Embajadas y Consulados colombianos, “Caballito de campaña” de candidatos al Congreso
Normalmente, en toda elección política existe un tema “caballito de campaña” que es traginado por todos los candidatos a la diferentes Curules, bien sea para la Presidencia, Congreso o cualquier otra de elección popular, y las que se avecinan en Colombia en el presente 2022 no son la excepción.
Algunos Senadores que buscan su reelección, como en el caso del Senador Antonio Sanguino, en la lista del Partido Alianza Verde, con el No. 22 en el tarjetón, o el aspirante por primera vez Alex Florez, quien representará al P. Nuevo Liberalismo con el No. 99, han incluido en sus programas algunas propuestas relacionadas con el tema de Embajadas y Consulados colombianos en el exterior. En el caso de Sanguino, no podemos decir que hoy está tomando el tema como “Caballito de Campaña”, pues es bien conocido su trabajo en el Senado durante el último cuatrenio, ejerciendo vigilancia permanente a sucesos que se han presentado en las sedes consulares y embajadas, llegando incluso a entablar denuncias ante la Procuraduría General de la Nación, que en la actualidad se investigan. Por esta razón, según palabras de “ese MAN” = Manuel Alarcón Norato, candidato a Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, con el No. 401 por el P. Alianza Verde, para las elecciones a celebrarse entre el 07 y 13 de marzo, es que apoyará a Sanguino en su aspiración a ser reelegido en el Senado.
“Embajadas y Consulados colombianos en el exterior”, “Caballito de Campaña” para las elecciones a elegir Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior, en las elecciones a celebrarse entre el 07 y 13 del próximo mes de marzo?
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Aunque no conocemos los programas electorales de todos lo candidatos a esa Curul, hasta ahora los que nos los han dado a conocer, no más de 10, incluyen en ellos el tema de la atención y servicio en los Consulados, culpando de su mal funcionamiento al hecho de que sus Embajadores o Cónsules no son de carrera diplomática, ni con amplia experiencia en ese cargo, sino que son nombrados a punta de “Dedocracia”, por parte del Sr. Presidente de la República de Colombia, bien sea por iniciativa propia, o por insinuación del Canciller de turno, e incluso de legisladores, como en el caso específico del nombramiento como “Consul” disfrazado de simple funcionario del Sr. Francisco Humberto Vélez Bernal, padre del actual Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior Juan David Vélez Trujillo, quien aspira a ser reelegido en esa Curul, pero que cada día va viendo más lejanas esas aspiraciones, dado el gran rechazo ciudadano, incluyendo a activistas de su propio Partido el Centro Democrático (Ver aquí).
Ver aquí “MAFIA entre Cancillería y el Congresista por los colombianos en el exterior Juan David Vélez”
En nuestro artículo titulado “Procedimiento para nombramiento de Embajadores, Cónsules y otros en el exterior”, publicado el 12 de noviembre del 2019 (Ver aquí texto completo), decíamos que:
“Tal y como lo establece el numeral 2 del artículo 189 de nuestra Constitución Nacional de 1991, y la naturaleza especial que comporta el servicio exterior, el Presidente de la República puede nombrar los Embajadores y Cónsules que considere necesarios para el desarrollo de su gestión, bajo el criterio que tenga de las necesidades del servicio y con sujeción a lo establecido en la Resolución 1580 de 2015, que entre otros, establece los conocimientos básicos esenciales, las competencias comportamentales y los requisitos de estudio y de experiencia para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Por lo tanto, los Embajadores en el exterior tienen como jefe inmediato al señor Presidente de la República en su condición de jefe de Estado que maneja la política exterior y al señor Ministro de Relaciones Exteriores como jefe del organismo rector del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores, al cual le corresponde, bajo la dirección del primer mandatario, formular, planear, coordinar, ejecutar y evaluar la política exterior de Colombia, las relaciones internacionales y administrar el servicio exterior de la República. (Decreto 869 de 2016, artículos 3, 4 y 7)
En el caso específico de los Cónsules, en concordancia con el Presidente de la República y el señor Ministro de Relaciones Exteriores, le corresponde al Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores coordinar el ejercicio de las funciones consulares. (Decreto 869 de 2016, artículo 21)
En cuanto a las inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses existentes para ejercer el cargo de Embajador o Cónsul, y teniendo en cuenta que son servidores que se desempeñan como agentes directos del Jefe del Estado en el servicio exterior, son las establecidas en la Constitución Nacional de 1991 y demás leyes, para todos los servidores públicos, entre otras la Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011, y en el Código Disciplinario Único (Ley 734 de 2002).
En cuanto a las funciones que deben desempeñar Embajadores, Cónsules, y demás personal de planta del Ministerio de Relaciones Exteriores, las encontramos en la Resolución 1580 de 2015, modificada por la Resolución 2831 del 2016. E igualmente la Convención de Viena de 1961 establece las Relaciones Diplomáticas, mientras que en el artículo 5° de la Convención de Viena de 1963, señala las funciones sobre Relaciones Consulares.
Por su parte, la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961, aprobada por la Ley 6 de 1972, establece en su artículo XIV, que los embajadores, entre otros, son los jefes de misión. Y en armonía, el artículo III contempla las funciones de dichos funcionarios.
Con relación directa a los Cónsules, es importante señalar que en el Manual de Funciones antes reseñado no está contemplada dicha designación como un cargo, en estricto sentido; no obstante, el artículo 5° de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, del 24 de abril de 1963, que entró en vigor el 19 de marzo de 1967, trata sobre el particular.
En materia política y administrativa el cumplimiento de las funciones de los Embajadores está en cabeza del Ministro de Relaciones Exteriores, de acuerdo a lo contemplado en el Decreto 869 de 2016 y la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas; y en lo referente a los Cónsules, además del Ministro de Relaciones Exteriores, el Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores coordina el cumplimiento de estas conforme a lo establecido en el Decreto 869 de 2016 y la mencionada Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.
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En lo concerniente al tiempo máximo que puede durar un Embajador o Cónsul en estos cargos, el artículo 60 del Decreto Ley 274 de 2000 establece la posibilidad de remoción en cualquier tiempo de funcionarios en provisionalidad y el literal b. del artículo 61 del mismo Decreto prevé que el servicio en el exterior de un funcionario nombrado en provisionalidad no excederá de cuatro años.
El nombramiento de los Embajadores se da en cumplimiento del numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, que establece que los cargos de Libre Nombramiento y Remoción gozan de discrecionalidad, atribuyéndole plena autonomía al señor Presidente de la República de Colombia para la nominación de los Agentes Diplomáticos que considere necesarios para el desarrollo de su gestión. Su permanencia está ligada a la discrecionalidad del nominador.
Lo anterior suena incoherente con la actuación del actual mandatario nacional, el Sr. Presidente Iván Duque quien durante su campaña electoral, e incluso una vez posesionado, expresó que aplicaría en el nombramiento de funcionarios para los diferentes cargos estatales la igualdad entre hombres y mujeres, pues vemos que a fecha 25 de Octubre del 2019, de los 55 Embajadores, 38 eran hombres y 17 mujeres. Mientras que en los 120 Consulados, 71 eran hombres y 49 son mujeres, lo que al día de hoy no ha cambiado, e incluso ha desmejorado. Para esa misma fecha, el 50% del Cuerpo diplomático y consular colombiano correspondía a la carrera diplomática, viéndose un gran avance al clamor de los colombianos en el exterior, toda vez que hasta hace algunos años ese porcentaje no subía del 20%, sin embargo, esa estadística ha variado sustancialmente en los últimos dos años, y es así como hoy vemos que se ha vuelto a lo mismo de antes, o de siempre, y es que no más del 30% de funcionarios que desempeñan cargos de Cónsules o Embajadores hacen parte de la llamada “Carrera diplomática”; aunque en COLEXRET siempre hemos creido que por encima de esa “Carrera”, un ciudadano nombrado en cualquiera de esos cargos debe poseer más sentido y sentimiento social que un cartón que lo acredite como profesional en el tema. Un claro ejemplo es lo que se ha visto en el Consulado General Central de Colombia en Madrid – España, donde en los últimos 8 o 9 años, quienes se han desempeñado en ese cargo (María Margarita Salas y Gloria María Borrero Restrepo), han realizado una labor impecable, sin ser integrantes de la susodicha “Carrera diplomática”.
Como les decíamos al comienzo, el tema del nombramiento, atención y servicio en nuestros diferentes Consulados y Embajadas en el mundo, es el “Caballito de campaña” en las elecciones colombianas en el exterior para este año 2022, en especial donde se elegirá al Representante a la Cámara por los colombianos en el exterior. Algunos candidatos toman el tema con pleno conocimiento de las circunstancias, mientras que otros no tienen ni idea de lo que hablan, y lo tratan más con ánimo electoralista y populista, tal y como lo hizo el actual Representante para esa colectividad Juan David Vélez Trujillo en las elecciones en marzo del 2018 donde fue elegido (Ver artículo sobre el tema aquí), cuando plasmó varias propuestas en ese sentido, pero que ya se venían llevando a cabo, e incluso algunas ya habían concluido por parte de la Cancillería. Este Congresista al día de hoy anda pregonando una de sus tantas mentiras, y es dizque que gracias a su gestión el servicio y atención en los Consulados ha mejorado, cuando la verdad es que, reiteranos, la inmensa mayoría de mejoras que se han visto en nuestras sedes consulares obedecen a un trabajo que han venido realizando diferentes administraciones del Ministerio de Relaciones Exteriores durante los último 10 años, y no precisamente en los últimos 4. Pero bueno, como siempre lo hemos denunciado, Vélez Trujillo es el mayor oportunista “perro culo” que ha tenido la representación en el Congreso de los colombianos que residen fuera de nuestras fronteras.
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En COLEXRET creemos que el mal servicio y atención que brindan muchos Consulados y Embajadas colombianas en el mundo, sin quitarle por supuesto su importancia, no solo se debe al nombramiento “Dedocrático” de sus funcionarios, sino también a la falta de valentía por parte de los usuarios, quienes no denuncian ante quien corresponde las anomalías que encuentran en esas Sedes Consulares y Diplomáticas cuando acuden a realizar alguna diligencia en ellas. Lo que igualmente sucede con los actuales candidatos a representar a la Diáspora en el Congreso, que solo se les oye y vé hablar de este tema para época de elecciones, pero se desconoce lo que hayan podido hacer en años anteriores para mejorar lo aquí tratado. De ahí que esta Casa informativa resalta la labor llevada a cabo en este sentido por quien aspira a ser reelegido en el Senado, el Sr. Antonio Sanguino con el No. 22 por el P. Alianza Verde, pues sin estar dentro de sus funciones directas, mucho es lo que se ha preocupado y vigilado desde el Senado porque los colombianos en el exterior puedan contar con un mejor servicio y atención en Consulados y Embajadas. Igual reconocimiento al Candidato a la Cámara por los colombianos en el exterior Manuel Alarcón Norato “ese MAN” con el No. 401 por el P. Alianza Verde, quien desde su arribo a Chile hace aprox. 20 años, no ha escatimado esfuerzos por velar que el Consulado en ese país mejore el servicio a los ciudadanos, e incluso ha presentado al Senador Sanguino algunos planteamientos no solo relacionados con la sede consular donde reside, sino de muchos otros Consulados de colombianos en el mundo, para que este a su vez entable las respectivas denuncias.
Hace pocos días, la Canciller y Vicepresidenta colombiana Martha Lucía Ramirez, en unas polémicas declaraciones defendió el nombramiento a “Dedocracia” de Cónsules y Embajadores. Ver declaración completa en este link:
https://www.wradio.com.co/2022/02/08/hay-que-respetar-el-fuero-politico-del-presidente-al-elegir-embajadores-canciller-marta-lucia/
Y para no alargarnos más, a continuación les dejamos algunos link de artículos que esta Casa informativa ha publicado en los últimos años sobre el tema que aquí tratamos:
- “Cartel dedocrático: Nombramiento de Embajadores y Cónsules colombianos en el exterior”
- “Mínimo avance en rendición de cuentas de Consulados y Embajadas a los ciudadanos”
- “Contraloría destapa irregularidades en compra y venta de Embajadas y Consulados”
- “Los colombianos podrían conseguir un mejor servicio y atención en los Consulados”
- “Atención y servicio Consulados colombianos en el mundo”
Quienes deseen conocer más sobre este tema, le sugerimos ingresar a esta web www.colexret.com, y buscar “Consulados y Embajadas”
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