Cancillería no investigará caso inhumano protagonizado por Consulado y el “FEM”
Cuando terminen de leer el contenido de esta publicación, entenderán el por qué en ciertas ocasiones calificamos a algunas entidades y servidores públicos (entre los que incluimos a funcionarios de Cancillería encargados de investigar a sus propios compañeros), de mediocres, ineptos, negligentes, inhumanos, sinvergüenzas, y otros calificativos propios dentro de nuestro argot popular, y visibles en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española “RAE”.
Aquí conocerán que la Cancillería no investigará caso inhumano protagonizado por Consulado y el “FEM”, por mera y física negligencia, con una pasmosa complicidad.
Consulado colombiano en Sevilla – España y el “FEM” son los responsables, pero se quedarán sin castigo.
Quienes no recuerden los hechos denunciados el 31 de mayo del presente 2024, teniendo como protagonistas al Fondo Especial para las Migraciones “FEM”, y al Consulado en Sevilla – España, bajo el titular “Macabro e Inhumano caso protagonizado por funcionarios de la Cancillería colombiana”, los invitamos a leerlo aquí.
Frente a esa situación, el 16 de junio del presente 2024, elevamos la denuncia y solicitamos la respectiva investigación a la Cancillería colombiana, la cual pueden ver al completo aquí.
Al no recibir respuesta, no solo de esa denuncia, sino de otras más, el pasado 26 de agosto oficiamos al Ministerio de Relaciones Exteriores (Ver aquí), solicitando nos informaran el estado en que se encontraban esas investigaciones.
(Vean aquí, “Historia del Fondo Especial para las Migraciones frente a casos vulnerables en el exterior”.)
Cancillería no abrirá investigación por un hecho probado de negligencia.
El 12 del presente mes de septiembre, bajo radicado S-GAICE-24-0021540, la Cancillería colombiana nos responde que:
“Comedidamente me dirijo a usted, con el fin de referirme a su comunicación de la referencia, relacionada con un caso en Sevilla (España), del cual solicita sea iniciada una investigación de carácter disciplinario, por una presunta negligencia para aprobar una subvención del Fondo Especial para las Migraciones para coadyuvar el pago de una cuenta exequial de la connacional María del Carmen López Cortés.
Sobre el particular, se hace del caso indicar lo siguiente:
Al tratarse de un hecho cumplido, se entiende que la funeraria asumió los gastos, no era dable la erogación de un gasto correspondiente a una vigencia presupuestal ya vencida. Como es de su conocimiento, el presupuesto asignado para esta ayuda es de carácter anual y no es retroactivo para cubrir hechos ocurridos en vigencias anteriores.”
¿Cómo pudo la Cancillería entender que la funeraria asumió los gastos, cuando por ninguna parte de nuestra denuncia se lo decimos?. Tampoco existe documento alguno puesto a disposición del Fondo Especial para las Migraciones “FEM” que así lo indique. Mucho menos información suministrada por el Consulado en Sevilla – España, a esa Entidad.
La funeraria NO ASUMIÓ LOS GASTOS; esa aseveración de la Cancillería es falsa, estos fueron sufragados por los dolientes a través de prestamos entre particulares, pues no podían esperar quién sabe cuánto tiempo, y que resultó siendo más de SIETE (7) MESES, a que el “FEM” diera una respuesta, para poder proceder a la cremación del cuerpo.
Nos dice esa Cartera ministerial en la respuesta que, “no era dable la erogación de un gasto correspondiente a una vigencia presupuestal ya vencida.” Que “el presupuesto asignado para esta ayuda es de carácter anual y no es retroactivo para cubrir hechos ocurridos en vigencias anteriores.”
Eso es un auténtica burrada sin sentido ni razón, pues el propio Consulado de Colombia en Sevilla nos informó que el día 31 de octubre de 2023 había puesto en conocimiento de la Cancillería el caso, adjuntando un informe donde decía que, “Dada la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra el hijo de la fallecida, consideramos oportuno solicitar su apoyo para que se contemple la viabilidad de brindar dicha ayuda económica”.
Luego entonces, el día 31 de octubre de 2023, la Cancillería colombiana tuvo conocimiento del caso, o sea que se encontraba dentro de la vigencia del presupuesto destinado para tal fin para ese año, y es una ignorancia argumentar que “no era dable la erogación de un gasto correspondiente a una vigencia presupuestal ya vencida”, pues, reiteramos, el caso estaba para ser tratado y solucionado dentro del presupuesto asignado para el año 2023. Máxime cuando los hechos habían ocurrido ese mismo año, más exactamente el 13 de octubre.
Tan así es, que el 12 de diciembre, antes de que terminara la vigencia presupuestal para el año 2023, el Consulado reiteró a la Cancillería la necesidad de una respuesta a esa petición, diciéndole, “Amablemente, queremos reiterar la solicitud remitida el 31 de octubre del 2023 referente a la petición de la connacional Luz Adriana López, para cubrir los gastos de la cremación de su hermana María del Carmen López Cortés”.
Diferente es que la negligencia del Fondo Especial para las Migraciones “FEM”, para estudiar y dar solución a casos de alta vulnerabilidad y por razones humanitarias de nuestros connacionales en el exterior, lo lleve a tardar infinidad de meses, pues eso fue lo que ocurrió en el caso presente, donde el mismo fue presentado en octubre del 2013, y solo se vino a responder hasta el 21 de mayo del 2024.
Y vean esta perla con la que continúa respondiendo la Cancillería:
“El presentar los casos al Comité del Fondo, no es garantía de su aprobación. Lo anterior, en tanto que dicho órgano goza de libertad para la deliberación de los casos que le son sometidos para su aprobación y en ningún caso, se asegura su aprobación con la sola remisión.”
Nos está diciendo el Ministerio de Relaciones Exteriores, que el “FEM” aprueba los casos solo cuando se le da la gana, pues así se le remitan los documentos y demás requisitos exigidos, como ocurrió en el caso tratado, ese Órgano goza de libertad para decidir si SI o NO. Vaya m…da de Organismo.
Y ahora vean lo que responde en el mismo radicado S-GAICE-24-0021540 del 12 de octubre:
“El compromiso que la familia adquirió voluntariamente con la funeraria se perfeccionó sin
conocimiento/consentimiento del consulado. En este respecto, cabe indicar lo mencionado
en su petición: ‘’…Gestión esta en la que no intervino para nada nuestro Consulado en
Sevilla’’. Si no se presentan casos con la observancia al procedimiento fijado en la
Resolución 1726 de 2018, el Comité estaría incurso en conductas que pueden acarrear
consecuencias de carácter disciplinario, penal o incluso fiscal, en tanto que esta subvención,
no le es aplicable a reconocer pagos de hechos ya acaecidos.”
Esa es otra respuesta ridícula y mentirosa, pues tenemos pruebas contundentes, y así lo ha certificado el Consulado en Sevilla, que desde el primer día los familiares de la occisa acudieron a él para poner en conocimiento el caso, pero este les dijo en primera instancia que “lo sentimos, pero no tenemos dinero para eso”; y ya luego, al percatarse que los dolientes conocían el procedimiento a seguir, y se lo enseñaron, procedió a apersonarse muy someramente del tema. Sin embargo, en la negociación que realizaran los afectados con la Funeraria, no participó esa sede consular, sencillamente porque no se le dio la gana, a pesar que era su obligación.
Dice además la Cancillería que, “Ligado a lo anterior, el FEM procedió con el estudio del caso cuando el proceso de cremación ya se había hecho; no obstante, dicha situación no era completamente clara a los ojos del Comité.
Exacto, el “FEM” no tomó cartas oportunamente en el asunto, como tampoco el Consulado, lo que obligó a los familiares de la fallecida a “rebuscarse” a través de préstamos, el dinero para la cremación, pues no podía pretender ese Organismo que el cuerpo permaneciera en la morgue hasta que a ellos se les diera la gana de dar una respuesta. Y que para el caso, se tardó más de SIETE (7) MESES.
Y remata la respuesta el Ministerio de Relaciones Exteriores, justificando su negligencia en la resolución de casos como este, aduciendo que “Los tiempos en los que incurre el Comité para abordar cada caso se rigen con base en procedimientos internos que gozan de reserva”.
Alguien puede entender eso? Internamente el “FEM” puede realizar cualquier procedimiento, justo o injusto, y nadie tiene derecho a conocerlo.
(Le puede interesar: “Más de una década en pro de los colombianos en el exterior.”)
La Procuraduría General de la Nación deberá intervenir.
No aceptaremos jamás este tipo de injusticias, y acudiremos a la Procuraduría General de la Nación para plantearle el caso, y que sea esa Entidad la que obligue al Ministerio de Relaciones Exteriores a iniciar la respectiva investigación, pues desde ningún punto de vista es entendible que el Fondo Especial para las Migraciones “FEM”, tarde más de SIETE (7) MESES en dar respuesta a un caso como estos, y peor aún, que responda negativamente y no preste la ayuda requerida.
Más casos de negligencia y mediocridad de la Cancillería colombiana.
En próximos artículos revelaremos otros dos casos de negligencia y mediocridad por parte de la Cancillería, al llevar más de UN (1) AÑO investigando un grave caso ocurrido en el Consulado colombiano en Valencia – España, donde ni siquiera han llamado a rendir descargos a la denunciada. Al igual que lleva ya casi DOS (2) AÑOS sin dar respuesta a investigación contra funcionarios que han vulnerado durante repetidas ocasiones el Derecho de petición de Ricardo Marín Rodríguez, director de esta Casa informativa.
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