigualdad de condiciones para con estos connacionales, a pesar de que la Ley 1465 de 2011 establece en el numeral 4 de su artículo 3° como uno de los principios en los que se deberá orientar el Sistema Nal. de Migraciones, “Participación de la diáspora colombiana en los destinos del país y el ejercicio de los derechos de sufragio activo y pasivo en igualdad de condiciones con el resto de los colombianos”; principio este corroborado en el Numeral 9 del Artículo 4° de la misma ley, cuando creó como uno de sus objetivos, “Promover la participación política, amplia y libre de los colombianos en el exterior para que tomen parte en las decisiones de interés nacional y en la conformación y ejercicio del poder político conforme a la Constitución y a la ley”.
Nos dijo el Ministerio de Relaciones Exteriores que las asignaciones presupuestales se hacen conforme a la División Política Administrativa en el Exterior (DIVIPOL), documento que emite la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la cual se incorpora el potencial electoral que se encuentra en cada una de las circunscripciones de las Oficinas Consulares acreditadas alrededor del mundo.
Y aún asi, sin tener en cuenta esa desigualdad y discriminación, el Congreso en su mayoría, dentro de la llamada “Ley equilibrio de poderes” expedida en el 2015, eliminó una de las Curules en la Cámara para los colombianos en el exterior, con el argumento de que estos no votan.
Cómo pretenden nuestros legisladores que los colombianos en el exterior voten, si el presupuesto que se asigna en las elecciones, escasamente alcanza para cubrir los gastos de logística del día, o la semana en que estos connacionales ejercen ese derecho?. No hay dinero para promocionar y/o divulgar las respectivas jornadas electorales en el exterior, como tampoco para facilitar el transporte a aquellos ciudadanos que residen a 2, 4, 6 y hasta mas horas de un puesto de votación.
Y para corroborar aún más la discriminación y desigualdad de condiciones para con nuestros connacionales en el exterior, para ejercer su derecho al voto, los invitamos a analizar el cuadro visible aquí, suministrado directamente por la Registraduría colombiana, donde se aprecia detalladamente el número de ciudadanos aptos para votar en el exterior, comparado con el irrisorio número de puestos de votación.
Y volviendo a los gastos registrados por cada uno de los Consulados y Embajadas en el exterior en las pasadas elecciones del 11 de Marzo, 27 de Mayo y 17 de Junio, creemos que bien podrían los ciudadanos residentes en la respectivas jurisdicciones de estas entidades investigar la veracidad de la información suministrada a “COLEXRET”, exigiendo se les suministre los documentos donde figuren dichos gastos. Esto bien podrían hacerlo las “Veedurías Ciudadanas”, pero desafortunadamente la larga y costosa tramitología para que los colombianos en el exterior las puedan constituir, no ha dado lugar a la conformación de una sola de estas, y por ello en una cercana reunión con el recién elegido Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior Juan David Vélez, le plantearemos la solución más eficaz para ello, como es la reglamentación o adición a la Ley 850 de 2003, creadora de estos Organismos ciudadanos de control y vigilancia, para que esas Organizaciones que se creen en el exterior, puedan ser registradas en los Consulados, ya que actualmente la ley solo permite que se haga en las Cámaras de Comercio o Personerías municipales.
Sobre el tema de las “Veedurías ciudadanas”, los invitamos visitar los siguientes link:
https://www.colexret.com/2018/06/02/teme-cancilleria-la-conformacion-de-veedurias-ciudadanas/
Cuándo va a entender el Estado colombiano que la forma mas práctica, democrática, confiable, viable y económica para que nuestros connacionales en el exterior participen mas y mejor en el ejercicio de su derecho electoral, es a través del voto digital?
Habrá alguien aún que se atreva a decir que los colombianos en el exterior están en igualdad de condiciones que sus paisanos en el interior del país para ejercer su derecho al voto?
Por último informamos a nuestros lectores y seguidores, que las estadísticas y demás información en la que nos basamos para la emisión de este artículo, ha sido suministrada directamente por la Cancillería colombiana, y la Registraduría Nacional del Estado Civil, a quienes expresamos nuestros agradecimientos.
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