Los nuevos plazos para que las victimas rindan su declaración en 2024 se vencerán en diciembre de este mismo año. Por lo tanto, se requiere reforzar los esfuerzos de difusión por parte de las ONG´S, consulados embajadas y colombianidad en general.
La gran noticia ha sido que en 2023 se amplió la oportunidad para hacer declaraciones de víctimas a través de la Ley 2343 de 2023, aprobada por el Congreso de la República en diciembre de ese año.
Vencen los plazos para declaración de víctimas del conflicto armado colombiano.
Con esa norma se dieron nuevos plazos para que los connacionales que se consideran víctimas del conflicto armado puedan presentar su declaración ante la Personería, la Procuraduría o los Consulados (si se está en el exterior). De esta manera se cambió una parte de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras o Ley 1448 de 2011.
Como quiera que el primero de esos plazos vence el 29 de diciembre del presente 2024, es importante a través del boca a boca desde la solidaridad reconocida de la diáspora y apoyo institucional transmitir a los connacionales la guía para alcanzar esta oportunidad.
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Hechos victimizantes que se pueden declarar.
Los hechos victimizantes que se pueden declarar, son aquellos que se hayan originado con ocasión del conflicto armado interno a partir del 1º de enero de 1985, como en el caso del asesinato, amenaza, desaparición forzada, desplazamiento forzado nacional o internacional, tortura, acto terrorista, enfrentamientos, atentados, combates, lesiones psicológicas y/o físicas, hostigamientos, accidente por mina (MAP), munición sin explotar (MUSE) y artefacto explosivo improvisado (AEI). Es decir los hechos que en general se derivan de una infracción al derecho internacional humanitario o de una violación grave y manifiesta al derecho internacional de los derechos humanos.
Razones de la ley.
Con la nueva medida de reabrir plazos para declaraciones se beneficia a quienes sufrieron hechos victimizantes ocurridos a partir de la fecha indicada y que nunca habían declarado. Otro importante cambio de la norma es el caso de quienes ya declararon y se les negó la inscripción en el Registro Único de Victimas “RUV” debido a que declararon por fuera de los plazos establecidos o porque no estaban cobijados por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor. La situación anterior genero un subregistro, por ello una de las razones de ser de esta ley es:
Reducir el subregistro que existe en el RUV y contribuir al derecho a la verdad, de acuerdo con la norma, recopilando e incorporando las circunstancias de tiempo, modo y lugar que originaron los hechos victimizantes que narren las víctimas en sus declaraciones, las cuales en todo caso serán tratadas con la reserva de la que goza dicha información.
Si ya declaró no es necesario volver hacerlo.
Es importante informar a quienes declararon fuera de plazo y se les rechazo por extemporaneidad, que no es necesario que lo vuelvan a hacer porque la Unidad para las víctimas, valorará cada caso de oficio y comunicará la decisión.
Si algún connacional desea conocer si su declaración está en revisión o cuál es su estado, puede comunicarse con la línea gratuita 018000911119 o la línea de WhatsApp 3228151101. También, pueden acercarse a un punto de atención de la Unidad para las Víctimas, el Ministerio Público o cualquier consulado en el exterior.
El plazo de inscripción vence el 29 de diciembre de 2024.
Hay que recordar que todos los trámites ante la Unidad son gratuitos y no requieren de ninguna intermediación.
Reiteramos que con la nueva ley, las víctimas tendrán la oportunidad de declarar los hechos victimizantes hasta este día, sin necesidad de justificar fuerza mayor como se pedía antes.
Todas las personas que vivan en el exterior y se consideren víctimas pueden hacerse valorar acudiendo a su Consulado más cercano; con ello, se abre una ventana para las personas que por cualquier motivo no declararon antes… pero mucho cuidado: Se vence el 29 de diciembre de 2024.
Otra modificación principal de esta ley fue que el plazo para hacer la declaración a partir de la ocurrencia del hecho victimizante, se pasó de dos a tres años.
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Los colombianos, segunda población que registra más solicitudes de asilo, después de los venezolanos.
Entidades humanitarias claman para que Colombia supere el subregistro de víctimas en el exterior: Los problemas de subregistro para los colombianos en el exterior es preocupante porque no coincide proporcionalmente, con el gran número de connacionales que vienen solicitando asilo desde hace varias décadas.
Según estadísticas, Colombia presenta uno de los mayores índices de migrantes solicitantes de asilo y protección internacional en el exterior. Un claro ejemplo es España donde en 2023, según datos del Instituto Nacional de Estadística español “INE”, se registraron un total de 163.220 solicitudes de protección internacional (PI) y por octavo año consecutivo Venezuela fue el principal país de origen de las personas que solicitaron protección internacional en España, con un total de 60.534 personas, seguido de Colombia, en segundo lugar y también en cifras récord, con un total de 53.564 solicitantes.
Se entiende que los venezolanos se vean estimulados a pedir asilo, dadas las facilidades que da España y la Unión Europea a este colectivo por su situación política inestable y que el 98% de sus solicitudes son aceptadas. Sin embargo, nuestros connacionales que están en segundo lugar, siguen teniendo el mayor número de rechazos en solicitud de protección.
Esta situación dramática ha motivado a que entidades humanitarias recomienden al Estado Colombiano y sus entidades como la Unidad de víctimas, Defensoría del pueblo y la Cancillería que diseñen estrategias efectivas de información sobre procedimientos y plazos para que sus connacionales puedan acceder a los derechos que tienen en forma y tiempo adecuado.
Se reconoce que el deber corresponde a la unidad de víctimas creada desde 2012 con la ley 1448. Sin embargo, siguen existiendo problemas de divulgación e intervención en favor de colombianos en el exterior, necesitándose diseñar una estrategia entre el departamento de colombianos en el exterior de la unidad de víctimas y el escritorio de víctimas de la cancillería.
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Mesas de Trabajo a través de Embajadas y Consulados.
Una solución integral es consolidar mesas de trabajo de víctimas vía Embajadas en cada país y a nivel consular, con apoyo logístico y económico para trabajar en red con el colectivo e instituciones nacionales y transnacionales. De esa manera se contribuye a mejorar procesos de información, acompañamiento integral e interacción para realizar incidencia política multidireccionales.
Esto significaría un cambio positivo en la relación de las victimas con Cancillería e instituciones colombianas y transnacionales, pasando de ser objetos a sujetos de protección. Dinamizar este cambio está en manos de la cancillería y el escritorio de víctimas.
Por:
Julián Castrillón
Doctor en ciencias económicas y empresariales,
Universidad complutense de Madrid – España.
PHD Economía UCM
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