Ante la ineptitud de la actual Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, Carmen Ramírez Boscán, y su falta de voluntad política y liderazgo para ponerse al frente de las verdaderas necesidades de quienes la nombraron para ese cargo, los ciudadanos han tenido que seguir gestionando por su cuenta lo que consideren genere beneficio social para la mayoría; siguen gestionando su visibilización ante el Sistema Socio-político de nuestro país, conscientes de que si no lo hacen ellos directamente, difícilmente se conseguirá.
Censo para la población emigrante.
Caso concreto el que trataremos en este artículo relacionado con el Censo de la población emigrante, o sea de los colombianos en el exterior, ordenado en el Parágrafo 4, artículo 45, Ley 2136 del 04 de Agosto de 2021 «Por medio de la cual se establecen las definiciones, principios y lineamientos para la reglamentación y orientación de la Política Integral Migratoria del Estado colombiano – PIM, y se dictan otras disposiciones.»
Este hecho, establecido desde el 04 de agosto de 2021, era desconocido por la Sra. Congresista Carmen Ramírez, a tal punto que lo incluyó como una gran novedad en su programa electoral (Campaña para el Congreso, año 2022), haciéndolo pasar como una idea suya que ejecutaría una vez llegara a la Cámara de Representantes, pero que de acuerdo a información suministrada por el Departamento Nacional de Estadística “DANE”, en radicado 20242330030021 del 22 de febrero de 2024, se desconoce reunión o charla alguna de la mencionada con esa entidad para tratar el tema. Tampoco la susodicha se ha pronunciado públicamente sobre el particular.
¿Cuántos colombianos residen en el exterior.?
Las últimas estadísticas suministradas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, con relación al número de colombianos que residen en el exterior de Colombia, datan del año 2012, en las que se calcula que son CUATRO MILLONES SETECIENTOS MIL (4.700.000) connacionales que viven fuera de nuestras fronteras. Una cifra que dista mucho de la realidad actual, y que hace necesario con urgencia la realización de un Censo para esa población.
¿Cómo va el proceso del Censo para saber cuántos colombianos residen en el exterior.?
La respuesta de ¿Cómo va el proceso del Censo para saber cuántos colombianos residen en el exterior? la podrán conocer leyendo hasta el final esta investigación, en donde describiremos los pormenores del ABC de las gestiones realizadas por COLEXRET, incluso antes de la expedición de la Ley 2136/2021, que es donde vemos la orden para la realización de ese Censo.
(Le puede interesar: “Colombia, un Estado de derecho excluyente con los colombianos en el exterior.”)
Gestiones para saber cuántos colombianos residen fuera de Colombia.
Desde hace aproximadamente SIETE (7) AÑOS, COLEXRET en cabeza de nuestro director Ricardo Marín Rodríguez, comenzó a realizar una serie de gestiones ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, Departamento Nacional de Planeación “DNP”, Departamento Nacional de Estadística “DANE”, relacionadas con la necesidad de saber cuántos colombianos realmente viven en el exterior, y para ello se hacía necesario un Censo de esa población.
Dichas gestiones, previas investigaciones y análisis, fueron anunciadas por Ricardo Marín Rodríguez y Lucy Torres en su obra “Gestión Migratoria Inexistente”, de la colección de libros “Colombianos Invisibles”, desde su promulgación en el año 2020, y que pueden descargar aquí.
En esa obra, los autores hacen un minucioso análisis de los Censos poblacionales realizados en Colombia en las últimas dos décadas, y principalmente en el último realizado en el año 2018, y cómo se excluyó a los colombianos residentes fuera del territorio nacional. Una gran oportunidad perdida para conocer cuántos hay fuera, qué necesidades tienen, qué derechos se les está vulnerando, cómo viven?. Y por supuesto, plantear, planear, desarrollar y ejecutar soluciones para todo esto.
¿Por qué es importante conocer cuántos colombianos residen fuera del País.?
Los Proyectos, Leyes, Decretos, Planes, Eventos, Reuniones, Agendas socio-políticas Nacionales e Internacionales; y en general todo acto relacionado con la Participación Ciudadana dentro del Esquema social de un Estado de Derecho, debe contar primero con el número poblacional al que vaya a ser dirigido. De ahí en adelante se desprende el resto. Cuántos son, Cuántos somos?, esa es la base.
A cuántos ciudadanos se tienen que dirigir esas acciones estatales, para así mismo disponer del presupuesto necesario para su eficaz ejecución.? La respuesta es, a todos los que puedan ser establecidos a través de un Censo de la población a la cual vayan dirigidas.
Inclusión del Censo en la Ley que regula la temática migratoria colombiana.
De las gestiones realizadas por COLEXRET (Derechos de petición y respuestas oficiales, más investigaciones, denuncias, publicaciones y propuestas), reiteramos en su momento ante el propio Congreso de la República, una serie de propuestas para que fueran analizadas e incluidas, en el Proyecto, que hoy es la Ley 2136 de 2021. Dentro de ellas, la imperiosa necesidad de saber con mayor exactitud, y oficialmente, el número de connacionales que viven fuera del territorio nacional, y que no se podría conocer de otra forma, que no fuera a través de un Censo.
(Atención, “Corte Constitucional limita la libertad de expresión en Funcionarios públicos.”)
Esa propuesta, ya otros ciudadanos y Organizaciones la habían planteado al Estado colombiano desde hacía varios años, pero solo se hizo realidad hasta la promulgación de la Ley 2136/2021, con el beneplácito y apoyo del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comisiones Segundas de Senado y Cámara, y la invaluable gestión del, para ese entonces Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, Juan David Vélez Trujillo.
Este último, le pese a quien le pese, y sin retractarnos una sola coma en lo que aquí hemos denunciado de él, es indiscutible que al día de hoy, ha sido el menos malo dentro de la Representación política que han tenido los colombianos en el exterior desde el año 2010, fecha en que comenzaron a elegir directamente a su Congresista.
Igualmente con el apoyo del Gobierno de turno (2018 – 2022), en cabeza de Iván Duque, quien desde Campaña se comprometió, y en buena parte cumplió, con los colombianos en el exterior, y en general con la temática migratoria colombiana. Desafortunadamente, el radicalismo político de unos pocos, que no los deja ver más allá de sus narices, jamás les permitirá reconocer lo bueno que hacen los supuestos malos, y lo malo que hacen los supuestos buenos, o sea, los que piensan igual que ellos.
La ley ordena la creación de un Censo para saber cuántos colombianos residen en el exterior.
El 04 de agosto de 2019, esa idea fue incluida en el Nuevo Proyecto de Ley Migratoria presentado por Cancillería, y Congresistas, la que después de DOS (2) AÑOS en los debates en las Comisiones Segundas de Cámara y Senado, se consensuó su inclusión dentro de la mencionada ley, y quedó así en el Parágrafo 4, artículo 45, Ley 2136 del 04 de Agosto de 2021:
“El Gobierno Nacional, en cabeza del DANE, realizará un censo nacional para recopilar información social, económica y demográfica de las familias con miembros en el exterior – familias transnacionales. Con base en los resultados obtenidos, el gobierno nacional desarrollará e implementará una política pública para fortalecer la estructura de las familias transnacionales y mitigar los impactos de las migraciones internacionales en las familias, niños, niñas y adolescentes (NNA). Asimismo, se desarrollará un estudio acerca del impacto que tienen la migración en las familias, con un énfasis en el impacto de la migración parental en los NNA.”
Pero una cosa es lo que dice la ley, y otra que las autoridades encargadas de su cumplimiento la acaten; de ahí que, a falta de una verdadera Representación en el Congreso, que se ponga al frente de esas situaciones, los ciudadanos deben ejercer vigilancia y presión para que las normas se desarrollen y ejecuten en beneficio de ellos.
- ¿Qué se ha hecho exactamente para que el gobierno colombiano se apersone del tema del Censo para los colombianos en el exterior?
- ¿Qué ha hecho el Departamento Nacional de Estadística frente a la orden de la realización del Censo, dada desde el legislador.?
- ¿Quiénes más han intervenido dentro del proceso que debe llevar al cumplimiento de esa norma.?
- ¿En qué estado se encuentra el proceso hacia el acatamiento de lo ordenado en la Ley 2136/2021.?
- ¿Se llevará a cabo ese Censo o qué impedimentos existen para ello.?
- ¿Cuándo se realizará el Censo para conocer oficialmente cuántos colombianos residen en el exterior.?
(Vean aquí algunas “Propuestas para la visibilización de colombianos en el exterior generadoras de CAMBIO.”)
Para conocer las respuesta a estos y más interrogantes sobre el tema, provenientes directamente del Departamento Nacional de Estadística “DANE”, les recomendamos estar atentos a nuestro próximo artículo.
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