Casi nunca suelo decirlo, pero, hoy, «Toy un poco achicopala´o».
El Gobierno deja en suspenso mi propuesta para transformar la política migratoria colombiana, Me dicen que es por austeridad, y porque ya hay un Viceministerio de las Migraciones. Yo creo que es falta de ambición y visión.
Cancillería frena la Consejería Presidencial para las Migraciones: ¿otra oportunidad perdida para Colombia?
La austeridad, la reciente creación del Viceministerio de Asuntos Migratorios y las condiciones institucionales fueron los argumentos utilizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores para considerar inviable, por ahora, la propuesta que venía trabajando desde hace más de una década, y que presenté el 23 de septiembre en reunión personal y directa con el Sr. Pedro Agustín Roa Arboleda, Viceministro de Migraciones.
Aunque se reconoce que contiene elementos valiosos, el proyecto no será implementado en esta etapa. Pero la discusión no termina aquí, el Estatuto Migratorio Colombiano sigue pendiente y Colombia no puede continuar aplazando una solución estructural a su problemática migratoria.
Sin dudas, he perdido una batalla, pero la «guerra» continúa, y continuará hasta que consigamos la victoria.
Una respuesta que enfría una esperanza, pero no acaba con nuestra lucha
Después de más de dos meses de haber solicitado una audiencia con el Sr. Canciller Omar Bula, destinatario de la propuesta, y de haber insistido formalmente ante el Ministerio de Relaciones Exteriores para obtener una respuesta, finalmente llegó la comunicación que esperábamos, aunque no precisamente en los términos que hubiéramos querido.
Mediante Oficio S-GAJR-26-032242, fechado el día de ayer 4 de noviembre, el Viceministro de Asuntos Migratorios, Consulares y Protección Internacional, Pedro Agustín Roa Arboleda, respondió a mi solicitud relacionada con la creación de la Consejería Presidencial para las Migraciones y la construcción de un Estatuto Migratorio Colombiano.
La respuesta agradece el trabajo realizado, reconoce la importancia de las propuestas y confirma que el proyecto fue recibido personalmente y sometido a consideración institucional.
Sin embargo, el pronunciamiento central deja poco margen para el optimismo inmediato, pues el Ministerio considera que, dadas las condiciones institucionales y presupuestales actuales, resulta inviable implementar la propuesta por el momento.
Una expresión diplomática que, aunque no constituye un rechazo definitivo, en la práctica representa una negativa a ponerla en marcha durante esta etapa.
No vamos a desconocer las razones expuestas, pero tampoco podemos compartirlas sin expresar nuestra inconformidad.
No estamos ante una propuesta improvisada, ni ante una petición para crear un cargo o una dependencia destinada a satisfacer intereses particulares. Estamos ante una iniciativa que busca resolver uno de los problemas históricos de la administración pública colombiana, la ausencia de una política migratoria verdaderamente articulada, transversal, ejecutable y con visión de Estado.
Y precisamente por eso resulta preocupante que se deje pasar esta oportunidad.
La Consejería no pretendía competir con el Viceministerio
Uno de los argumentos centrales de Cancillería es que ya existe el Viceministerio de Asuntos Migratorios, Consulares y Protección Internacional (Viceministerio de las Migraciones), dentro de cuya estructura funciona una Dirección de Asuntos Migratorios y Protección Internacional.
Conviene recordar que el Viceministerio fue creado mediante el Decreto 1081 de 2025 y su estructura fue posteriormente modificada por el Decreto 71 del 27 de enero de 2026.
«Creación del Viceministerio de las Migraciones: su historia al completo»
Actualmente cuenta con tres dependencias principales:
- Dirección de Asuntos Migratorios y Protección Internacional.
- Dirección de Servicios Consulares.
- Dirección de Colombia Nos Une.
Conozca los Cargos, funciones y nómina del Viceministerio de las Migraciones Colombiano
Reconocemos la importancia de esa estructura, aunque hasta el momento no haya mostrado los resultados esperados. Pero aquí aparece una pregunta que parece no haberse resuelto suficientemente:
¿Tener un Viceministerio significa que todos los ministerios y organismos del Estado están efectivamente articulados para responder a las necesidades de la población migrante?
La respuesta, desde nuestra experiencia investigativa, es un rotundo NO.
El problema de la migración colombiana nunca ha sido únicamente la falta de una dependencia dentro de Cancillería. Es la dispersión de responsabilidades entre entidades que, en muchos casos, trabajan sin una coordinación efectiva y sin objetivos comunes suficientemente verificables.
La educación de los hijos de colombianos en el exterior no es competencia exclusiva de Cancillería. Tampoco lo son la vivienda, las pensiones, la inclusión financiera, el emprendimiento, el empleo, la salud, la convalidación de títulos o la reintegración económica de los retornados.
Son asuntos que requieren la intervención de diferentes sectores del Estado.
Por eso mi experiencia e investigaciones me llevaron a plantear una Consejería adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE), cuya función principal fuera coordinar estratégicamente a esas entidades y hacer seguimiento a sus compromisos.
La Cancillería conservaría sus competencias legales como autoridad rectora de la Política Integral Migratoria, sus responsabilidades diplomáticas y consulares y la ejecución de los asuntos que le corresponden.
No se trataba de duplicar funciones, sino de conseguir que todas las instituciones trabajaran bajo una misma orientación.
¿Acaso no es precisamente eso lo que necesita una política pública transversal?
¿Temor a que desaparezca el Viceministerio de las Migraciones?
No puedo afirmar que Cancillería haya manifestado expresamente temor a perder el Viceministerio. Su comunicación no dice eso, pero la insistencia en la existencia de esa dependencia como uno de los principales argumentos para considerar inviable la Consejería obliga a examinar una cuestión institucional que no debería convertirse en un tabú.
¿Es indispensable mantener dos niveles de dirección estratégica sobre asuntos migratorios o podría reorganizarse el aparato estatal para obtener mejores resultados con una estructura más eficiente?
La pregunta merece estudiarse.
La propuesta no pretendía convertir a la Consejería en una réplica del Viceministerio. De hecho, si el Gobierno considera que existe una duplicidad de funciones, podría analizarse una reorganización que permita trasladar la coordinación estratégica transversal a la Presidencia y mantener en Cancillería las dependencias técnicas y operativas necesarias.
Incluso podría estudiarse la conveniencia de suprimir el despacho del Viceministerio, redistribuyendo sus funciones entre una Consejería Presidencial y las direcciones especializadas que deban permanecer en el Ministerio.
Esto no significa eliminar la capacidad migratoria de Cancillería, sino examinar si es más eficiente contar con una dirección especializada dentro del Ministerio, encargada de ejecutar sus competencias, y una instancia presidencial que coordine las actuaciones de todo el Gobierno.
La Dirección Colombia Nos Une, por ejemplo, podría desempeñar un papel fundamental como enlace técnico, operativo y ciudadano entre Cancillería y la Consejería.
De esa manera se aprovecharía una dependencia que ya existe, tiene una función reconocida en la Ley 2136 de 2021 y se encuentra incorporada a la estructura ministerial.
La decisión debe sustentarse en estudios técnicos, jurídicos y presupuestales, no en suposiciones.
La Constitución, en el numeral 16 de su artículo 189, y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 contemplan facultades para modificar las estructuras administrativas bajo criterios de eficiencia, racionalidad y eliminación de duplicidades.
Entonces, si la austeridad es el argumento, ¿por qué no estudiar también esta alternativa?
La austeridad no puede convertirse en enemiga de las buenas ideas
Este es uno de los aspectos que más preocupa de la respuesta recibida.
La propuesta fue diseñada precisamente bajo los criterios de austeridad y eficiencia que el Gobierno ha manifestado querer implementar.
Desde el comienzo se contempló aprovechar recursos humanos y capacidades administrativas existentes, evitando, en la medida de lo jurídicamente posible, incrementar la planta de personal y el gasto público.
Aunque en algún momento lo expuse, ahora no puedo asegurar que la Consejería pudiera funcionar sin ningún costo. Eso debe establecerse mediante los estudios correspondientes.
Pero tampoco se puede concluir que su creación resulte financieramente inviable sin presentar una evaluación comparativa que permita conocer cuánto costaría, qué recursos podrían reasignarse y qué ahorro representaría una eventual reorganización institucional.
El Ministerio afirma que realizó una evaluación interna. Sin embargo, su comunicación no expone los resultados económicos, los costos comparativos ni las alternativas examinadas. O sea que fue algo aspi como un concepto a «vuelo de pájaro».
Y es donde me atrevo a preguntar:
¿Hasta dónde puede llegar la austeridad de un Gobierno cuando termina convirtiéndose en una razón para descartar iniciativas que podrían generar beneficios sociales, institucionales y económicos a mediano y largo plazo?
La austeridad debe servir para gastar mejor, no para renunciar a solucionar problemas estructurales.
Si una propuesta no resulta viable en su diseño inicial, lo razonable es estudiar cómo ajustarla, no necesariamente archivarla.
El verdadero propósito era construir el Estatuto Migratorio Colombiano
Hay algo que no podemos permitir que se pierda en medio de esta discusión.
La Consejería Presidencial para las Migraciones era el instrumento institucional que propuse para impulsar una tarea mucho más importante, como es, la construcción del Estatuto Migratorio Colombiano.
Ese era, en realidad, el corazón de la iniciativa.
A través de COLEXRET llevo más de quince años investigando, denunciando, proponiendo y documentando las deficiencias de la gestión migratoria colombiana.
Se ha podido comprobar cómo se acumulan leyes, decretos, resoluciones, programas y anuncios institucionales, mientras muchas de las necesidades de la población migrante siguen sin encontrar una respuesta integral.
«consDEStruyendo a punta de retazos la Política Migratoria Colombiana»
Colombia cuenta con la Ley 1465 de 2011, que creó el Sistema Nacional de Migraciones; la Ley 1565 de 2012, conocida como Ley Retorno; y la Ley 2136 de 2021, mediante la cual se establecieron los lineamientos de la Política Integral Migratoria.
Son instrumentos importantes, pero su existencia no significa que tengamos resueltos todos los problemas. Es más, algunos artículos de esas normas lo que hicieron fue crear problemas, o agravar los existentes, como en el caso de la creación de la «Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones».
La necesidad de un Estatuto Migratorio surge precisamente de la obligación de revisar cómo funciona ese conjunto normativo, identificar sus contradicciones, vacíos y limitaciones, y proponer las modificaciones necesarias para construir una política coherente.
No queremos una simple recopilación de normas. Queremos un instrumento jurídico que establezca obligaciones concretas, competencias claras, financiación, mecanismos de participación, programas, derechos, garantías y sistemas de seguimiento y evaluación.
Una verdadera política de Estado, con una visión de por lo menos 50 años y mecanismos de actualización que permitan responder a los cambios sociales, económicos, demográficos y migratorios.
Si la Consejería no va por ahora, el Estatuto Migratorio no puede quedarse también en el camino.
La propia Ley 2136 de 2021 demuestra cuánto trabajo sigue pendiente
No necesitamos inventar razones para justificar la necesidad de continuar trabajando.
La Ley 2136 de 2021 contiene disposiciones que demuestran la dimensión de los compromisos pendientes.
Veamos algunos ejemplos,
El censo de las familias transnacionales.
El parágrafo 4 del artículo 45 de esa Ley 2136/2021 establece que el Gobierno nacional, en cabeza del DANE, realizará un censo para recopilar información social, económica y demográfica de las familias con miembros en el exterior.
La norma también contempla la actualización del registro consular y el mejoramiento de la caracterización de los colombianos residentes fuera del país.
Se trata de una tarea fundamental para conocer la realidad de nuestra población y diseñar programas que respondan a sus necesidades.
Tanto lo uno como lo otro sigue en el limbo: «Censo y caracterización de los colombianos en el exterior».
La vinculación de la diáspora.
El artículo 47 contempla iniciativas para fortalecer los vínculos de los colombianos en el exterior con el país, incluyendo formación, seguridad social, sistemas financieros, convalidación de títulos y otras oportunidades.
«Inclusión de la Diáspora en la Agenda Nacional».
El aprovechamiento de las remesas.
El artículo 48 establece la promoción del uso productivo de las remesas mediante programas de inversión, vivienda y proyectos productivos.
«Detrás de cada envío hay una familia dividida».
La atención humanitaria.
El artículo 26, que modifica el artículo 6 de la Ley 1465 de 2011, contempla el Fondo Especial para las Migraciones, destinado a situaciones especiales de vulnerabilidad y asistencia humanitaria de connacionales en el exterior.
Pero ese instrumento no equivale al Fondo Nacional para las Migraciones que hemos venido proponiendo, cuyo alcance sería mucho más amplio e incluiría el estudio de mecanismos de financiación para emprendimientos, proyectos productivos y programas de desarrollo.
Todos estos componentes necesitan coordinación, financiación, seguimiento y resultados.
¿Quién garantiza que esas disposiciones se cumplan integralmente? ¿Quién articula a las entidades responsables? ¿Quién evalúa los resultados y exige explicaciones cuando los objetivos no se materializan?
Son preguntas que deben formar parte del Estatuto Migratorio.
¿Qué nos enseñó la Sentencia C-119 de 2025?
Hay otro antecedente jurídico que merece especial atención.
Mediante la Sentencia C-119 del 2 de abril de 2025, la Corte Constitucional declaró inexequible la derogatoria del artículo 52 de la Ley 2136 de 2021 que había sido incorporada en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
La Corte encontró que esa modificación no había respetado los principios de consecutividad, identidad flexible y unidad de materia.
En consecuencia, permaneció vigente el mandato legal relacionado con la creación de la Dirección Colombia Nos Une.
Este antecedente es importante porque demuestra que los cambios estructurales de carácter permanente deben tramitarse por las vías constitucionales y legales correspondientes.
Por ello, el Estatuto Migratorio debe construirse con una técnica jurídica rigurosa, y las modificaciones administrativas que se requieran deben utilizar los instrumentos normativos adecuados.
El Plan Nacional de Desarrollo 2026-2030 puede incorporar objetivos, programas, indicadores y proyectos de inversión relacionados con la política migratoria, pero no debemos confundir esa planificación cuatrienal con la regulación permanente de toda la estructura administrativa del Estado.
No queremos que una iniciativa de esta magnitud termine enfrentando problemas jurídicos que puedan evitarse desde su elaboración.
«Colombianos en el exterior ante el Plan Nacional de Desarrollo 2026-2030 – La Patria Milagro».
¿Quiénes deberían elaborar el Estatuto Migratorio y cómo hacerlo?
Esta es una importante pregunta que no puede quedar en manos de una sola entidad ni de un grupo reducido de funcionarios.
Un Estatuto Migratorio Colombiano debe construirse con conocimiento jurídico, experiencia administrativa y, sobre todo, con la participación de quienes viven directamente la realidad migratoria.
Desde COLEXRET proponemos que su elaboración se adelante mediante una comisión técnica multidisciplinaria, con participación de los siguientes sectores, entre otros:
1. El Gobierno nacional.
Representantes de Cancillería, DAPRE, DNP, DNE, Hacienda, Trabajo, Educación, Salud, Migración Colombia, Interior, Cultura, Comercio, Agricultura, Vivienda, Colpensiones, SENA, ICBF, Fondo Nacional del Ahorro, y demás entidades cuyas competencias estén relacionadas con la movilidad humana.
2. La sociedad civil y las organizaciones migratorias.
Organizaciones de colombianos en el exterior, asociaciones de retornados, colectivos de inmigrantes en Colombia, defensores de derechos humanos y representantes de las comunidades migrantes.
3. La academia y los expertos.
Juristas especializados en derecho constitucional, administrativo, migratorio e internacional; investigadores sociales, economistas, demógrafos y especialistas en políticas públicas.
4. Los organismos internacionales.
La Organización Internacional para las Migraciones (OIM), la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ACNUR y otras instituciones que puedan aportar experiencias y conocimientos técnicos.
5. La representación política y territorial.
Congresistas, especialmente los integrantes de las comisiones competentes y la representación de los colombianos en el exterior, así como gobernaciones y alcaldías con experiencia migratoria.
6°. El Gremio privado a través de sus más importantes Organizaciones.
7°. EL gremio sindical.
«Una ley para migrantes hecha por migrantes».
Pero no basta con reunir a estas personas. Se requiere una metodología de trabajo con etapas definidas, como por ejemplo:
- Elaborar un inventario completo de la normativa migratoria colombiana vigente.
- Identificar las disposiciones derogadas, contradictorias, incompletas o sin desarrollo efectivo.
- Evaluar el cumplimiento de la Ley 2136 de 2021, 1465 de 2011, y de la Ley 1565 de 2012, y demás normas que existen por ahí sueltas.
- Recoger las necesidades de emigrantes, inmigrantes y retornados en los diferentes continentes.
- Diseñar una estructura institucional y financiera viable.
- Elaborar un articulado que establezca derechos, competencias, obligaciones y mecanismos de control.
- Someter el proyecto a consultas públicas y revisión jurídica.
- Realizar estudios de impacto fiscal y administrativo.
- Consolidar el texto definitivo y presentarlo al Congreso de la República.
La Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones debe tener una participación especialmente importante, pero también requiere fortalecimiento, garantías de representatividad y mecanismos que permitan que sus propuestas tengan incidencia real.
Su actual carácter consultivo, establecido en la Ley 2136, debe ser examinado para determinar qué modificaciones legislativas permitirían fortalecer su participación y capacidad de intervención.
En COLEXRET hemos insistido reiteradamente en que los ciudadanos no pueden ser simples espectadores de las decisiones que afectan sus vidas.
Quienes residen en el exterior, quienes han retornado y quienes han llegado a Colombia conocen realidades que muchas veces no aparecen en los despachos oficiales.
Sus experiencias deben ser una materia prima fundamental para construir el Estatuto.
La experiencia de COLEXRET no comienza con esta propuesta
A través de COLEXRET, desde hace más de quince años venimos trabajando para que Colombia reconozca a sus ciudadanos en el exterior como parte integral de la Nación.
No nos hemos limitado a criticar. Han sido muchas más las propuestas.
Hemos investigado normas, presentado peticiones, realizado gestiones ante diferentes instituciones y conseguido avances concretos en asuntos relacionados con los derechos de los colombianos en el exterior.
Entre nuestros antecedentes se encuentran gestiones sobre beneficios consulares, acceso al Fondo Nacional del Ahorro para vivienda y educación, la conformación de la Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones, el funcionamiento del Sistema Nacional de Migraciones, y la eliminación del Impuesto de Timbre Nacional de los trámites consulares. Entre otros.
También hemos documentado las dificultades del retorno productivo.
En una de nuestras investigaciones recientes sobre la Convocatoria 149 del Fondo Emprender del SENA, analizamos la distancia entre las promesas de la legislación sobre retorno y las oportunidades efectivamente ofrecidas a los retornados.
La información obtenida permitió evidenciar que, frente a más de 60.000 personas acogidas a la Ley Retorno en los últimos años, la convocatoria focalizada analizada recibió apenas once proyectos.
Este tipo de situaciones demuestra que no basta con establecer derechos y programas sobre el papel. Hay que conseguir que funcionen.
Igualmente, en nuestro análisis sobre la primera reunión del Sistema Nacional de Migraciones, celebrada el 9 de noviembre de 2025, expusimos las limitaciones que observamos en la participación ciudadana y en la capacidad de esa instancia para producir resultados.
Son antecedentes que deben ser tenidos en cuenta en la elaboración del Estatuto.
Porque una política migratoria no se construye desde la teoría exclusivamente. Se construye con investigación, conocimiento de las normas, experiencias y participación de quienes conocen la problemática desde dentro y fuera del país.
Las otras solicitudes de audiencia también deben tener respuesta
La iniciativa no fue presentada exclusivamente ante Cancillería.
El 17 de agosto de 2026 remití solicitudes de audiencia al Presidente de la República, al Vicepresidente y al director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
En el caso de Presidencia, mediante oficio del 28 de septiembre se informó que la solicitud estaba en trámite y que se comunicarían cuando existiera una agenda confirmada.
La Vicepresidencia y el DAPRE también acusaron recibo de las comunicaciones correspondientes, sin embargo, a la fecha no han confirmado ni rechazado.
Consideramos que esas autoridades deben pronunciarse expresamente sobre las solicitudes recibidas, de conformidad con el artículo 23 de la Constitución y la Ley 1755 de 2015.
No estamos exigiendo que acepten las propuestas. Estamos solicitando que se pronuncien de manera clara, oportuna y congruente.
Recordemos que el derecho de petición no garantiza una respuesta favorable, pero sí una respuesta efectiva.
De hecho, ante la falta de respuesta de Cancillería a la solicitud inicial, tuvimos que acudir a la acción de tutela presentada el 28 de octubre de 2026.
Si no la hubiéramos presentado, posiblemente no habríamos recibido la respuesta que hoy estamos transmitiendo.
Así sigue siendo la situación con Cancillería frente a los derechos de petición. Nos obligan a acudir a los Estrados judiciales y luego nos culpan de que somos nosotros quienes congestionamos esas instancias.
No queremos que las demás solicitudes tengan que llegar nuevamente a los despachos judiciales para conseguir una contestación.
La participación ciudadana no puede convertirse en una carrera de obstáculos para obtener una respuesta de las autoridades.
Una oportunidad que el Gobierno todavía puede recuperar
No todo está perdido.
La propuesta ya fue conocida por el Viceministerio de las Migraciones, fue recibida personalmente, se discutió en una reunión y, según la respuesta oficial, contiene elementos valiosos.
El Gobierno tiene todavía la posibilidad de reconsiderar sus componentes, aprovechar las ideas presentadas y buscar fórmulas alternativas para desarrollar la política migratoria.
Si la Consejería no resulta conveniente en las actuales circunstancias, que se estudie otra estructura.
Si no es posible implementarla inmediatamente, que se establezca una hoja de ruta.
Si se considera que el Viceministerio debe continuar, que se demuestre cómo va a conseguir los resultados que hasta ahora no han logrado las diferentes estructuras institucionales.
Pero, sobre todo, que no se abandone la construcción del Estatuto Migratorio Colombiano.
No sería razonable que la discusión sobre la creación de una dependencia termine impidiendo que se avance en el instrumento jurídico que puede establecer las bases de una verdadera política de Estado.
Seguiremos buscando espacios de diálogo con el Presidente, el Vicepresidente, el DAPRE, Cancillería, el Congreso de la República y cualquier autoridad que tenga la capacidad y la voluntad de contribuir a esta causa.
No vamos a guardar una propuesta en un cajón simplemente porque no haya encontrado acogida en una primera instancia. Eso no va con la filosofía de COLEXRET.
Tampoco vamos a abandonar el Estatuto Migratorio porque la Consejería haya quedado en suspenso.
Más de quince años insistiendo, persistiendo y resistiendo
Quienes conocen la trayectoria de COLEXRET saben que no hemos llegado hasta aquí por una coyuntura política ni por una aspiración personal. Y muchísimo menos por «palancas».
Llevamos más de quince años denunciando, investigando y proponiendo soluciones a una problemática que ha sido aplazada por sucesivos gobiernos.
Hemos visto cómo cambian los ministros, los viceministros, los directores, los programas y los discursos, mientras millones de colombianos en el exterior siguen reclamando una atención institucional que vaya mucho más allá de los trámites consulares.
Este nuevo pronunciamiento de Cancillería representa un baldado de agua fría, sí. No vamos a ocultar nuestro desaliento ante una oportunidad que consideramos importante.
Pero una cosa es la desilusión y otra muy distinta es la renuncia. Eso último ¡jamás!.
No estamos desinflados. Estamos convencidos de que la necesidad de una verdadera Política Migratoria Colombiana sigue intacta.
Por eso, desde COLEXRET continuaremos divulgando, investigando, proponiendo y buscando los espacios necesarios para que esta iniciativa sea escuchada.
La Consejería puede esperar. El Estatuto Migratorio no puede seguir esperando indefinidamente.
Y si quienes hoy tienen la responsabilidad de gobernar no encuentran la forma de hacerlo realidad, seguiremos tocando las puertas de quienes puedan contribuir a su construcción.
Porque Colombia no puede seguir tratando la migración como un asunto secundario, ni a sus ciudadanos en el exterior como colombianos que solamente existen cuando necesitan renovar un pasaporte, votar en unas elecciones o enviar remesas.
Los colombianos en el exterior, los retornados y los inmigrantes en Colombia merecen una política migratoria que los reconozca, los proteja y les ofrezca oportunidades reales.
Nuestra filosofía seguirá siendo la misma:
«INSISTIR, PERSISTIR, RESISTIR y NUNCA DESISTIR», porque «No existen cosas imposibles, sino seres incapaces. Y como hemos dicho tantas veces:
«Nunca rindan el ánimo, solo por medio de fatigas se logra la victoria».
Colombianos en el exterior y retornados: Gracias porque se que sigo contando con su apoyo.
Cancillería: Gracias por haber respondido. Solo por eso.
Saben una cosa Sres. Funcionarios? «Cuando Uds. me responden a algo que no, no alcanzan a imaginarse la energía que me inyectan para seguir adelante. Y cuando me responden que si, lo siento, pero sigo investigando, pues no puedo creer que tanta dicha sea cierta»
Un abrazo para todos y vamos ¡pa´lante!.
Ricardo Marín Rodríguez
Creador y director de COLEXRET.com
Investigador y escritor de Temática Migratoria Colombiana.
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